Los Deberes Del Hombre
RAMON19695 de Agosto de 2013
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DECLARACION ROSACRUZ DE LOS DEBERES DEL HOMBRE
PRÓLOGO
En cuanto los hombres tomaron conciencia de la necesidad de vivir en sociedades organizadas, generaron distintas formas de Gobierno para garantizar su funcionamiento. Hasta ahora, todo indica que es a través de la democracia que se experimenta mejor los intereses y las aspiraciones de los individuos en particular, y del pueblo en general. En efecto, aunque este sistema sea imperfecto e implique numerosas debilidades, son actualmente las sociedades democráticas quienes garantizan mejor los derechos del hombre, tal como están definidos en la Declaración Universal
Pero si el respeto de los derechos de cada uno es el fundamento de toda democracia, toda democracia que no fomenta el respeto de los deberes correspondientes, lleva en ella los gérmenes de la decadencia que favorece la aparición de una dictadura. Así que la historia nos muestra, que el buen funcionamiento de una sociedad depende de un justo equilibrio entre los derechos y los deberes de todo individuo. Cuando este equilibrio se rompe, tanto por parte de los gobernantes como los gobernados, el totalitarismo más extremo se apodera de la situación y hunden a las naciones concernientes en el caos y la barbarie.
Al alba del siglo XXI, constatamos que en muchos países la democracia pasó a ser un acervo viejo, los derechos de los ciudadanos están primero sobre los deberes que les incumben como hombres, de suerte que el equilibrio es, si no esta roto entre unos y otros, al menos esta muy amenazado. Temiendo que este desequilibrio se amplíe y consiga que en estos mismos países tenga una regresión de la condición humana, sometemos esta Declaración de los deberes del hombre a todos los que comparten nuestra inquietud:
DECLARACION
Artículo I : Todo individuo tiene el deber de respetar sin omisión los derechos del hombre, tal como están definidos en la Declaración universal.
Artículo 2 : Todo individuo tiene el deber de respetarse a si mismo y no degradar su cuerpo o su conciencia con comportamientos o prácticas que degraden su dignidad o integridad.
Artículo 3 : Todo individuo tiene el deber de respetar otros, sin distinción de raza, sexo, religión, clase social, de comunidad o de cualquier otro elemento que parezca distintivo.
Artículo 4 : Todo individuo tiene el deber de respetar las leyes del país en el cual vive, quedando entendido que estas leyes deben tener por fundamento el respeto de sus derechos más legítimos.
Artículo 5 : Todo individuo tiene el deber de respetar las creencias religiosas y las opiniones políticas de otros, en cuanto no atenten, ni a la persona humana, ni a la sociedad.
Artículo 6 : Todo individuo tiene el deber de ser benévolo en pensamiento, en palabra y en acción, con el fin de ser un agente de paz social y un ejemplo para otros.
Artículo 7 : Todo individuo en edad, en estado o en condición de trabajar, tiene el deber de hacerlo, para proporcionarse sus necesidades o las de su familia, para ser útil a la sociedad, para crecer en el plano personal, o simplemente para no hundirse en la ociosidad.
Artículo 8 : Todo individuo que tiene a su cargo la educación de un niño tiene el deber de inculcarle el valor, la tolerancia, la no violencia, la generosidad y, de una manera general, las virtudes que harán él uno adulto respetable y responsable.
Artículo 9 : Todo individuo tiene el deber de brindar asistencia a cualquiera que está en peligro, esté interviniendo directamente o esté haciendo lo necesario para que las personas habilitadas a intervenir lo hagan.
Artículo 10 : Todo individuo tiene el deber de considerar a la humanidad entera como su familia, y de comportarse en toda circunstancia y en todo lugar como un ciudadano del mundo, haciendo así del humanismo el fundamento de su comportamiento y de su filosofía.
Artículo 11
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