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Títulos De Crédito


Enviado por   •  15 de Abril de 2015  •  2.104 Palabras (9 Páginas)  •  242 Visitas

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Objetivo

Entender y comprender lo investigado con respecto a capacidad y representación para emitir títulos de crédito y ver como las formas de vencimiento de los mismos.

Procedimiento

Elaboración de reporte

Investigar información solicitada

Entender el comportamiento de la información del reporte

Resultados

Títulos De Crédito

La ley de títulos y operaciones de crédito define a los títulos de crédito como los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consignan.

Las características de los títulos de crédito son las siguientes

La incorporación

Se dice que el derecho está incorporado al título de crédito por que se encuentra íntimamente ligado a él, y sin la existencia de dicho título de crédito tampoco existe el derecho, ni por lo tanto la posibilidad de su ejercicio.

La incorporación consiste en el consorcio insoluble del título con el derecho que representa, el derecho va incorporado en el título.

Legitimación

Consiste en el poder de ejercitar un derecho, independientemente de ser o no su titular, así pues no consiste en probar que le beneficiario o tenedor es titular del derecho que existe en el documento sino en atribuir a este el poder de hacerlo valer.

Autonomía

El derecho incorporado en el título de crédito es autónomo l ser transmitido a su nuevo tenedor le atribuye un derecho propio e independiente.

Literalidad

El derecho es tal y como resulta del título, según lo que en el aparece consignado, o lo que es expresamente invocado por el mismo y por lo tanto cognoscible a través de él.

Clasificación

• Públicos y privados

Los públicos son lo emitidos por el estado o instituciones departamentales del mismo y los privados los emitidos por los particulares.

• Por su circulación

Los nominativos y al portador. Los primeros se expresan a favor de una persona cuyo nombre está consignado en el texto y los segundos no se expresa el texto en el documento, puede ser cobrado por cualquier persona.

• De acuerdo al objeto del documento

Estos pueden ser personales, obligacionales y reales.

Los primeros es el objeto principal que faculta al tenedor de formar parte de una corporación, los segundos tienen el derecho de dar crédito, y los terceros tienen derecho sobre la mercancía comprada.

Tipos De Títulos De Crédito

Letra de cambio:

Es un documento por medio del cual una persona llamada girador, ordena a otra llamada girado pague determinada cantidad a una tercera persona llamada beneficiario.

Personas que intervienen:

 Girador o librador: Persona que suscribe u ordena el pago del documento.

 Girado o librado: persona que paga el documento a su vencimiento.

 Beneficiario o tenedor: Persona a favor de quien se expide el documento y que lo hará efectivo a su vencimiento.

Los requisitos que debe reunir la letra de cambio

 La mención de ser letra de cambio inserta en el documento.

 La expresión del lugar en que se suscribe.

 La expresión del día, mes y año en que se suscribe le letra de cambio.

 La orden incondicional de pagar una determinada cantidad de dinero.

 El nombre del girado.

 Lugar de pago.

 Época de pago.

 Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago.

 La firma del girador o de la persona que suscriba la letra de cambio en su nombre.

Tipos De Letra De Cambio

 A la vista: indica que la letra de cambio debe ser pagada en el momento de su presentación al cobro.

 A cierto tiempo vista: Indica que la letra de cambio debe ser pagada determinado tiempo después de su presentación.

 A cierto tiempo fecha: señala que la letra de cambio debe ser pagada después de la fecha que está estipulada en la letra.

 A día fijo: la letra de cambio debe ser pagada precisamente el día señalado expresamente para ese efecto en el texto.

 La aceptación de la letra de cambio: Consiste en el acto por el cual el girado o, en su defecto otra persona indicada en la letra, admite la orden incondicional de pagar determinada suma de dinero al vencimiento, Esto es por la aceptación el girado por su firma manifiesta en el documento su voluntad de obligarse cambiariamente a hacer el pago de la letra.

La aceptación debe constar en la letra de cambio y expresarse por la palabra acepto u otra equivalente y la firma del girado, sin embargo la sola firma de éste, puesta en la letra, es bastante para que se tenga por hecha la aceptación.

Es obligatoria la presentación de la letra de cambio pagaderas acierto tiempo vista, la que deberá verificarse dentro de los 6 meses siguientes a su fecha, aunque cualquiera de los obligados puede reducir ese plazo, consignándolo así en la letra. El girador podrá así ampliar el plazo de presentación o prohibir antes de determinada época. El tenedor no presenta a la letra para su aceptación en el plazo legal indicado o en le señalado por cualquiera de los obligados, perderá la acción cambiaria (de regreso) respectivamente, contra todos los obligados, o contra el obligado que haya hecho la indicación del plazo y contra los posteriores a él.

La presentación para su aceptación es potestativa cuando se trata de letras giradas a cierto plazo de su fecha o adía fijo, a menos que el girador la hubiere hecho obligatoria con señalamiento de un plazo determinado para la presentación, consignando expresamente en la letra esa circunstancia. También puede el girador prohibir la presentación antes de la época determinada, consignándolo así en la letra.

El cheque

Es un título de crédito donde una persona llamada librador da la orden incondicional al librado (institución de crédito) de pagar una suma determinada de pesos a favor de un beneficiario (puede ser un tercero o el mismo librador) y nominativo o al portador

Diferencia Entre Cheque Y Letra De Cambio

El cheque es un instrumento o medio de pago mientras que la letra de cambio es un instrumento el cheque es siempre pagadero a la vista y la letra de cambio puede ser pagada a la vista, a cierto tiempo vista, a cierto tiempo fecha y a plazos, el cheque no dispone cuando debe pagarse y la letra de cambio debe contener incondicionalmente la época de su pago y la fecha de su vencimiento; el cheque solo puede expedirlo quien tenga fondos, en la letra de cambio la orden de pago puede ser dirigida a cualquier persona física o moral y el cheque se puede expedir

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