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TAREA sistema financiero

maraleromero30 de Marzo de 2015

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la pesestaSISTEMA FINANCIERO

Esencialmente un sistema financiero es un conjunto de instituciones que en una economía de mercado captan o reciben dinero del público y luego lo distribuyen o canalizan hacia las personas que requieren estos recursos, para desarrollar procesos productivos o adquirir bienes y servicios.

ENTIDADES QUE CONFORMAN EL SISTEMA FINANCIERO Y EL MERCADO DE VALORES COLOMBIANO

-Establecimientos de crédito.

-Sociedades de servicios financieros

-Entidades aseguradoras e

-Intermediarios y Entidades del Mercado de Valores"

ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO

Se consideran establecimientos de crédito, las instituciones financieras cuya función principal consiste en captar en moneda legal recursos del público en depósitos, a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito.

SOCIEDADES DE SERVICIOS FINACIEROS

Son instituciones financieras que si bien captan recursos del ahorro público, por la naturaleza de su actividad se consideran como instituciones que prestan servicios complementarios y conexos con la actividad financiera.

ENTIDADES ASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS

Entidades aseguradoras e intermediarios de seguros y reaseguros

Las aseguradoras son todas las entidades que responden por los siniestros (pérdidas) que sufren sus clientes, en virtud de un contrato de seguro. Por ejemplo cuando aseguramos un carro o la vida.

ENTIDADES DEL MERCADO DE VALORES

El Mercado de Valores fue objeto de estudio en la segunda semana de este curso, así que a manera de breve recuento y para afianzar la información hay que reiterar que un mercado de valores implica la compra y venta de valores de diversa índole (acciones, bonos, papeles comerciales, cdts, etc) y en el cual se llevan a cabo otras actividades propias de él, como la intermediación y la emisión.

-Emisores

-Intermediarios

-Inversionistas

CAPTACIÓN DE DINERO Y ACCESO A LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS

FINANCIEROS:

Está prohibido captar o recibir dinero del público sin autorización de la

Superintendencia Financiera, tal y como se establece en el Decreto 1981 de 1988, esta conducta eventualmente se considera un delito en los términos del artículo

316 del Código Penal y la persona que las ejecuta puede ser sujeto de las medidas administrativas contenidas en el Decreto 663 de 1993 - Estatuto Orgánico del Sistema Financiero artículo 108.

LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA:

La Superintendencia Financiera de Colombia es una entidad pública a través de la cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen o ejecuten actividades de tipo financiero, bursátil, asegurador o cualquier otra actividad relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público.

-Significado del término: “Vigilado por la Superintendencia Financiera”.

Cada vez que se oye o lee la expresión “Vigilado Superintendencia Financiera de

Colombia”, significa que existe una institución que autoriza y vigila la actividad que realizan las entidades que reciben dineros del público, donde el cliente ahorra, invierte su capital, tiene un crédito, un seguro o su pensión.

CONSUMIDOR FINANCIERO:

De acuerdo con la ley 1328 de 2009 en el artículo 2, se considera consumidor financiero a toda persona que contrate un producto con una entidad vigilada por la

Superintendencia Financiera, o utilice alguno de sus servicios, o simplemente le solicite información a uno de estos establecimientos vigilados con el fin de adquirir

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