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Guia De Diagnostico Psicopedaggico


Enviado por   •  10 de Marzo de 2015  •  7.693 Palabras (31 Páginas)  •  158 Visitas

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PROGRAMA DE REDUCCIÓN VOLUNTARIA DE ACCIDENTES

Documento aprobado por el Pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, celebrado el día 15 de octubre de 2008.

PRESENTACIÓN

En este documento se describe el programa, sus objetivos, las empresas a las cuales se dirige y se detalla la metodología a aplicar para analizar sus accidentes, identificar las causas que los producen y los factores que influyen sobre los mismos, y establecer unos objetivos de mejora cuantificables y un plan de actuación programado que permita conseguirlos.

El programa preVea es un programa voluntario orientado a la reducción de accidentes en empresas de alta siniestralidad laboral, entendiendo por siniestralidad laboral tanto los accidentes de trabajo como las enfermedades profesionales. PreVea está incluido en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (ver anexo 1). Su objetivo es conseguir el compromiso y la colaboración voluntaria de estas empresas en la reducción de sus accidentes, de forma que contribuyan significativamente a la consecución del objetivo nacional de reducción de los niveles de siniestralidad.

PreVea es liderado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas, colaborando en su aplicación los organismos técnicos del Estado, a través del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, a través de los equipos técnicos de las Mutuas.

El diseño de este programa se ha apoyado en las experiencias aplicadas en otros países (VPP en USA, programas voluntarios en Dinamarca) y en los programas de reducción de siniestralidad que aplica Mutua Universal.

La base de preVea es el compromiso:

• Del empresario, quien aplica un programa de actividades basado en el estudio de sus accidentes, de las condiciones de trabajo y de su organización. Este programa ha de ser aceptado previamente por la Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma, y tiene aparejados unos objetivos de reducción del nivel de siniestralidad laboral (medido a través del índice de Incidencia), establecidos en determinados plazos.

• De la Autoridad Laboral y de la Inspección de Trabajo, quienes se comprometen a no incluir a la empresa en el plan de visitas programadas de la ITSS ni llevar a cabo actuaciones sancionadoras relativas a deficiencias cuyas correcciones estén programadas, y en la medida en que el programa se cumpla, salvo en caso de accidente de trabajo grave o mortal, enfermedad profesional que deban ser informados de manera preceptiva por dicha Inspección, o en caso de denuncia, pasando a ejercer una vigilancia de sus actuaciones y resultados, por medio de la remisión por parte de la empresa de un informe pautado sobre las actividades realizadas y los objetivos conseguidos, en los plazos que se establecen en preVea.

Para dar apoyo al sistema, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, a través de los equipos técnicos de las Mutuas, proporciona el asesoramiento y los instrumentos (documentación, herramientas) necesarios para que el empresario elabore y desarrolle el programa con sus medios.

La valoración de los programas y su seguimiento son llevados a cabo por los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas, quienes pueden realizar los estudios e informes que consideren oportunos en cada caso.

El programa contiene dos subprogramas paralelos: un subprograma de modificación de las condiciones de trabajo que son origen de los accidentes, y otro subprograma de implantación de un sistema de prevención en la empresa que desarrolle en el futuro una actividad preventiva eficaz, de manera que los logros conseguidos se mantengan e incrementen en el tiempo.

La permanencia de cada empresa en el programa preVea es de 24 meses, al finalizar los cuales debe haber conseguido el objetivo de reducción de accidentes.

La Autoridad Laboral se reserva en todo momento la potestad de revocar la adhesión a preVea de aquellas empresas que considere que no cumplen con sus compromisos.

El proyecto ha sido finalizado en su etapa de diseño, que incluye la concepción, contenidos, metodología y pruebas piloto; actualmente está en fase experimental, controlado por el grupo de trabajo preVea de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; está prevista la aplicación en un grupo reducido de empresas y se prevé que estará finalizado para su implantación definitiva a final de 2008.

El grupo de trabajo preVea de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo está constituido por cinco representantes de cada uno de los grupos que constituyen dicha Comisión y tiene como mandato el diseño de la estrategia de implantación del programa experimental y el seguimiento de los resultados obtenidos a lo largo del periodo 2007-2012 (ver anexo 2).

Equipo de desarrollo

El equipo de diseño ha estado integrado por los siguientes organismos y representantes:

• Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Sr. Raimundo Aragón, Sr. Ángel L. Sánchez y Sr. Adrián González

• Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo: Sr. Ángel Rubio, Sr. Javier Pinilla y Sr. Alejo Fraile

• Comunidades Autónomas: Navarra: Sr. José M. Roig, Sr. José R. Ayestarán, Sr. Alberto Margallo y Sr. José M. Andueza; Catalunya: Sra. Mar Serna, Sr. Juan I. Marín y Sra. Concha Pascual; Baleares: Sr. Fernando Villalobos y Sr. Miquel Crespí; Extremadura: Sr. José L. Villar y Sr. Ángel Muñoz; La Rioja: Sra. Concepción Arruga

• Mutua Universal: Sr. Pere Teixidó, Sr. Josep R. Bardina y Sra. M. Isabel Maya.

La Comisión Europea ha manifestado el apoyo al proyecto preVea a través de su Unidad de Salud, Seguridad e Higiene en el Trabajo de la D.G. Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades

Í N D I C E

1. ANTECEDENTES 7

2. OBJETIVO DEL PROGRAMA PREVEA 7

3. CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA 8

4. REQUISITOS DE ADHESIÓN DE EMPRESAS 9

5. BENEFICIOS QUE APORTA

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