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Codigo Etico Y Consideraciones De La Evaluacion Psicologica


Enviado por   •  10 de Febrero de 2014  •  1.452 Palabras (6 Páginas)  •  2.768 Visitas

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Universidad Autónoma de Baja California.

Facultad de Ciencias Humanas.

Evaluación de la personalidad.

Código ético (Calidad de la valoración y/o evaluación psicológica), pág. 50-59, y Evaluación psicológica, historia, fundamentos teórico-conceptuales y psicometría (Consideraciones éticas en la evaluación psicológica), pág. 62-70.

Solache Barajas Norma.

Montaño Guillen Ricardo Javier.

Lunes, 10 de febrero de 2014.

Calidad de la valoración y/o evaluación psicológica.

El principal fin del libro código ético del psicólogo, es proteger a los clientes de los servicios psicológicos, ya que regula el ejercicio profesional, científico y académico de los profesionales de la psicología. Todo psicólogo mexicano tiene la obligación de aplicarlo en su trabajo, sino como sanción podría perder la licencia para ejercer psicología.

Todos los artículos son importantes, sin duda ninguno deja de serlo. Pero referente a la valoración y/o evaluación psicológica, encontramos varios que son significativos.

Un ejemplo es el artículo 15, que nos menciona que el psicólogo es el que construye, desarrolla, adapta, administra y usa las técnicas de valoración psicológica, entrevistas, pruebas, etcétera. Y los califica, o interpreta, con fines clínicos, debe de hacer las valoraciones, recomendaciones, informes, todos estos con base estrictamente en información y técnicas suficientes y actuales.

El artículo 16, sin embargo nos explica que el psicólogo desarrolla y conduce la investigación con pruebas, y otras técnicas de valoración que lo ayudan a una estandarización y validez.

En el artículo 17, hace mención que el psicólogo administra, califica, interpreta en datos solidos que garanticen la confiabilidad, validez y normas, así como una aplicación apropiada, y sobre todo en la toma decisiones.

El artículo 18, menciona que los psicólogos tienen que identificar cuando ciertas técnicas de valoración no son aplicables o requieren de cierta forma ajustes, debido a factores por ejemplo, raza, origen étnico, la nacionalidad, la orientación sexual, etcétera.

El artículo 19, nos indica que el psicólogo que ofrece servicios de valoración a individuos pertenecientes a pueblos indígenas emplea técnicas adaptadas debidamente a esta población, tomando en cuenta su contexto cultural.

El artículo 20, nos cita que el psicólogo al interpretar resultados de valoración, debe tomar en cuenta los diversos factores de la prueba y las características de la persona valorada que pudiera afectar al juico de la interpretación.

El artículo 21, nos refiere que los psicólogos no deben promover el uso de técnicas de valoración a personas que no hayan recibido información, educación, y supervisión para el uso de estas actividades. Pero tratándose de estudiantes de psicología, tiene que supervisar la aplicación, interpretación y uso de dichas técnicas por parte del psicólogo, ya que lo hace bajo su responsabilidad.

El artículo 22, nos menciona que el psicólogo no tiene que basar sus decisiones de valoración en datos obsoletos, tampoco tiene que basar tales decisiones o recomendaciones en pruebas psicológicas inútiles ni construidas con otros propósitos.

En al artículo 23, hace mención que el psicólogo que realiza valoraciones psicológicas por medio de procedimientos automatizados a distancia, por internet o teléfono, se mantiene alerta de las limitaciones y las comunica a la persona valorada. Tiene que advertir de los posibles límites de confidencialidad y tiene que tomar medidas para ocultar la identidad de la persona que es valorada.

El artículo 24, nos refiere que el psicólogo que ofrece valoración o procedimientos de calificación a otros profesionales debe describir con precisión el propósito y que los procedimientos tengan como base estudios de las poblaciones que pertenezcan los individuos.

El artículo 25 nos cita que el psicólogo se hace responsable por la aplicación, interpretación y uso de instrumentos de valoración apropiados, ya sea que el los califique o emplee servicios.

El artículo 26, hace referencia que el psicólogo tiene que cuidar los instrumentos psicológicos reservados solamente para los psicólogos con licencia.

El artículo 27, nos menciona que el psicólogo tiene que hacer esfuerzos razonables para mantener la integridad y seguridad de las pruebas y técnicas de valoración.

En el artículo 28, el psicólogo en testimonios testifica veraz, honestamente e imparcialmente y para evitar engaños, siempre que sea necesario, dará a conocer las limitaciones de sus datos o conclusiones.

Consideraciones éticas en la evaluación psicológica.

El autor como punto importante nos menciona

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