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Matrimonio civil y sacramental


Enviado por   •  31 de Agosto de 2018  •  Ensayos  •  1.539 Palabras (7 Páginas)  •  614 Visitas

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El matrimonio civil y sacramental en la sociedad actual puertorriqueña


El matrimonio civil y sacramental en la sociedad actual puertorriqueña

A través de las décadas, han sido muchos los nombres de parejas que han quedado plasmados en actas matrimoniales del departamento del Registro Demográfico de Puerto Rico. Ante la presentación de estos documentos queda establecida la unión de un hombre y una mujer, de manera voluntaria, tras haber reconocido que existe, junto a este lazo de afinidad una serie de repercusiones se harán presente de acuerdo con las acciones que ambos contrayentes ejecuten a lo largo de su matrimonio. Sucede de esta manera pues, este contrato establecido entre un hombre y una mujer patentiza una estrechez que va más allá de la convivencia, sin embargo, el hecho de que exista la elección inicial entre un matrimonio sacramental y un matrimonio civil ha desligado unas características divisorias que han delineado aparentes diferencias de ventajas y desventajas, dependiendo de la opción acogida por los contrayentes. Partiendo de esta primicia, en donde la unión entre parejas pareciera no tener muy claras las diferencias entre ambos tipos de casamientos, surge la interrogante de saber si el matrimonio será solamente un simple contrato de acuerdos. Es por esto, que hoy en día, la sociedad puertorriqueña se detiene y reflexiona sobre las similitudes existentes entre ambas alternativas sin dejar de sopesar sobre los rasgos opuestos, pues la realidad actual en la isla, en efecto indica que, existen beneficios y desventajas entre un matrimonio civil y la unión por un acto sacramental.

Con el predominio de la fe católica en Puerto Rico a lo largo de la historia, son muchas las parejas que buscan la bendición clerical de sus anillos al celebrar la unión matrimonial, pero comienza a brotar un enorme problema cuando el hombre y mujer en cuestión, desean este acto espiritual sobre sus aros en medio de una unión civil. De ser esta la elección de la pareja, la bendición sacerdotal sobre los anillos no será realizada dado a que la Iglesia católica, a pesar de reconocer el matrimonio civil como una unión, no lo clasifica como un sacramento, al haberse celebrado de manera civil. Aunque aparente ser un detalle sencillo, es por este sendero donde se pueden comenzar a ver las diferencias entre ambos tipos de matrimonio, y solo es posible encontrar sentido al asunto al hacer referencia a la historicidad del término “matrimonio”. En los comienzos, solo existía el “matrimonio natural” y de acuerdo con el Código de Derecho Canónico, Sección #1055, este es una alianza por la cual un hombre y una mujer practican un consorcio que solo termina con el fin de la vida, siendo válidos aquellos actos celebrados por un párroco o sacerdote, siguiendo las normas establecidas por la sagrada fe. El hecho de que un matrimonio civil no sea reconocido como sacramental se debe a que el canon mencionado explica que Cristo llevó el matrimonio natural a uno sacramental, debido a que ya no solo se trataba de una pareja que quería formar una familia, sino que, ahora giraba en torno a una pareja que quería fundar una familia invitando a Dios a vivir con ellos y estar presente a lo largo de la unión, lo cual es algo que no sucede si el matrimonio se da en unión civil. Esto, para algunos creyentes, representa una desventaja.  En este caso, la ventaja del matrimonio sacramental sería que, a su vez, tiene validez civil, sin embargo, el matrimonio civil no tiene a la vez validez sacramental en Puerto Rico.

La realidad de la isla demuestra que, a pesar de que las bodas religiosas han sido durante mucho tiempo una tendencia, el matrimonio civil ha ganado popularidad entre los contrayentes. Las razones para este cambio se deben a que, de acuerdo con el Código Civil de Puerto Rico, y la Ley #193 del 13 de diciembre de 2007, la magia de la celebración tradicional se mantiene, pues solo se exige que los registradores se aseguraren de que toda la información brindada sea la correcta y se oficialicen los documentos frente al celebrante autorizado y/o juez. Ahora bien, como ventaja, y fuera del lugar de celebración de la boda, ambos tipos matrimonio, logran lo mismo: cambiar el estado civil de la pareja. Basta con entender que la boda civil es un contrato por el cual los contrayentes se comprometen a cumplir con lo establecido, ya que así, evitan enfrentarse a consecuencias legales que podrían terminar con la disolución del matrimonio, entre otros. El acto sacramental, por su parte, no se disuelve con tanta facilidad, ya que el divorciarse ante el Estado, no concede que haya sido aceptado ante la Iglesia a la que pertenece, ya que las promesas emitidas por la pareja tenían carácter perpetuo. Dependiendo de la Iglesia en cuestión, esto limitaría la oportunidad de volver a contraer matrimonio e incluso, eximiría al divorciado a tener participación en las actividades celebradas por la institución religiosa, pareciendo ser esto un tipo de exilio espiritual.

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