INGENIERÍA EN MECATRÓNICA. SEGURIDAD INDUSTRIAL
abimaeldlacruzEnsayo18 de Marzo de 2020
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DIRECCIÓN ACADÉMICA
INGENIERÍA EN MECATRÓNICA[pic 1]
SEGURIDAD INDUSTRIAL
ELABORO:
-DE LA CRUZ NUÑEZ ABIMAEL
-ZALDIVAR RAMIREZ ISRAEL ALEJANDRO
HERNANDEZ ESTRADA HECTOR DAVID
941-M
Situación:
Maniobra de izaje para elevar un transformador con un peso de 5 toneladas con centro de gravedad central y de dimensiones de 1.5m x 2m x 1.5m.
[pic 2]
OBJETIVO
-Minimizar los riesgos que pudieran originarse durante el Izaje de un transformador de 5 toneladas, para tomar acciones inmediatas de seguridad.
-Deslindar responsabilidades para y durante la maniobra de izaje de un transformador de 5 toneladas y evitar que personal ajeno tome decisiones no autorizadas.
-Durante un izaje deberá permanecer en el área un responsable de seguridad, quien es la única persona que determinará si la maniobra a realizarse cumple con los lineamientos de seguridad, tanto para el equipo como para el personal autorizado en la maniobra.
ALCANCE
Este procedimiento será aplicado a todo tipo de maniobra a realizarse durante la etapa de izaje del transformador. A si como a sus contratistas, sub contratistas, asesores o cualquier persona que efectué trabajos a nombre de la compañía. Este proceso si por alguna razón existiera un cambio de último momento el responsable de seguridad determinará (si o no) se autoriza la maniobra o modificación en el proceso de montaje.
REFERENCIA
NOM-023-STPS-1993
La presente NOM-STPS- se aplica en los centros de trabajo donde por la naturaleza de los procedimientos se empleen maquinarias destinadas a sujetar, levantar y/o trasladar materias primas, subproductos o bien productos terminados, se excluyen del mismo los ascensores y montacargas considerados en la NOM-STPS- No. 004.
Objetivo.
Establecer las medidas y condiciones de seguridad en el centro de trabajo donde se manejen equipos para izar, para proteger a los trabajadores contra riesgos de trabajo.
Referencias.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123 Apartado "A" Fracción XV.
Ley Federal del Trabajo, artículos 512 y 527.
Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Título Sexto, Capítulo I.
Reglamento Tipo de Seguridad en los Establecimientos Industriales para la Guía de los Gobiernos y de la Industria. O.I.T.
Requerimientos.
3.1 Para el patrón:
3.1.1 Elaborará y vigilará la observancia de las instrucciones y condiciones de seguridad de los equipos para izar.
3.1.2. Brindará a los trabajadores la capacitación y adiestramiento correspondiente a la operación de los aparatos para izar y de las medidas para el funcionamiento seguro de los mismos.
3.1.3. Debe autorizar al personal responsable del equipo para izar, además de cumplir con la NOM-STPS- No. 003
3.1.4. Debe elaborar por escrito el manual de procedimientos de los equipos para izar.
3.1.5. Debe dar a conocer el manual de procedimientos a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y a los trabajadores que operen o den mantenimiento al equipo.
3.2. Para el trabajador:
3.2.1 Debe cumplir con las medidas de prevención y de control, de seguridad e higiene, establecidas por el patrón en el centro de trabajo.
3.2.2 Los operadores de las grúas y equipo para izar, deben conocer el manual de procedimientos para la operación de estos equipos.
3.2.3 Deben participar en la capacitación y adiestramiento proporcionados por el patrón.
ELEMENTOS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD
A) Los equipos para izar deberán contar con elementos y/o dispositivos que establecen la operación y funcionamiento de los mismos.
B) Todos los aparatos para izar deben estar equipados con frenos automáticos de seguridad que operen en el momento que se rebase la carga nominal.
C) Los aparatos para izar deben estar equipados con dispositivos que emitan señales sonoras y luminosas, instaladas a fácil alcance del operador para prevenir a las personas que puedan estar en peligro debido al movimiento del aparato de carga.
D) Las manijas de los mandos deberán accionarse en la medida de lo posible, en la dirección del movimiento resultante de la carga o en el sentido de las agujas del reloj para el izado y en el sentido contrario para el descenso.
E) Los pedales de los equipos para izar deben estar provistos de una superficie antirresbalante para evitar corrimientos involuntarios.
F) Los cables de control de los equipos para izar maniobrados desde el piso, deben estar provistos de separadores por los cuales pasen éstos para evitar que se enreden.
G) Los controles de los equipos para izar deben estar marcados para señalar en qué dirección se mueve la carga.
H) Las grúas móviles estarán provistas de:
Topes de rieles o amortiguadores adecuados a ambos extremos del recorrido de la grúa viajera (carro) y a ambos extremos del puente o nave de la grúa que se extenderán por lo menos hasta la altura del centro de las ruedas.
Guardarruedas en los puentes y armazones de los carros, los cuales se extienden más abajo de la parte superior de los rieles y se proyectan enfrente de todas las ruedas del puente y del carro, siendo de un perfil y forma tal que puedan empujar cualquier obstáculo.
I) Los motores izadores de las grúas móviles estarán provistos de cualquiera de los siguientes sistemas de frenado:
Frenos de sujeción liberados eléctricamente y aplicados por resortes, proporcionando una presión no menor que el 100 % del efecto de torsión del motor en los extremos de los ejes.
Frenos mecánicos capaces de sostener una vez y media la carga nominal.
J) Los motores izadores en las grúas móviles que tengan una carga máxima útil admisible de 5 toneladas o más, estarán provistos de los frenos de seguridad.
K) Las grúas de puentes móviles estarán equipadas con frenos accionados por el pie o la mano para controlar el recorrido del puente.
L) Las grúas monorriel que funcionen en un puente giratorio, deberán estar provistas de uno o más retenes de seguridad, los cuales soportarán la carga en caso de que falle un pasador de suspensión.
M) Cuando las grúas monorriel trabajen en varios ramales, se dispondrán fijadores de rieles que garanticen el alineamiento correcto de los mismos.
N) Las grúas locomotoras estarán equipadas con indicadores automáticos, los cuales darán una señal sonora y/o audible cuando la carga a izar exceda la carga útil máxima admisible.
O) Las grúas locomotoras estarán equipadas en las ruedas de la nave y del carro, con frenos de fuerza motriz y también con frenos de mano.
P) Las palancas de rotación de las grúas locomotoras estarán provistas de medios para fijarlas en su posición neutral.
Q) Los controles de recorrido y los de maniobra en las grúas portátiles de piso y aparatos para apilar accionados con fuerza mecánica, deben estar diseñados con la misma dirección de movimientos en todos los aparatos izadores de un establecimiento industrial.
R) Todos los pernos, tornillos de ajuste y chavetas, así como las demás piezas que sobresalgan de las partes móviles de las máquinas, que representen un peligro para las personas que entren en contacto con éstas, se deberán diseñar o proteger de manera que se prevenga este riesgo.
S) Cuando las grúas estén equipadas con electroimanes de suspensión:
Los circuitos eléctricos de los imanes deberán ser mantenidos en buenas condiciones y la resistencia de aislamiento deberá ser probada regularmente.
Los interruptores de circuito para el sistema de control o sus palancas, deberán estar protegidos de tal manera que no puedan ser movidos accidentalmente a su posición de desconectado.
Se dispondrá, también de tambores accionados eléctricamente o de poleas contrapesadas para recoger el afloje de los cables alimentados de los electroimanes.
T) Los electroimanes de suspensión de las grúas, no se dejarán suspendidos temporalmente mientras no se empleen, sino que se bajarán al suelo o a plataformas dispuestas para ese fin y se desconectarán cuando las grúas vayan a usarse en otras operaciones.
RESPONSABILIDADES
El Responsable de Seguridad, se encargará de que se cumpla el procedimiento de Izaje, minimizando siempre los riesgos para salvaguardar la integridad física del personal que interviene en la maniobra.
El responsable de seguridad tendrá la autoridad para determinar que una maniobra se realice o no y si cumple con las normas de seguridad vigentes aplicables a este procedimiento.
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