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Psicologia


Enviado por   •  26 de Mayo de 2013  •  1.538 Palabras (7 Páginas)  •  276 Visitas

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DAÑO PSIQUICO

El concepto de Daño Psíquico recientemente ha sido separado del Agravio o Daño Moral, es así que surge el Daño Psíquico a causa de una situación traumática vivida con motivo de un accidente de cualquier índole.

Si a consecuencia de un evento una persona sufre menoscabo de sus bienes vitales naturales, presenta o tiene un daño.

Daño desde la perspectiva jurídica

El daño como consecuencia del acto ilícito es el detrimento, perjuicio o menoscabo que se recibe por culpa de otro. Todo daño puede causarse por dolo, por culpa o por caso fortuito, importando en evento saber el modo en que ocurrieron los hechos, para arribar a la responsabilidad que debe exigirse.

Si lo hubiere ocasionado sin malicia, pero por su culpa o imprudencia, será igual condenado a pagar una indemnización, pues los hombres están expuestos a ser negligentes, imprudentes, y es mucho más justo que el mal de la imprudencia o negligencia recaiga sobre el que lo ha cometido, que sobre el que ha sido damnificado en dicho hecho.

Entendiéndose por damnificado a aquel sujeto pasivo de un daño o perjuicio, el que sufre las consecuencias de un hecho o acto perjudicial para las cosas o las personas.

El Código Civil hace referencia al concepto de daño en los siguientes artículos:

Art. 1067: “No habrá acto ilícito para los efectos de este código, si no hubiera daño causado u otro acto exterior que lo pueda causar y sin que a sus agentes se les pueda imputar dolo, culpa o negligencia.”

Art. 1068: “Habrá daño siempre que se causare a otro algún perjuicio susceptible de apreciación pecuniaria o directamente en las cosas de su dominio o posesión, o indirectamente por el mal hecho a su persona o a sus derechos o facultades.”

El concepto de daño puede ser abordado desde dos perspectivas:

1. En sentido amplio hay daño cuando se lesiona cualquier derecho subjetivo.

2. En sentido estricto, la lesión debe recaer sobre ciertos derechos subjetivos patrimoniales o extrapatrimoniales, cuyo menoscabo debe generar una sanción patrimonial.

Este último significado es relevante en materia de responsabilidad civil, y es desde allí desde donde vamos a trabajar el concepto de Daño Psíquico, ya que el mismo es inherente al discurso jurídico..

Art. 1096: “La indemnización del daño causado por el delito sólo puede ser demandada por acción civil independiente de la acción penal. Los titulares de la acción civil, o sea aquellas personas que pueden exigir la indemnización por el daño causado, son el sujeto pasivo, sean herederos forzosos o legales y también quienes resulten afectados patrimonial o extra patrimonialmente por el delito, sin ser propiamente los sujetos pasivos del mismo”

La reparación de perjuicios abarca:

“La indemnización del daño material o moral causado a la víctima, su familia o a un tercero, fijándose el monto prudencialmente por el juez en defecto de plena prueba” (Art. 29 Inc I)

Los daños y perjuicios pueden acreditarse con testigos o cualquier otra especie de prueba, y también con la declaración de quien se sintiera afectado. Esto es puesto a consideración del juez, quien decidirá en última instancia la estimación o desestimación de la acción civil.

Los daños pueden ser de dos tipos:

1. Materiales Patrimonial directo

Patrimonial indirecto - Daño Psíquico

2. No materiales Extra patrimonial Agravio o Daño moral

Daño Psíquico

El concepto de daño psíquico no surge del discurso psicológico sino del discurso jurídico, por lo que el perito psicólogo tendra que evaluar los síntomas resultantes del hecho traumatico y a partir de esto llegar a la conclusión de si hubo conformación patológica y por lo tanto daño psíquico.

Lo definiremos como toda perturbación, trastorno, enfermedad, síndrome, disfunción que a consecuencia de un hecho traumático sobre la personalidad del individuo acarrea una disminución en la capacidad de goce, que afecte su relación con el otro, sus acciones, etc., no importando si hay una personalidad de base predispuesta para ese daño.

Por lo expuesto podemos inferir que, si existe Daño Psíquico, este persistirá siempre y hasta tanto el individuo no realice un tratamiento psicoterapéutico que lo ayude a resolver la problemática que dicho daño le causó.

En otras palabras, puede hablarse de la existencia de un Daño Psíquico en un determinado sujeto cuando éste presente un deterioro, disfunción, o trastorno que afecte sus esferas afectiva y/o volitiva y/o intelectual, a consecuencia del cual disminuya su capacidad de goce individual, familiar, laboral, social y/o recreativa.

Debe quedar claro que no importa la intensidad del hecho, sino el nivel de tolerancia que el sujeto tenga, y de esta manera no puede elaborar dicha situación traumática, sin la ayuda externa de un profesional de la salud mental.

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