NOMINA
dalyla1207Tesis12 de Octubre de 2013
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2.2. Identifique las cuentas 1355, 2365, 2367 y 2368 del PUC y en la siguiente matriz, relaciónelas. Para realizar esta actividad, consulte el Decreto 2650 de 1993 y ubique en el CAPÍTULO II Artículo 14, ubicando los respectivos grupos.
Código Cuenta Nombre cuenta Descripción Dinámica
1355
Anticipo de impuestos y contribuciones o saldos a favor.
Registra los saldos a cargo de entidades gubernamentales y a favor del ente económico, por concepto de anticipos de impuestos y los originados en liquidaciones de declaraciones tributarias, contribuciones y tasas para ser solicitados en devolución o compensación con liquidaciones futuras. Débitos
1.Por los valores pagados;
2.Por las retenciones en la fuente practicadas al ente económico por los diferentes conceptos establecidos en la ley;
3.Por el valor del porcentaje retenido sobre el impuesto a las ventas al momento de pago o abono en cuenta en la enajenación de bienes corporales, muebles o servicios gravados;
4.Por el valor del porcentaje retenido sobre el impuesto de industria y comercio, al momento del pago o abono en cuenta, en la enajenación de bienes o servicios, y
5. Por el valor del traslado de la cuenta 2408 -impuesto sobre las ventas por pagar-, en caso de presentarse saldos a favor.
Créditos
1.Por la aplicación del impuesto o contribución del período gravable al cual corresponda;
2.Por el valor de las sumas obtenidas como devolución, y
3. Por el valor causado por el concepto de retenciones sobre los impuestos a las ventas y de industria, comercio y avisos, correspondiente a las devoluciones y/o anulaciones de operaciones a través de las cuales se enajenaron bienes corporales muebles o se prestaron servicios gravados.
2365
Retención en la fuente
Registra los importes recaudados por el ente económico a los contribuyentes o sujetos pasivos del tributo a título de retención en la fuente a favor de la administración de impuestos nacionales, en virtud al carácter de recaudador que las disposiciones legales vigentes le han impuesto a los entes económicos, como consecuencia del desenvolvimiento del giro normal del negocio, cuyas actividades y operaciones son objeto de gravamen.
Créditos
1. Por el importe de la retención que debe efectuar el ente económico.
Débitos
1. Por los montos cancelados a la Administración de Impuestos Nacionales.
2367
Impuesto a las ventas retenido
Registra el valor de las retenciones en la fuente recaudadas por el concepto del impuesto sobre las ventas, que efectúa el ente económico a los responsables de dicho impuesto, cuando se adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados. Créditos
1.Por el valor del porcentaje retenido sobre el impuesto a las ventas facturado, al momento del pago o abono en cuenta, en la adquisición de bienes o servicios gravados, y
2.Por el valor del porcentaje calculado sobre las compras o la adquisición de servicios gravados, que deba ser asumido por el ente económico, siempre y cuando, la operación se realice con personas pertenecientes al régimen simplificado, con cargo a la cuenta 2408 -Impuesto sobre las ventas por pagar-, a un gasto, o como mayor valor del costo.
Débitos
1.Por el valor de los pagos, correspondientes a los montos retenidos, y
2. Por el valor causado por concepto de retenciones sobre el impuesto a las ventas, correspondiente a las devoluciones y/o anulaciones de operaciones a través de las cuales se adquirieron bienes corporales muebles o prestación de servicios gravados.
2368
Impuesto de industria y comercio retenido
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