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Identidad Del Psicologo


Enviado por   •  21 de Agosto de 2014  •  2.112 Palabras (9 Páginas)  •  3.091 Visitas

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Tarea Unidad IV

Efectuar una síntesis respecto a los diferentes temas contemplado en la unidad IV, ver capítulo 8 del libro:Harrsch, Catalina:

- Identidad del Psicólogo, ver otros autores. Ética profesional, la ética profesional del Psicólogo: Cuestionamientos éticos y filosóficos.

La identidad del psicólogo no corresponde solo a autoridad del rol de su actividad.La identidad dinámica interna santidad es un proceso contante de búsqueda de realización, en forma integrada (persona psicológica) y diferencia. Cada psicólogo búsqueda de su propio sentido de identidad profesional, que más allá del rol profesional.

El análisis de la identidad del psicólogo, como individuo se tendrá que formar en término de su propia historia así como en función de la historia de la profesión, de la institución donde realiza su formación y del contexto social que lo rodea.

Habría entonces que considerarse tres factores en la forma que lo identifican profesional:

1) El individuo, el psicólogo, con su historia (identidad del yo como psicólogo).

2) La psicología, con su historia como profesión, dentro de un contexto institucional específico (identidad del grupo de psicología).

3) ambos en el contexto social actual (el mundo profesional).

La identidad profesional del psicólogo no solo implicaría la consecuencia de ser psicólogo, en la medida que se tengan y se reconozcan una seria de conocimientos y experiencias personales en el esta profesión.

- Normas éticas de los psicólogos publicadas por la Americanh Psychology Association (APA).

NORMAS ÉTICAS

1. Resolución de cuestiones éticas

1.01. Mal uso del trabajo de los psicólogos

Si los psicólogos toman conocimiento de un uso incorrecto

o de una tergiversación de su trabajo, proceden

de manera razonable para corregirlo o minimizarlo.

1.02 Conflictos entre la Ética y las leyes, las regulaciones,

u otra autoridad legal Si las responsabilidades éticas de los psicólogos entran en conflicto con las leyes, las regulaciones, u otra autoridad legal, los psicólogos aclaran la naturaleza del conflicto, manifiestan su compromiso con el Código de Ética y toman las medidas razonables para resolver el conflicto de manera consistente con los Principios Generales y las Normas del Código de Ética. Bajo ninguna circunstancia esta norma es utilizada para justificar o defender violaciones a los

Derechos Humanos.

1.03 Conflictos entre la Ética y las exigencias institucionales

Si las exigencias de una organización a la que los psicólogos pertenecen o para la cual trabajan plantean plantean un conflicto con este Código de Ética, los psicólogos aclaran la naturaleza del conflicto, manifiestan su compromiso con el presente Código y toman las medidas razonables para resolver el conflicto de manera consistente con los Principios Generales y las Normas del Código de Ética. Bajo ninguna circunstancia esta norma es utilizada para justificar o defender violaciones a los Derechos Humanos.

1.04 Resolución informal de violaciones a la Ética

Cuando los psicólogos consideran que puede haber

existido una violación a la Ética por parte de otro psicólogo, llaman la atención de ese individuo para intentar resolver el problema, siempre que una resolución informal parezca apropiada y la intervención no infrinja los derechos de confidencialidad involucrados. (Ver también Normas 1.02, Conflictos entre la Ética y las leyes, las regulaciones u otra autoridad legal, y 1.03, Conflictos entre la Ética y las exigencias institucionales).

1.05 Informe de violaciones a la Ética

Si una evidente violación a la ética ha producido o es probable que produzca un daño considerable a} una persona y no puede aplicarse la resolución informal que contempla la Norma 1.04, Resolución informal de violaciones a la Ética, o no se resuelve adecuadamente de ese modo, los psicólogos inician una acción adicional acorde con la situación. Tal acción podría incluir la derivación a los comités estaduales o nacionales de ética profesional, a las juntas estatales de matriculación, o a las autoridades institucionales adecuadas. Esta norma no rige cuando la intervención pudiera violar derechos de confidencialidad o cuando los psicólogos hayan sido contratados para revisar el trabajo de otro psicólogo cuya conducta profesional está cuestionada. (Ver también Norma 1.02, Conflictos entre la Ética y las leyes, las regulaciones u otra autoridad legal).

1.06 Cooperación con comités de Ética

Los psicólogos colaboran en investigaciones éticas, procedimientos y otros requerimientos que surjan de la APA o de otra asociación psicológica de los estados afiliada a la que ellos pertenecen. Al hacerlo, tendrán en cuenta las cuestiones atinentes a la confidencialidad. La no colaboración constituye en sí misma una violación a la ética. Sin embargo, la postergación del propio pronunciamiento sobre una demanda ética que se encuentra en litigio y cuyo resultado está aún pendiente, no constituye en sí mismo un caso de no cooperación.

1.07 Demandas inadecuadas

Los psicólogos no presentan ni promueven la presentación

de denuncias por faltas éticas que se realicen

con imprudente ligereza o con desconocimiento

deliberado de los hechos, y que serían objeto de refutación.

1.08 Discriminación injusta contra demandantes y

Demandados

Los psicólogos no le niegan el empleo, las posibilidades

de desarrollo, el ingreso a programas académicos o de otro tipo, la estabilidad o el crecimiento laboral a una persona por el sólo hecho de haber presentado o haber sido objeto de una demanda por una falta ética. Esto no impide iniciar acciones basadas en el resultado de tales procedimientos

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