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Incapacidades


Enviado por   •  7 de Mayo de 2014  •  470 Palabras (2 Páginas)  •  357 Visitas

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ANIBAL TORRES VASQUEZ

DICCIONARIO DE JURISPRUDENCIA CIVIL

Incapacidad

Absoluta.

Son absolutamente incapaces los que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento;

HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto, Jurisprudencia civil, feat, Lima, 1997, T.1, pp. 21-22

Se considera a una persona privada de discernimiento e imposibilitada de ejercer por si misma sus derechos civiles, cuando padece de retardo psicomotriz severo, consecuencia de una paralisis cerebral infantil.

Código civil comentado, Gaceta Jurídica, Lima, 2007

Relativa

Son relativamente incapaces los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad.

HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto, Jurisprudencia civil, fecat, Lima, 1997 pp 23-24)

DICCIONARIO Y GUIA INDICE

CODIGO CIVIL Y PROCEDIMIENTO CIVIL

VOLUMEN II

Ab. Fernando Andrade Barrera

INCAPACIDAD

Defecto o falta total de capacidad, de aptitud para ejercer derechos y contraer obligaciones. En el derecho civil, es la falta de capacidad para realizar actos de disposición o actos de administración; así como también para hacer, dar, recibir, transmitir aceptar alguna cosa, contraer matrimonio, ejercer la patria potestad, la tutela y la curatela, etc. Es llamada total cuando impide en absoluto la facultad de obrar; como en el caso de los menores impúberes de los enajenados mentales y de los sordomudos que no saben darse a entender por escrito (habría que añadir, o por alguna de las otras fórmulas que hoy se conocen para que tales deficientes puedan comunicarse con el mundo exterior). Y se llama parcial cuando inhabilita para realizar ciertos y determinados actos. Otra clasificación de la incapacidad civil es la que tiene en cuenta su origen, el cual puede estar en la naturaleza, como en los casos precitados, o en la ley, tal la situación del prodigo, del sujeto a interdicción o del penado. Es llamada de derecho cuando está referida a la ineptitud legal para el goce de uno o más derechos, la cual es considerada como relativa porque no hay ninguna persona que no disfrute de algún derecho; y de hecho, cuando dimana de la imposibilidad o de la prohibición de ejercitar los derechos que se tienen.

Prevalecerán sobre las leyes anteriores a la muerte de testador las que reglen la incapacidad o indignidad de los herederos o legatarios, las legítimas, mejoras, porción conyugal y desheredaciones. Art 7 n 14

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