Trabajo Escrito de Sociedad Anónima
Viviana KennedyTarea7 de Abril de 2016
9.826 Palabras (40 Páginas)283 Visitas
Dafne Rincon Garbi 23053
Jocelyn Hernandez De La Torre 22124
28/03/2016
Trabajo Escrito de Sociedad Anónima
1. Definición Legal de Sociedad Anónima
-La sociedad anónima es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por acciones, y en la que la propiedad de las acciones está separada de la gestión de la sociedad.
-Nace para una finalidad determinada. Los accionistas no tienen derecho sobre los bienes adquiridos, pero sí sobre el capital y utilidades de la misma.
2. Obligaciones Fiscales de las Sociedades Anónimas.
a. Solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (de la empresa y del representante legal).
b. Realizar el trámite de la firma electrónica (de la empresa y del representante legal).
c. Emitir comprobantes fiscales mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:
- ·La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.
- Contener el número de folio y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria.
- El lugar y fecha de expedición.
- ·La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
- La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
- El valor unitario consignado en número.
- El importe total consignado en número o letra.
d. Solicitar comprobantes con todos los requisitos fiscales mencionados anteriormente; por todos los gastos e inversiones que se realicen.
e. Cuando se realicen pagos a personas físicas por concepto de Honorarios o de arrendamiento de bienes inmuebles, se deberá retener el 10% sobre el monto de los pagos que se efectúen sin deducción alguna, por concepto de ISR.
f. Cuando se realicen pagos a personas físicas por concepto de Honorarios o de arrendamiento de bienes inmuebles, se deberá de retener las dos terceras partes del IVA trasladado.
g. Realizar pagos provisionales mensuales por concepto de ISR y definitivos mensuales de IVA.
h. Presentar declaración a más tardar el día 17 de cada mes, en la cual se deben de enterar los impuestos retenidos y los causados por la empresa de la siguiente forma:
- En el portal bancario si se tiene impuesto a pagar.
- En el portal del SAT, explicando los motivos por los cuales no se tiene impuesto a pagar.
I. Presentar a más tardar el día 17 de cada mes, Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), a través del portal del SAT.
j. Presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año, la declaración informativa de los datos de las personas físicas a las que se les realizó retenciones de ISR e IVA.
k. Presentar declaración anual de ISR e IETU a más tardar en el mes de Marzo de cada año.
Si la empresa contrata personal tendrá además las siguientes obligaciones:
a) Inscribirse ante el IMSS obteniendo su registro patronal.
b) Inscribir a sus trabajadores cuando no hayan estado afiliados al Seguro Social.
c) Comunicar al IMSS altas y bajas de los trabajadores, y de modificaciones al salario dentro de los primeros cinco días hábiles de su ingreso, terminación laboral o cambio de salario.
d) Comunicar al IMSS las modificaciones a los salarios mixtos y/o variables dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.
e) Determinar las cuotas obrero-patronales a su cargo y enterar su importe al IMSS, a más tardar el día 17 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año, de las ramas de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez; así como las aportaciones y retenciones de créditos para casa habitación l INFONAVIT.
f) Presentar en el mes de febrero de cada año la declaración de la determinación de la prima de riesgo de trabajo.
g) Inscribirse al padrón del impuesto sobre nóminas local ante la Secretaría de Finanzas del Estado que corresponda.
h) Pagar a más tardar del día 10 al 17 de cada mes el impuesto sobre nóminas, que será del 2% al 2.5 %, dependiendo del Estado en que esté ubicada la empresa.
i) Inscribir a las personas que contraten en el Registro Federal de Contribuyentes ante la SHCP, o bien si ya fueron inscritas con anterioridad, solicitarles su clave el citado registro.
j) Retener el ISR sobre sueldos y salarios, y enterarlo a más tardar el día 17 de cada mes, ante el portal Bancario.
k) Calcular el ISR anual de los empleados.
l) Proporcionar a los empleados a más tardar el 31 de enero de cada año una constancia de remuneraciones cubierta y de retenciones efectuadas.
m) Presentar, a más tardar el 15 de febrero de cada año, la declaración anual informativa sobre las personas a las que se les haya efectuado pagos por sueldos y salarios.
3. Deducciones Autorizadas.
. Deducciones Fiscales permitidas:
i. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
ii. El costo de lo vendido.
iii. Las inversiones (Depreciaciones y Amortizaciones).
iv. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes distintos a los inventarios.
v. Las cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social.
vi. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno.
vii. El ajuste anual por inflación que resulte deducible.
viii. Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.
ix. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
a. Requisitos para aplicar la deducibilidad
i. Gastos que sea estrictamente indispensable para la actividad
· Está relacionado con la actividad o negocio
· Necesario para alcanzar los fines de la actividad o negocio
· Si no se produce o conseguir afecta o entorpece la actividad normal de un negocio
ii. Contar con una factura original (CFDI) expedida por el proveedor del gasto que quieres deducir.
...