IMPUTABILIDAD Y TRASTORNO ANTISOCIAL DE LA PERSONALIDAD.
YOBAS5 de Septiembre de 2012
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INFORME FORENSE: IMPUTABILIDAD Y TRASTORNO ANTISOCIAL DE LA PERSONALIDAD.
Se comprende por imputabilidad capacidad del ser humano para entender que su conducta lesiona los intereses de sus semejantes y para adecuar su actuación a esa comprensión. Significa atribuir a alguien las consecuencias de su obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimiento, intención y libertad. Es un concepto jurídico de base psicológica del que dependen los conceptos de responsabilidad y culpabilidad. Quien carece de estas capacidades, bien por no tener la madurez suficiente (menores de edad), bien por sufrir graves alteraciones psíquicas (enajenados mentales), no puede ser declarado culpable ni puede ser responsable penalmente de sus actos. Se entiende todo lo contrario a la imputabilidad. Ya que es inimputable quien actúa sin voluntad y conciencia, es decir no tiene la capacidad de entender y querer al momento de cometer el acto punible. De tal forma, en el artículo se valora la imputabilidad de un sujeto que presenta un trastorno antisocial de la personalidad.
El psicólogo forense y el médico forense adscrito al juzgado parten de una entrevista clínica semi-estructurada realizada al Sr. JGV para medir la psicopatía utilizan el método experimental como instrumento de trabajo pues es sabido que “ su pasos son observación, hipótesis del trabajo experimentación y conclusión“ ayudan a investigar la pericia, de tal forma en la aproximación psicobiografica establecen que el paciente tuvo una infancia inestable y conflictiva, ya que su madre tenía problemas con los narcóticos, por lo que se observa una ausencia durante su desarrollo psico-evolutivo así como vínculos afectivos negativos, puesto que repercutió en el paciente su instancia en distintos centros con importante marginación, así que dada su carencia afectiva del paciente lo llevan a establecer una distinta estructura de personalidad, ya que se le vincula con diversos delitos desde su adolescencia. Así mismo se añade que no tiene relación con sus familiares y alta inestabilidad para mantener una equilibrada familia, niega la necesidad de obtener ayuda para su sanación y se detecta en la exploración psicopatológica realizada se visualiza que a la hora de ser detenido presenta buen estado de salud, ubicado y consiente en todo momento en espacio y el tiempo, baja capacidad de comprensión y abstracción, aunque muestra un adecuado lenguaje que se caracteriza por indiferencia afectiva, por lo que no se aprecia dificultad en el nivel psicomotor. Por consiguiente en el PCL.R no se le considera personalidad de psicópata, pero si se detecta desapego emocional lo que es característico de una personalidad antisocial, pues cabe recordar que es una patología de índole psíquico que deriva en que las personas que la padecen pierden la noción de la importancia de las normas sociales, como son las leyes y los derechos individuales. Si bien, generalmente, puede ser detectada a partir de los 18 años de edad, se estima que los síntomas y características vienen desarrollándose desde la adolescencia. Antes de los 15 años debe detectarse una sintomatología similar pero no tan acentuada, se trata del trastorno di social de la personalidad. Así en el MCMI-II se desprende existencia de un estilo de respuesta orientado a ofrecer mala imagen de si mismo desprecio hacia los derechos de los demás, falta de empatía y necesidad de admiración, lo que lo cataloga como un sujeto inmaduro, agresivo, egocéntrico e irresponsable.
Por consiguiente le perfil obtenido en el peritado es propio de sujetos marcados con impulsos agresivos y hostiles afectando fuertemente en su conducta el abandono de sus padres. Sin embargo pese a que se configuran elementos para considerar un trastorno antisocial, en la valoración realizada por lo perititos no se detectan alteraciones psicopatológicas ni anomalías en la estructura
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