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TUTELA

diana10022008Tesis18 de Febrero de 2015

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INTRODUCCIÓN

En el siguiente trabajo se quiere dar a conocer la participación ciudadana en este caso la acción de tutela es un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales, aún aquellos que no se encuentren consagrados en la constitución, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. El fallo que se produce de esta acción es de inmediato cumplimiento. Se encuentra consagrada en el Art. 86 CN y ha sido reglamentada por los decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382 de 2000.

Discutir con su grupo una experiencia donde la comunidad haya usado un mecanismo formal o no formal de participación, para proteger sus derechos, que tendrá que documentarse mediante informes de entidades oficiales, notas de prensa, artículos de revistas, imágenes, etc.

Y responder:

1. Definición del mecanismo de participación. La acción de tutela es uno de los mecanismos formales al que los ciudadanos más acuden cuando sienten que sus derechos son reprimidos o violados por algún hecho o acción.

La acción de tutela es la garantía que ofrece la Constitución de 1991 del derecho que tienen todas las personas a la protección judicial inmediata de sus derechos fundamentales.

La acción de tutela se refiere a los derechos fundamentales de las personas; es decir, todos aquellos que son inherentes al individuo y que existen antes que el Estado y están por encima de cualquier norma o ley que los reconozca o no. Según la Corte Constitucional (Sentencia T-451 de julio 10 de 1992), el que un derecho sea fundamental no se puede determinar sino en cada caso en concreto, según la relación que dicho caso tenga con uno u otro derecho fundamental; es decir, la Constitución no determina de una manera clara cuáles son los derechos fundamentales, de tal manera que como tales no se puede considerar únicamente a los que la Constitución de 1991 enuncia en el Capítulo I del Título II.

La acción de tutela es:

- Subsidiaria: O sea que sólo es aplicable cuando no existe otro medio de defensa judicial.

- Inmediata: Su propósito es entregar una respuesta rápida a la protección que se solicita.

- Sencilla: No tiene ninguna dificultad para su aplicación.

- Específica: Es única para la protección de los derechos fundamentales.

- Eficaz: Exige que el juez estudie a fondo el caso antes de dar un veredicto.

La acción de tutela puede aplicarse cuando se amenaza un derecho fundamental, bien sea por parte de una autoridad pública o por parte de particulares. Además, la acción de tutela puede utilizarse como un mecanismo transitorio para evitar un daño irremediable sobre las personas.

La acción de tutela es resuelta por el juez encargado del lugar donde ocurren u ocurrieron los hechos o acciones que pusieron en peligro o violaron el derecho fundamental. El Defensor del pueblo y las personas que por él fueron delegadas (defensores regionales, personeros) también pueden interponer acciones de tutela, ello debido a que las personas tienen derecho a solicitar acciones de tutela por medio de un representante.

2. Normativa legal que lo define. (Artículo de la Constitución Política de Colombia, o norma legal que lo regula).

La acción de tutela está reglamentada por los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382 de 2000.

3. Actores sociales que intervinieron. (Recordar la manera como se diligenció el cuadro matriz de problemas y actores sociales del trabajo colaborativo I).

EJEMPLO DE ACCIÓN DE TUTELA:

Neiva, 19 de septiembre de 2008

Doctor

Juez

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