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NO TIENEN TECNOLIGIA EN LOS ARCOS


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2013  •  956 Palabras (4 Páginas)  •  611 Visitas

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NO TIENEN TECNOLIGIA EN LOS ARCOS

Hacer el análisis respecto del caso de público conocimiento relacionado con las medidas cautelares adoptadas por una Jueza de Guayaquil sobre la Cervecería Nacional por el reclamo de ex trabajadores respecto del pago de utilidades.

El análisis deberá contar con los siguientes puntos:

1. Fundamentos en los que las partes basan sus pretensiones ante el Juez. Los fundamentos serán aquellos que consideraron tanto el actor (demandantes) como demandados para poder sustentar la posición de cada uno de ellos.

2. Base legal sobre la cual ambas partes han defendido sus pretensiones o posiciones.

3. Análisis de la providencia (resolución) de la Jueza en donde ordena las medidas cautelares. El análisis contendrá un razonamiento lógico desde el punto de vista ético, jurídico y comercial.

4. Intervención de la Función Ejecutiva dentro del proceso. Potestad del Gobierno o no para intervenir en un asunto judicial.

5. Afectación de la cadena de comercialización de Cervecería Nacional. Posibles impactos legales.

6. Conclusiones.

El análisis que se solicita en el trabajo es desde un punto de vista académico, que conlleve un razonamiento lógico y coherente del caso y sus consecuencias, desde un punto de vista metodológico de la carrera. No se solicita un análisis jurídico profesional.

ING. HENRY KRONFLE KOZHAYA, ciudadano ecuatoriano, mayor de edad, de estado civil casado, por los derechos que represento de la Cámara de Industrias de Guayaquil, en mi calidad de Presidente, tal como lo demuestro con la copia certificada del nombramiento que adjunto a la presente, en el expediente referido a la Acción Extraordinaria de Protección presentada por la compañía Cervecería Nacional CN S.A., en contra de la Sentencia ejecutoriada y autos ampliatorias, dictada por la Tercera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas en el caso No. 982-10-B, ante ustedes respetuosamente presento el siguiente escrito de “amicus curiae” o tercero interesado, contenido en los siguientes considerandos:

I. ANTECEDENTES.-

La Cámara de Industrias de Guayaquil es una organización de derecho privado con finalidad social o pública, constituida al tenor de lo dispuesto en el Decreto Supremo No.51, del 20 de agosto de 1936, publicado en el Registro Oficial No. 271, de dicho año, cuya última reforma estatutaria fue aprobada mediante Acuerdo Ministerial No. 596, del 20 de noviembre de 1992, dictado por el Ministro de Industrias, Comercio, Integración y Pesca, publicado en el Registro Oficial No. 106 de fecha 13 de enero de 1993.

Dentro de los fines de la institución, reconocidos y garantizados por el Estado Ecuatoriano, está el de preservar el irrestricto respeto a las normas jurídicas que inciden en el quehacer de las industrias ecuatorianas, pues sin esa seguridad jurídica, su desenvolvimiento en la sociedad sería imposible.

No obstante que la acción extraordinaria de protección a la que nos adherimos como terceros interesados a través de este escrito, ha sido interpuesta en un caso específico,

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que para efectos de este documento denominaremos –“Caso Cervecería”-, hemos podido constatar

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