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Traspasos de Créditos Presupuestarios


Enviado por   •  13 de Octubre de 2014  •  Tesis  •  2.705 Palabras (11 Páginas)  •  445 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela.

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.

Universidad Alejandro de Humboldt.

Cátedra: Contabilidad Gubernamental

PRESUPUESTO

Integrantes C.I

Castro Agueda 14.706.816

Gonzalez Katherine 16.454.664

Hernández Larris 6.107.902

Hernández Freddy 13.287.283

Reyes Yelicer 23.685.339

Caracas, Octubre de 2014.

INTRODUCCION

La presente investigación está desarrollada con el fin de exponer la importancia que tiene los tipo de modificaciones presupuestarias tomando en cuenta los siguientes puntos Los Traspaso, Las Ratificaciones, las reducciones o ajustes, las insubsistencias, los créditos adicionales y los niveles de aprobación entender en qué consiste cada uno de estos tipos de modificaciones.

A su vez como se realizar las ejecuciones del presupuesto, analizando la ley Orgánica de la Administración financiera del sector publica. Se descata la formulación del presupuesto en las gobernaciones y municipios, complementando su ejecución y evaluación del mismo presupuesto todo esto establecido en la ley Orgánica de la Administración financiera.

A medida que se esté revisando esta investigación se encontraran más detallada toda la información que complemente este trabajo,

Es un breve resumen de lo que se trata el trabajo relacionado con el Presupuesto y su ley debidamente relacionada.

1.- Traspasos de Créditos Presupuestarios

Consiste en una reasignación de créditos presupuestarios entre partidas genéricas, especificas y sub especificas de un mismo proyecto o distintos proyectos o categoría equivalente, que no afectan el total de los gastos previstos en el presupuesto por fuente de financiamiento.

Algunos de los traspasos de créditos presupuestarios:

1. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas controladas, requieren aprobación del Congreso de la República.

2. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas no controladas, requieren aprobación del Congreso de la República, si el monto es mayor al cinco por ciento (5%).

3. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas no controladas, requieren aprobación de la Oficina Central de Presupuesto si el monto es igual o menor al cinco por ciento (5%)

4. Los que afecten a las subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas no controladas de una partida, deben ser autorizadas por la máxima autoridad del organismo o su delegado.

2.- Rectificaciones

Son incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los proyectos o acciones centralizadas, de los órganos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos necesarios no previstos o que resulten insuficientes.

3.- Rectificaciones al presupuesto

Artículo 53.- En el presupuesto de gastos de la República se incorporará un crédito denominado: Rectificaciones al Presupuesto, cuyo monto no podrá ser inferior a cero coma cinco por ciento ni superior al uno por ciento de los ingresos ordinarios estimados en el mismo presupuesto. El Ejecutivo Nacional podrá disponer de este crédito para atender gastos imprevistos que se presenten en el transcurso del ejercicio o para aumentar los créditos presupuestarios que resultaren insuficientes, previa autorización del Presidente de la República en Consejo de Ministros. La decisión será publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Salvo casos de emergencia, los recursos de este crédito no podrán destinarse a crear nuevos créditos ni a cubrir gastos cuyas asignaciones hayan sido disminuidas por los mecanismos formales de modificación presupuestaria.

No se podrán decretar créditos adicionales a los créditos para rectificaciones de presupuesto, ni incrementar esto mediante traspaso.

4.- Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos

Es la modificación mediante la cual se reduce total o parcialmente los créditos no comprometidos, acordados en la Ley de Presupuesto. Estas reducciones a los créditos se originan cuando se evidencia una disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal.

5.- Insubsistencias o Anulaciones de Créditos

Es la modificación presupuestaria mediante la cual se anulan total o parcialmente, los créditos no comprometidos acordados en la Ley de Presupuesto. Constituye una de las modificaciones que provoca rebaja a los créditos del presupuesto de gastos.

6.- Créditos Adicionales

Son incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente señalen la Ley de Presupuesto y la Distribución General de cada año.

El Ejecutivo Nacional, al tramitar la modificación presupuestaria en referencia, debe demostrar que el Tesoro Nacional dispondrá de los recursos para atender la erogación.

7.- Niveles de Aprobación

Aprobación por el ejecutivo presentación al legislativo proceso de sanción proceso de promulgación publicación en gaceta oficial (dentro de los 10 dias siguientes) antes del 15 de octubre antes del 15 de diciembre presupuesto reconducido antes del 31 de marzo discusión, sanción y promulgación (artículos: 38, 39, 40, 41 y 42 loafsp).

8.- Informa sobre la ejecución del Presupuesto.

Cuando estés desarrollando un presupuesto,

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