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DECRETOS PRESIDENCIALES RELACIONADOS CON LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN


Enviado por   •  30 de Abril de 2013  •  1.294 Palabras (6 Páginas)  •  440 Visitas

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LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIÓN.

En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6 numeral 1 del Decreto de

la Asamblea Nacional Constituyente mediante el cual se establece el Régimen de

Transición del Poder Público, publicado en la Gaceta Oficial No. 36.920 de fecha

28 de marzo del año 2000, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 187,

numeral 1, y 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

ARTICULO 1.- Esta Ley tiene por objeto establecer el marco legal de regulación

general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las

personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de

telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas

de la Constitución y las leyes.

Se excluye del objeto de esta Ley la regulación del contenido de las transmisiones y

comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones, la

cual se regirá por las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias

correspondientes.

A los fines de Ilustrar el criterio de nuestros Clientes, Colegas, relacionados e internautas en General presentamos a ustedes contenido integro del articulo 2 de la Ley Organica de Telecomunicaciones de Venezuela donde se delimitan con bastante precisiòn los Objetivos Generales de la Ley o lo que nuestro Tribunal Supremo de Justicia ha denominado como el interès Jurìdico Tutelado ,puès bièn el referido articulo dice expresamente lo siguiente: "...Los objetivos generales de esta Ley son:

1. Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en particular el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las comunicaciones y el de la protección a la juventud y la infancia. A estos efectos, podrán imponerse obligaciones a los operadores de los servicios para la garantía de estos derechos.

2. Promover y coadyuvar el ejercicio del derecho de las personas a establecer medios de radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público sin fines de lucro, para el ejercicio del derecho a la comunicación libre y plural.

3. Procurar condiciones de competencia entre los operadores de servicios.

4. Promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en condiciones de igualdad de personas e impulsar la integración del espacio geográfico y la cohesión económica y social

5. Impulsar la integración eficiente de servicios de telecomunicaciones.

6. Promover la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones, la capacitación y el empleo en el sector.

7. Hacer posible el uso efectivo, eficiente y pacífico de los recursos limitados de telecomunicaciones tales como la numeración y el espectro radioeléctrico, así como la adecuada protección de este último.

8. Incorporar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de Servicio Universal, calidad y metas de cobertura mínima uniforme, y aquellas obligaciones relativas a seguridad y defensa, en materia de telecomunicaciones.

9. Favorecer el desarrollo armónico de los sistemas de telecomunicaciones en el espacio geográfico, de conformidad con la ley.

10. Favorecer el desarrollo de los mecanismos de integración regional en los cuales sea parte la República y fomentar la participación del país en organismos internacionales de telecomunicaciones.

11. Promover la inversión nacional e internacional para la modernización y el desarrollo del sector de las telecomunicaciones..."

Bièn podemos concluir entonces que estos objetivos constituyen Lei Motiv de èste Instrumento Legislativo Especial, espero puès que les sirva de utilidad a los fines legales consiguientes.

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