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Amnesia Disociativa


Enviado por   •  27 de Abril de 2015  •  5.090 Palabras (21 Páginas)  •  141 Visitas

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CONCEPTO

Según la Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas:

La infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento. (Tejeiro L. Carlos E. Teoría General de Niñez y Adolescencia).

PRINCIPIOS DEL SRPA

(SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL EN ADOLESCENTES)

ANTECEDENTES Y DESARROLLO HISTORICO

La creación o surgimiento del Derecho de Menores se creó más o menos un siglo, período que abarca dos fases importantes claramente diferenciadas. La primera, centrada en la concepción tutelar que se inicia con la creación del primer Tribunal Juvenil en el año 1899 y trasciende hasta la promulgación de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989. No obstante logró mantener su influencia posterior en algunos países. La segunda, basada en un modelo jurídico-garantista, que parte de la vigencia de la CIDN, que inicia importantes cambios legislativos en la última década

La protección de los Derechos del Niño, como categoría de los Derechos Humanos, surge en el seno de la Comunidad de Naciones después de la Primera Guerra Mundial con la promulgación, el 24 de septiembre de 1924, de la Primera Declaración de los Derechos del Niño

A partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por parte de la Organización de Naciones Unidas, el 12 de diciembre de 1948, se han desarrollado importantes cuerpos normativos de carácter internacional, no solo de protección general de los derechos humanos, sino también de protección particular para grupos poblacionales específicos que por su condición se hacen más vulnerables y, por ende, requieren especial protección como son las mujeres, los niños, los adolescentes y los discapacitados, entre otros.

El 20 de noviembre de 1959 se aprueba la Declaración de los Derechos del Niño, luego, en el Sexto Congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente. Caracas, (1980) se propone regular unas reglas mínimas para la Administración de la Justicia de Menores. Iniciativa que se consolida con la formulación de las Reglas de “Beijing” en 1985. Las siguientes reglas mínimas son:

Principios generales: 1. Orientaciones fundamentales.

2. Alcance de las Reglas y definiciones utilizadas.

3. Ampliación del ámbito de aplicación de las Reglas.

4. Mayoría de edad penal.

5. Objetivos de la justicia de menores.

6. Alcance de las facultades discrecionales.

7. Derechos de los menores

8. Protección de la intimidad

9. Cláusulas de salvedad

Investigación y procesamiento: 10. Primer contacto

11. Remisión de casos

12. Especialización policial

13. Prisión preventiva

De la sentencia y la resolución: 14. Autoridad competente para dictar sentencia

15. Asesoramiento jurídico y derechos de los padres y tutores

16. Informes sobre investigaciones sociales

17. Principios rectores de la sentencia y la resolución

18. Pluralidad de medidas resolutorias

19. Carácter excepcional del confinamiento en establecimientos penitenciarios.

20. Prevención de demoras innecesarias.

21. Registros

22. Necesidad de personal especializado y capacitado

Tratamiento fuera de los establecimientos penitenciarios: 23. Ejecución efectiva de la resolución

24. Prestación de asistencia.

25. 25. Movilización de voluntarios y otros servicios de carácter comunitario.

Tratamiento en establecimientos penitenciarios: 26. Objetivos del tratamiento en establecimientos penitenciarios

27. Aplicación de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos aprobadas por las Naciones Unidas.

28. Frecuente y pronta concesión de la libertad condicional.

29. Sistemas intermedios.

Investigación, planificación, formulación y evaluación de políticas: 30. La investigación como base de la planificación y de la formulación y la evaluación de políticas:

Posteriormente, en 1990 se aprueban las directrices para la prevención de la delincuencia juvenil “Directrices de Riad” y las Reglas para la Protección de los Menores Privados de la Libertad.

Como culminación de dicho proceso en el desarrollo histórico se promulga la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) primer instrumento jurídico de carácter vinculante y garantista que se constituye en punto de referencia en la evolución histórica del Derecho de Menores y en motor de impulso de grandes cambios considerando al menor como incapaz, objeto de protección e intervención jurídica ante situaciones de dificultad como abandono, pobreza, maltrato, o por infracciones a la ley penal, llamadas situaciones irregulares; sin que se lograra una clara diferenciación entre los menores sujetos de protección y menores infractores.

El desarrollo histórico se destacó firmemente a finales del siglo XIX, con el propósito de introducir una perspectiva sociológica al derecho aparece la sociología del derecho, que junto a otras ciencias como la clínica social, la psiquiatría y la antropología, logra permear el panorama académico universal e inicia su aporte fundamental

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