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LA DISCAPACIDAD DESDE UN CAMPO DE ACCIÓN DE LA PSICOLOGIA Y MARCO LEGAL.


Enviado por   •  5 de Mayo de 2018  •  Monografías  •  1.487 Palabras (6 Páginas)  •  143 Visitas

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Universidad San Buenaventura de Cali

Mónica V. Cuellar Collazos

Código 1125558

Electiva de discapacidad.

LA DISCAPACIDAD DESDE UN CAMPO DE ACCIÓN DE LA PSICOLOGIA Y MARCO LEGAL.

El concepto de discapacidad a través de los años, ha sido trabajado desde un modelo médico considerado como un problema para la persona que está constituido en su cuerpo, apoyado por el modelo de la caridad donde la compasión y la ayuda pueden generar un bienestar hacia las personas discapacitadas o sus familias. Sin embargo, no se puede dejar a un lado como la sociedad habla de inclusión y exclusión, suponiendo que la primera debe disminuir las barreras sociales que pueda restringir sus actividades para no caer en lo último.

A raíz de que estos modelos no suplen todas las demandas, el Instituto de Medicina de los Estados Unidos (1997), propone que ante un tema como estos y para responder de manera integral se debe centrar en un modelo biopsicosocial (físico, social y psicológico), que da cuenta que a estos individuos no solo les afecta lo biológico, sino otros factores, tales como, lo cultural, político y económico, percibido a través de las experiencias que permiten afianzar sus recursos personales, cognición y la construcción de su personalidad.

Teniendo en cuenta lo anterior, Gómez y Cuervo (2008), definen la discapacidad “como aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, intelectual, psíquica y sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad” apoyado por la Organización Mundial de la Salud (2016), ofreciendo datos relevantes donde más de mil millones de personas representado por un 15% de la población mundial padece de alguna forma de discapacidad, aumentando su cifra a través de los años, debido al envejecimiento y de enfermedades crónicas como causas principales, además de ser personas vulnerables con necesidades insatisfechas especialmente en el área sanitaria.

A partir de esto, en Colombia, la discapacidad está regida por la ley estatuaria no. 1618 de 2013, con el fin de promover el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, ejerciendo la inclusión, acción afirmativa y ajustes razonables para evitar el concepto de discriminación por algún tipo de discapacidad, apoyada por la ley 1346 de 2009 y el decreto no. 366 de 9 de febrero de 2009.  

Esta ley esta descrita por definiciones, además de exponer que la inclusión se debe realizar para asegurar las políticas, planes y programas que garanticen el cumplimiento de sus derechos, incluyendo esto,  se deben adoptar los espacios, el ambiente, lo económico, la cooperación social, entre otras, para la integridad de esta persona, donde por medio de deberes de la sociedad, respetando y visibilizando los derechos, eliminando actitudes de todo tipo que pueda concurrir en una barrera para ellos, y en caso tal que esto no suceda, denunciar a manera de abuso.

En el caso de la inclusión la ley explica como los lugares de trabajo, estudio o cualquier otro sitio que debe estar adecuado o adaptado para la movilidad, para que la persona puede acceder protegiendo siempre sus derechos; se hace una diferenciación entre los derechos de los niños y los adultos, buscando que la inclusión en niños da referencia del acceso a la escuela, además se habla de una rehabilitación por medio de programas de salud, como también programas de apoyo y orientación que disminuya el malestar, angustia o incertidumbre de la familia y del niño con el fin de ejercer inclusión posibilitando herramientas.  

La UNESCO a partir del año 2005 acogida por el Ministerio de Educación Colombiana (2007),  define la inclusión como la identificación de las necesidades más comunes y especificas ante la diversidad que se debe responder con un estándar de calidad, pertinencia y equidad, a través de la mayor participación en pro de la cultura, el aprendizaje y las comunidades, de esta manera disminuirá la exclusión en primera instancia en las instituciones, con una ruta de aprendizaje flexible e innovador para que todos puedan acceder al conocimiento.

En caso de los adultos se hace una especificación con las mujeres, donde no se vulnere el concepto de mujer, sexualidad y violencia, sin embargo, los derechos de los adultos están encaminados a que puedan tener participación activa en los programas de protección en temas políticos, sociales y administrativos, ya que en los lugares que estén ejerciendo alguna labor deben brindarle toda la seguridad para su integridad.

Es importante que el acompañamiento que realiza el psicólogo está ligado en brindar o construir junto a la persona discapacitada herramientas que le permiten soportar las demandas del ambiente, lo social y lo personal, debido a que en Colombia no cuenta aún con las condiciones para cumplir la ley, por lo que suele vulnerarse los derechos donde son ellos los que debe adaptarse a las demandas del país. El psicólogo debe basarse en  que su primer encuentro, este alejado de diagnósticos que otros han dado como lo explica Bettelheim y Rosenfeld (1994), muchas veces cuando leemos un diagnóstico de otro profesional podemos aludir a posibles hipótesis del paciente leyendo la perspectiva de este, sin permitirnos conocerlo en su propia esencia, comprendiendo y participando sin barreras o predisposiciones,  posibilitando que el paciente no perciba un rol dominante que solo esta “para sacar información”, sin la intención de conocerlo.

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