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El Legado Religioso En Nuestro Ordenamiento Juridico


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  962 Palabras (4 Páginas)  •  250 Visitas

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El legado religioso en nuestro ordenamiento jurídico

Katerine Fuentes Lagos

La influencia de la religión en la vida de las personas es evidente desde tiempos muy remotos. La adopción de una o de otra visión religiosa por parte de las comunidades ha determinado el destino de la organización de distintos Estados alrededor del mundo. En nuestra zona geográfica, tras la irrupción española se impone la religión católica, eliminando todo rasgo distintivo de los pueblos originarios que habitaban nuestro país. Este poder avasallador de la Iglesia tiene sus orígenes varios siglos antes de la conquista de América, el que nace con su adopción como religión oficial de Imperio Romano en el año 380, tras la promulgación del “Edicto de Tesalónica”. Desde este hecho en adelante el poder católico no hizo más que consolidarse en toda Europa en los siguientes siglos.

Volviendo a nuestro territorio de influencia, tras la conquista de la espada y la cruz, la influencia de la Iglesia católica se ha hecho presente hasta los días de hoy en todas las áreas de la vida de las personas, y como es de esperar el Derecho no se ha visto ajeno a esta situación. Ahora bien, el problema que nos plantearemos a continuación es ¿En qué medida la Iglesia y sus dogmas han influenciado el ordenamiento jurídico chileno?

Para poder responder esta pregunta analizaremos, específicamente, nuestra Carta Fundamental de 1980, en donde podemos encontrar rastros de estas ideas religiosas provenientes del propio poder constituyente, el que como ya sabemos, se originó en un ambiente irregular e ilegitimo imponiendo las ideas de una parte de la sociedad política y, también daremos unos pasos atrás donde encontraremos otro ejemplo claro con respecto a esta materia.

Dentro de las concepciones que dan respaldo a la constitución, nos encontraremos con el neotomismo, basada en la encíclica del papa León XIII (1879), en donde se retoman las tesis de Tomás de Aquino y se postulan como perfección del pensar humano. Esta concepción fue defendida por un miembro activo de la Comisión de estudio de la nueva Constitución, Jaime Guzmán, dejándonos como herencia sus ideas católicas conservadoras. Podemos dilucidar esto en el artículo “Definición Constitucional”, publicado por la Revista “Realidad”, en agosto 1980, en donde expone lo siguiente “Sin adoptar un esquema filosófico determinado, contrapuesto con la amplitud doctrinaria que debe caracterizar a una Constitución, el proyecto comienza, sin embargo, enunciando la concepción del hombre y la sociedad, propia de la civilización occidental y cristiana en la cual se ha forjado nuestro ser racional”.

Es a partir de esta premisa que sostengo que nuestra constitución posee una influencia católica determinada para toda la sociedad, siendo inconsistente con la actualidad de nuestro Estado donde conviven una heterogeneidad de religiones y/o concepciones que rigen la vida de las personas. Esta situación se asemeja a tiempos de antaño, remontándonos

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