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TEMA INSTITUCIONES FINANCIERAS ESPAÑOLAS


Enviado por   •  14 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  379 Palabras (2 Páginas)  •  124 Visitas

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SITEMA FINANCIERO

TEMA 3: INSTITUCIONES FINANCIERAS ESPAÑOLAS

        3.3. La directiva MiFID.

La MiFID es la directiva europea sobre Mercados de Instrumentos Financieros. Esta directiva trata de regular la prestación de servicios de inversión y, por tanto, afecta directamente a todas las entidades financieras / de inversión en la forma en que informan, asesoran o venden productos financieros a sus clientes o potenciales clientes. Por lo tanto, el principal objetivo de esta directiva es la “protección del cliente” regulando el cumplimiento de las entidades financieras / de inversión.

                3.3.1. Desarrollo de la Directiva MiFID.

La directiva MiFID está sustentada en la directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID), aunque es una regulación basada en principios y, por lo tanto, no contiene soluciones únicas para su cumplimiento.

La Ley 47/2007 tenía por objeto la modificación de la Ley 24/1998, de 28 de Julio,  del Mercado de Valores, para incorporar al ordenamiento jurídico español, entre otras, la Directiva  2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de Abril de 2004, relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID).

Los principios que inspira la Ley 47/2007 son:

        - Modernización de los mercados de valores españoles ante el aumento de la complejidad y variedad de productos y destinatarios.

        - Reforzar las medidas de protección de los inversores.

        - Exigencias organizativas a las entidades que prestan servicios de inversión.

        - Aumento de las competencias supervisoras tanto nacional como internacional.

                3.3.2. Modernización del mercado de valores.

  • La MiFID introduce cambios en la estructura y funcionamiento de los mercados de valores europeos.
  • Se elimina el principio de exclusividad de los mercados regulados, los denominados mercados secundarios oficiales (MSO), posibilitando dos sistemas nuevos de negociación:

- Sistemas Multilaterales de Negociación que son plataformas de negociación (SMN).

- Internacionalización sistemática (IS).

  • Nuevo régimen de transparencia y comunicación de las operaciones sobre las acciones negociadas con el fin de fomentar competencia:

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