ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

UNIDAD 4 MERCADOTECNIA ELECTRONICA

OSMARAGNDZ23 de Noviembre de 2014

3.080 Palabras (13 Páginas)621 Visitas

Página 1 de 13

MERCADOTECNIA ELECTRONICA

ANY ALBAÑEZ

AGUNDEZ MACIAS OSMARA ABIGAIL

ANA LOURDES RUBIO SANTIAGO

14 DE NOVIEMBRE DEL 2014 

CONTENIDO A DESARROLLAR DEL DOCUMENTO:

4.1 INTRODUCCIÓN AL COMERCIO ELECTRÓNICO.

4.2 DEFINICIÓN DE COMERCIO ELECTRÓNICO.

4.3 LEGISLACIÓN INFORMÁTICA

4.3.1 LEGISLACIÓN DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

4.3.2 DAÑO Y ROBO A DATOS

4.3.3 CONTRATACIÓN: DERECHOS Y OBLIGACIONES

4.3.4 SEGURIDAD PRIVADA (CRIPTOGRAFÍA O ENCRIPTAMIENTO)

4.3.5 AMENAZAS POTENCIALES: VIRUS Y HACKER´S

4.3.6 ÉTICA DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

4.4 TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS

- CONCLUSIONES INDIVIDUALES POR CADA INTEGRANTE DEL EQUIPO

- FUENTES DE CONSULTA

4.1 INTRODUCCIÓN AL COMERCIO ELECTRÓNICO.

Hoy en día es ampliamente aceptado el hecho de que las nuevas tecnologías, en particular el acceso a Internet, tienden a modificar la comunicación entre los distintos participantes del mundo profesional, especialmente:

- Las relaciones entre la empresa y sus clientes,

- El funcionamiento interno de la empresa, que incluye las relaciones entre la empresa y los empleados,

- La relación de la empresa con sus diversos socios y proveedores.

Por lo tanto, el término "comercio electrónico" se refiere a la integración dentro de la empresa de herramientas basadas en tecnologías de información y comunicación (denominadas por lo general software empresarial con el fin de mejorar su funcionamiento y crear valor para la empresa, sus clientes y sus socios.

El comercio electrónico ya no se aplica solamente a empresas virtuales cuyas actividades están en su totalidad basadas en la Web, sino también a empresas tradicionales (denominadas de ladrillos y cemento).

El término comercio electrónico, de hecho sólo cubre un aspecto de los negocios electrónicos: la utilización de un soporte electrónico para la relación comercial entre la empresa e individuos.

El propósito de este documento es presentar las distintas "tecnologías" subyacentes (en realidad, modos organizativos basados en tecnologías de información y comunicación) y los acrónimos asociados a ellas.

4.2 DEFINICIÓN DE COMERCIO ELECTRÓNICO.

El comercio electrónico, también conocido como e-commerce (electronic commerceen inglés), consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos tales como elIntercambio electrónico de datos, sin embargo con el advenimiento de la Internet y laWorld Wide Web a mediados de los años 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y servicios a través de Internet, usando como forma de pago medios electrónicos, tales como las tarjetas de crédito.

La cantidad de comercio llevada a cabo electrónicamente ha crecido de manera extraordinaria debido a Internet. Una gran variedad de comercio se realiza de esta manera, estimulando la creación y utilización de innovaciones como la transferencia de fondos electrónica, la administración de cadenas de suministro, el marketing en Internet, el procesamiento de transacciones en línea (OLTP), el intercambio electrónico de datos (EDI), los sistemas de administración del inventario y los sistemas automatizados de recolección de datos.

La mayor parte del comercio electrónico consiste en la compra y venta de productos o servicios entre personas y empresas, sin embargo un porcentaje considerable del comercio electrónico consiste en la adquisición de artículos virtuales (software y derivados en su mayoría), tales como el acceso a contenido "premium" de un sitio web.

4.3 LEGISLACIÓN INFORMÁTICA

La constitución española en su artículo 18.4, emplaza al legislador a limitar el uso de la informática para garantizar el honor, la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el legítimo ejercicio de sus derechos. La aún reciente aprobación de nuestra Constitución y, por tanto, su modelo carácter, le permitió expresamente la articulación de garantías contra la posible utilización torticera de ese fenómeno de la contemporaneidad que es la informática.

El progresivo desarrollo de la técnica de recolección y almacenamiento de datos y de acceso a los mismos ha expuesto a la privacidad, en efecto, a una amenaza potencial antes desconocida. Se habla de la privacidad y no de la intimidad: aquella que es más amplia que esta pues en tanto la intimidad protege la esfera en que se desarrollan las facetas más singularmente reservadas de la vida de la persona -El domicilio donde realiza su vida cotidiana, las comunicaciones en las que expresa sus sentimientos, por ejemplo,- la privacidad constituye un conjunto más amplio, más global de facetas de su personalidad que aisladamente consideradas, pueden carecer de significación intrínseca pero que, coherentemente enlazadas entre sí, arrojan como precipitado un retrato de la personalidad del individuo que este tiene derecho a mantenerse reservado. Y si la intimidad en sentido estricto, está suficientemente protegida por las previsiones anteriores del artículo 18 de la Constitución y por las leyes que lo desarrollan, la privacidad puede resultar menoscabada por la utilización de las tecnologías informáticas de tan reciente desarrollo.

4.3.1 LEGISLACIÓN DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

El comercio electrónico es definido por los estudios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como el proceso de compra, venta o intercambio de bienes, servicios e información a través de las redes de comunicación. Representa una gran variedad de posibilidades para adquirir bienes o servicios ofrecidos por proveedores en diversas partes del mundo. Las compras de artículos y servicios por internet o en línea pueden resultar atractivas por la facilidad para realizarlas, sin embargo, es importante que los ciber-consumidores tomen precauciones para evitar ser víctimas de prácticas comerciales fraudulentas.

Marco jurídico nacional

El ciber-consumidor mexicano está protegido cuando realiza compras por internet. La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) contiene disposiciones generales sobre comercio electrónico en su capítulo VIII bis (De los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología).

Lineamientos internacionales

Las autoridades de protección al consumidor alrededor del mundo han desarrollado una serie de lineamientos que buscan otorgar una mayor protección a los consumidores en línea.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desarrolló, en 1999, las Directrices para la Protección de los Consumidores en el Contexto del Comercio Electrónico. Se trata de una serie de recomendaciones encaminadas a lograr que los proveedores de bienes y servicios a través de internet cumplan con las disposiciones de las leyes de protección al consumidor. Así se garantiza que el consumidor reciba adecuados niveles de protección cuando realiza sus transacciones comerciales por internet.

Medidas de precaución

Al realizar operaciones comerciales en línea, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

El proveedor debe informar claramente su identidad, denominación legal y datos de ubicación física (dirección, teléfono y fax), para que el ciber-consumidor pueda hacer alguna reclamación en caso de que se presente un problema.

El proveedor por internet está obligado a brindar una descripción veraz de las características de los productos, para que el consumidor pueda tomar una decisión de compra bien informada.

En el caso de los proveedores mexicanos en línea, los precios deben estar expresados en moneda nacional y, en caso de existir cargos adicionales por envío de los productos, se deben señalar claramente, junto con las condiciones y formas de pago.

El portal debe declarar sus políticas de privacidad. Esto es importante porque es probable que se requiera al ciber-consumidor que revele datos de carácter privado, como el número de la tarjeta de crédito.

También deben estipularse con claridad las políticas de devolución de mercancías, así como las garantías, las condiciones generales de la transacción, restricciones para la compra de bienes y servicios (como es el caso de ubicación geográfica, de tiempo, por tipo de producto o cantidad a adquirir).

4.3.2 DAÑO Y ROBO A DATOS

Los daños a datos son la alteración, destrucción o pérdida de mala fe a la estructura de un dato. Para evitar los daños existe el Código Penal Federal, a continuación algunos artículos que dice lo siguiente:

Art. 211 (1). Dice que al que sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información en sistemas de información protegidos, se le impondrán de seis meces a dos años de prisión y de cien a trescientos días de multa.

Art. 211 (2). Dice que al que sin autorización modifique, destruya o provoque perdida de información contenida en equipos de informática del Estado, se le impondrá de uno a cuatro años de prisión y de doscientos a seiscientos días de multa.

Los robos a datos se realizan con mayor frecuencia por parte del personal dentro de las instituciones. A continuación algunos artículos que dicen lo siguiente:

Art.210. Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com