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VALORES ÉTICOS

luisxaviercamposEnsayo11 de Enero de 2014

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VALORES ÉTICOS

Publicado en 24 marzo, 2011

Los Valores Éticos Fundamentales

La problemática de los valores ha sido abordada sistemáticamente por las ciencias sociales desde diversos

ángulos, en tal sentido la Filosofía, la Psicología, la Sociología y la Antropología se han dedicado a su estudio.

Por eso, no será prudente atenerse a las valoraciones de una disciplina cuando abordemos este tema, sino hay que

referirse a concepciones abarcadoras que garanticen un marco teórico amplio.

El trabajo Los valores en las Ciencias Sociales recoge esta concepción, su autora Silvia Vasquez plantea que el

término valor fue usado inicialmente para apuntar la valía de algo en el sentido económico de intercambio de

valor, así es que, como concepto explícito tuvo en sus primeros tiempos diversos significados, pero siempre muy

relacionados con el campo de la economía política.

Zaira Rodríguez que considera que la teoría general de los valores dentro de la filosofía marxista-leninista está

aún por desarrollar, aunque en ella se aborda el problema de los valores desde diversas perspectivas, tales como la

teoría del factor subjetivo, las consideraciones de la cultura, etc.(4)

En su libro Filosofía: Ciencia y valor señala de la naturaleza específica del conocimiento filosófico que es

imprescindible la diferenciación de los valores como valores de las cosas y los valores de la conciencia

Según José Ramón Fabelo Corzo “las crisis de valores por lo general acompañan a las conmociones sociales que

tienen lugar en los períodos de transición de la sociedad (progresivos, regresivos o de reacomodamiento. (9) Se

producen cuando ocurre una ruptura significativa entre los sistemas de valores pertenecientes a las tres esferas o

planos que siguen:

1. Los valores objetivos de la realidad social.

2. Los valores socialmente instituidos.

3. Los valores de la conciencia.

Los primeros como parte constitutiva de la realidad social; de esta manera la actividad humana, sus tendencias,

los objetos, fenómenos, procesos y sujetos adquieren una u otra significación social, en la medida en que favorece

o no el desarrollo de la sociedad. Fabelo les llama sistema objetivo de valores y lo considera como dinámico,

cambiante y dependiente de las condiciones histórico-concreto.

Los segundos como el reflejo de esa realidad en la conciencia de los hombres. Está incluido en este grupo el

sistema subjetivo de valores de los individuos en dependencia del grado de correspondencia entre intereses

personales del sujeto con los intereses de la sociedad y también de las influencias educativas y culturales.

Los terceros como el sistema de valores socialmente instituido y reconocido oficialmente, que puede ser resultado

de la generalización de una de las escalas subjetivas existentes en la sociedad o la combinación de varias de ellas.

LA DOCILIDAD COMO VALOR HUMANO

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RESPONSABILIDAD

Existen varios significados de la palabra responsabilidad en castellano:

• Como la imputabilidad o posibilidad de ser considerado sujeto de una deuda u obligación (ejemplo: “Los

conductores de vehículos automotores son responsables por los daños causados por sus máquinas”).

• Como cargo, compromiso u obligación (ejemplo: “Mi responsabilidad en la presidencia será llevar a nuestro país

a la prosperidad”).

• Como sinónimo de causa (ejemplo, “una piedra fue la responsable de fracturarle el cráneo”).

• Como la virtud de ser la causa de los propios actos, es decir, de ser libre (ejemplo: “No podemos atribuirle

responsabilidad alguna a la piedra que mató al pobre hombre, pues se trata de un objeto inerte que cayó al suelo

por azar”).

• Como deber de asumir las consecuencias de nuestros actos.

Responsable es aquel que conscientemente es la causa directa o indirecta de un hecho y que, por lo tanto, es

imputable por las consecuencias de ese hecho (es decir, una acumulación de significados previos de

responsabilidad), termina por configurarse un significado complejo: el de responsabilidad como virtud por

excelencia de los seres humanos libres. En la tradición kantiana, la responsabilidad es la virtud individual de

concebir libre y conscientemente las máximas universalizables de nuestra conducta. Para Hans Jonas, en cambio,

la responsabilidad es una virtud social que se configura bajo la forma de un imperativo que, siguiendo

formalmente al imperativo categórico kantiano, ordena: “obra de tal modo que los efectos de tu acción sean

compatibles con la permanencia de una vida humana auténtica en la Tierra”. Dicho imperativo se conoce como el

“principio de responsabilidad”.

En la ética, responsabilidad moral es sobre todo la responsabilidad que se relaciona con las acciones y su valor

moral. Desde una ética consecuencialista, dicho valor será dependiente de las consecuencias de tales acciones. Sea

entonces al daño causado a un individuo, a un grupo o a la sociedad entera por las acciones o las no-acciones de

otro individuo o grupo.

En una ética deontológica, en cambio, tales acciones tendrán un valor intrínseco, independiente de sus

consecuencias. Desde esta perspectiva, es un sistema de principios y de juicios compartidos por los conceptos y las

creencias culturales, religiosas y filosóficas, lo que determina si algunas acciones dadas son correctas o

incorrectas. Estos conceptos son generalizados y codificados a menudo por una cultura o un grupo, y sirven así

para regular el comportamiento de sus miembros. De conformidad a tal codificación se le puede también llamar

moralidad y el grupo puede depender de un amplia conformidad a tales códigos para su existencia duradera.

Desde el punto de vista de la organización social, la responsabilidad moral se diferencia de la responsabilidad

jurídica por su carácter interno. La responsabilidad moral se refiere principalmente al carácter interno de las

conductas (la conciencia o intención de quien ha actuado), sin importar aspectos externos como el hecho de que

éstas hayan sido descubiertas o sancionadas. Por el contrario, los procesos jurídicos no son necesariamente

procesos de intención (por ejemplo, la prescripción del delito de robo por el mero transcurso del tiempo puede

invalidar la responsabilidad jurídica sin invalidar la responsabilidad moral).

La responsabilidad moral ocupa un lugar cada vez más importante en la opinión pública cuando la adjudicación

de la responsabilidad jurídica a través de los tribunales es insuficiente para cerrar casos como son, por ejemplo,

escándalos de corrupción ligados al ocultamiento de cifras en la contabilidad de empresas, derramamiento de

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petróleo en zonas naturales, financiamientos ilegales de campañas y escándalos de corrupción política.

El término aparece también en la discusión de temas como determinismo o libre albedrío, puesto que sin la

libertad es difícil ser culpado por las propias acciones, y sin esta responsabilidad moral la naturaleza del castigo y

la ética se convierten en una interrogante.

Se suele llamar responsabilidad social a la imputabilidad de una valoración positiva o negativa por el impacto que

una decisión tiene en la sociedad. Se refiere generalmente al daño causado a la sociedad o parte de ella por las

acciones o las no-acciones de otro individuo o grupo. Por ejemplo: “La responsabilidad social de las empresas

transnacionales es muy grande”.

También se designa así el compromiso de una persona con su propia sociedad. Ejemplo: “Juan decidió abrir su

consultorio médico en el campo, porque tiene un gran sentido de responsabilidad social”.

Mientras que en la tradición kantiana la responsabilidad es la virtud individual de concebir libre y

conscientemente las máximas universalizables de nuestra conducta, para Hans Jonas, en cambio, la

responsabilidad es una virtud social que se configura bajo la forma de un imperativo que, siguiendo formalmente

al imperativo categórico kantiano, ordena: “obra de tal modo que los efectos de tu acción sean compatibles con la

permanencia de una vida humana auténtica en la Tierra”. Dicho imperativo se conoce como el “principio de

responsabilidad”, de gran importancia en ecología (lo que significa que la responsabilidad ambiental puede

concebirse como una forma de responsabilidad social).

Desde el punto de vista de la organización social, la responsabilidad social se diferencia de la responsabilidad

jurídica por carecer de un proceso institucionalizado de adjudicación, es decir, no existen tribunales

especializados en juzgar la responsabilidad social que no esté prevista en normas jurídicas.

La responsabilidad política es la imputabilidad de una valoración por el uso que un órgano o individuo hace del

poder. Así, por ejemplo, afirmar que el Presidente X fue

...

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