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ATENCION DE EDUCACION INICIAL


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  801 Palabras (4 Páginas)  •  189 Visitas

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ATENCION DE EDUCACIÓN ESPECIAL

La Política de Educación Especial ha establecido por 30 años, la atención de la población con necesidades educativas especiales en planteles y servicios de la Educación Especial desde edades tempranas hasta la adultez, y la integración escolar de la población en niveles y otras modalidades del sistema educativo. Es de acotar, que las instituciones de educación especial deben optimizar el desarrollo integral de los educandos especiales y en cualquier momento evolutivo proceder a la integración escolar de estas personas, en un maternal, preescolar, básica, liceo y universidad regular, y las MISIONES. En la actualidad diariamente alumnos (as) con necesidades educativas especiales (NEE) están haciendo valer su derecho a recibir educación básica al asistir a escuelas regulares donde se les da la oportunidad de convivir con todo tipo de personas.

El análisis del significado de la Educación Especial a través de las diferentes épocas es una cuestión relevante para ilustrar los cambios en la forma de entenderla y una base para valorar el sentido de las transformaciones que esta ha tenido.

El tema de las Necesidades Educativas Especiales es bastante largo y abarca varias áreas. Este tema se refiere que hay alumnos con necesidades educativas especiales es cuando presentan dificultades mayores que el resto de sus compañeros para acceder a los aprendizajes que se determinan por su edad, para compensar dichas dificultades se tienen que llevar a cabo varias adaptaciones de acceso y curriculares.

Planes y Programas de Estudio Alumnos con Necesidades Educativas Especiales.

Los Planes y Programas de Estudio para atender a la población con necesidades educativas especiales, son los mismos establecidos en los diferentes Niveles y otras Modalidades del Sistema Educativo venezolano, con las adaptaciones requeridas, en función de las características y necesidades educativas especiales de los educandos de la modalidad. Estas adaptaciones pueden ser específicas, complementarias o sustitutivas, de carácter transitorio o permanente, siendo administrado en Unidades Educativas de cualquier nivel o de la modalidad de Educación Especial, conforme a lo previsto en el Artículo 70, literal “e” del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación.

La Evaluación de los Aprendizajes en las Unidades Educativas Especiales de la Modalidad, se debe administrar, conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, apoyándose en un sistema de base absoluta, que permita reconocer los progresos obtenidos por la población de educandos, en función de lo previsto en el Artículo 105 del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación.

La “Certificación de Notas y Títulos” de Aprobación establecidos en la normativa respectiva, de los diferentes niveles del sistema educativo, se entregarán a los educandos con necesidades especiales, que cumplan con los requisitos previstos.

Para aquellos educandos cuyas particularidades específicas y diferencias en sus rítmo de aprendizajes, no le permitan cumplir todas las exigencias de aprobación, en términos de años de escolaridad, se plantea el “Reconocimiento de Estudio”. De conformidad con el Artículo

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