NOMINA
Enviado por danig905 • 1 de Julio de 2014 • Ensayos • 1.243 Palabras (5 Páginas) • 191 Visitas
NÓMINA
CONCEPTO
La nomina indica la cantidad pagada a los empleados por el trabajo que han hecho en la empresa durante un período determinado de tiempo, normalmente mensual o trimestral ya que es una la lista conformada por el conjunto de trabajadores a los cuales se les va a remunerar por los servicios que éstos le prestan al patrono.
Es el instrumento que permite de una manera ordenada, realizar el pago de sueldos o salarios a los trabajadores, así como proporcionar información contable y estadística, tanto para la empresa como para el ente encargado de regular las relaciones laborales.
PARTES QUE TIENEN EL FORMATO DE LA NÓMINA
El formato de la nómina contiene lo siguiente:
• Encabezamiento, con el nombre y NIT del empleador y el periodo de pago de nómina
• Esquema central con dos partes:
PRIMERA PARTE:
• Nombre y cargo del trabajador
• Días laborados
• Valor devengado
• Deducciones
• Neto pago
• Firmas y documentos de identidad de los empleados
SEGUNDA PARTE:
• Aportes parafiscales, salud, riesgos profesionales y fondo de pensiones
• Apropiaciones para prestaciones sociales
• Firmas de quien elabora, revisa y aprueba
PARTES DE LA NÓMINA
VALOR DEVENGADO
Está constituido por las sumas que el empleador paga al trabajador, teniendo en cuenta la legislación, y está formado por los distintos conceptos que constituyen el salario.
Los principales conceptos son:
1.1 Salario
1.2 Salario mínimo legal
1.3 Salario básico
1.4 Salario integral
1.5 Auxilio de transporte
1.6 Recargo por trabajo nocturno, suplementario y descanso remunerados.
1.1 SALARIO
Constituye no solo la remuneración ordinaria, fija o variable, el trabajo suplementario o de horas extras, el trabajo en días de descanso obligatorio y el porcentaje sobre ventas y comisiones, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa al servicio, cualquiera sea la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresuelos y bonificaciones habituales, salvo que entre el empleador y el trabajador hayan acordado considerarlas no constitutivas de salario.
1.2 SALARIO MINIMO LEGAL
Es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y las de su familia en el orden material, moral y cultural.
1.3 SALARIO BASICO
Es la remuneración ordinaria, pactada en el contrato laboral y sirve de base para la liquidación del trabajo nocturno, trabajo en dominicales y festivos y trabajo extra en días ordinarios, dominicales y en festivos.
1.4 SALARIO INTEGRAL
Es aquel que además de retribuir el trabajo ordinario, compensa en antemano el valor de las prestaciones, recargas y beneficios que por virtud legal o convencional corresponda al trabajador, tales como recargo nocturno y extra, primas legales y extralegales, auxilio de cesantías, interés sobre cesantías y además con excepción sobre las vacaciones.
1.5 AUXILIO DE TRANSPORTE
Todo trabajador que devengue mensualmente hasta dos salarios mínimos tiene derecho a recibir, además de su salario, un valor adicional por concepto de auxilio de transporte; la cuantía la determina la legislación vigente.
1.6 RECARGOS POR TRABAJO NOCTURNO, SUPLEMENTARIO Y DESCANSOS REMUNERADOS
CLASE DE TRABAJO RECARGO FACTOR FORMÚLA
Extra diurno ordinario 25 1,25 Valor hora ordinaria x 1,25 x No horas
Extra nocturno ordinario 75 1,75 Valor hora ordinaria x 1,75 x No horas
Dominical y festivo
75 1,75 Valor hora ordinaria x 1,75 x No horas
Dominical y festivo nocturno 110 2,1 Valor hora ordinaria x 2,10x No horas
Extra diurno festivo
100 2 Valor hora ordinaria x 2,00 x No horas
Extra nocturno festivo
150 2,5 Valor hora ordinaria x 2,50x No horas
Recargo nocturno 35 0,35 Valor hora ordinaria x 0,35x No horas
JORNADA FINAL
La jornada final es la que convenga las partes, o a la falta de convenio, la máxima legal (Art.18. CST)
JORNADA MAXIMA
La duración máxima legal de la jornada de trabajo es de 8 horas al día y 48 a la semana, salvo las excepciones planteadas en el artículo 161 del CST. La jornada de trabajo del menor entre 12 y 14 años, 4 horas diarias y 24 semanales, entre 14 y 16 años, 6 horas diarias y 36 semanales.
TRABAJO DIURNO Y NOCTURNO
El trabajo diurno está comprendido entre las 6 am y las 10 pm, el trabajo nocturno está comprendido entre las 10 pm y las 6 am (Art.160 CST) El trabajo nocturno por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo de 35% ( Art.168 CST)
VIERNES
Descanso el día sábado pueden repartirse las 48 horas semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria hasta por dos horas, por acuerdo entre las partes, pero con el fin exclusivo de permitir a los trabajadores el descanso durante todo el sábado ( Art 164 CST )
...