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Tecnologias De La Investigacion Y Comunicacion

marcoscelis17 de Octubre de 2013

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eLAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN E INVESTIGACIÓN EN EL DERECHO

UNIDAD 1

AREAS DONDE SE APLICAN LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN EL DERECHO.

INTRODUCCIÓN

TECNOLOGÍA, TECNOLOGÍA, TECNOLOGÍA, escuchamos constantemente ese término que nos trae a mente, los cambios que están surgiendo en las diferentes áreas científicas, más claro lo vemos en áreas de ciencia puras o exactas, pero, podemos apreciar que también surgen estas aplicaciones en ciencias sociales, en este caso el Derecho.

La aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación se han hecho imprescindibles en diferentes áreas del derecho y que valiéndonos de ellas podemos tomar impulso como un “autorum” o una polea que dé impulso al mismo.

Justiniano, padre del derecho, recopilador de glosadores y escribas en el Derecho Romano nunca imaginaría en el futuro a los juristas trabajando frente al computador y cómo estas tecnologías se han hecho indispensables para su difusión.

Las tecnologías de la Información y Comunicación en el Derecho han abarcado muchas áreas:

1. En la Educación del Derecho

2. En el learning

3. En la Administración de Justicia.

4. En el e-govermment

5. En la micro archivística digital

6. En la función de los fedatarios informáticos.

7. En el comercio electrónico y en las Firmas y certificados s digitales

8. En la propia investigación científica jurídica a través de medios o. informáticos e Internet

9. El nacimiento del Derecho Informático, que proteja la información el el derecho inherente a ella, así como sanciones a aquellos y de delincuentes informáticos.

10. Creación de software Jurídicos.

En los cursos de informática jurídica que se imparten, se busca conocer y emplear todas estas tecnologías, y lo hacen a diario en su habitual centro de labores, sólo que no se han dado cuenta del cambio, o no toman la debida importancia y, por ende, la necesidad de seguir capacitándose en el área.

En el área del Comercio electrónico se ha buscado también el apoyo de varias instituciones como la Telefónica demuestra que todas las tecnologías de Investigación y Comunicación que se aplican al Derecho no pueden realizarse sin trabajar en conjunto con otras disciplinas como son:

a) La Ingeniería de Sistemas

b) La Computación

c) La Informática

Actualmente el Derecho no alcanza su perfección o no se encuentra en los lugares más destacados entre las ciencias sociales, si bien cuenta con un método científico y objeto de estudio que es el propio hombre. Cómo hacerla científica, cómo lograr que el abogado aplique la tecnología y, por ende, la ciencia del Derecho resurja como tal.

1.1 LA APLICACIÓN DEL LAS TICS EN LA EDUCACIÓN DEL DERECHO

Merece la atención partir de este punto, puesto que una reestructuración en los programas y currículas académicas de las diferentes Universidades en donde se dicta la carrera de Derecho consideren enseñarse en todos los ciclos o años por lo menos un curso de Informática Jurídica.

A la vez esta aplicación en la Educación debe darse desde el primer año con conocimientos básicos de Office y enseñar otros programas como macromedia, que favorecen la creación de e-books, de diseños de páginas Webs, para una mejor gestión de un estudio de abogados, como el SQL o simplemente para empezar el estudio de programación de base de datos, que lo hemos venido dictando, para así crear base de datos jurídicas de consultas. El uso de Internet debe ser diario o por lo menos frecuente, no sólo utilizar Internet como simple correspondencia.

Existe un pequeño número de alumnado y abogados también invidentes, que cursan la carrera, con ellos se aplica el programa del JAW software propietario para Windows, que facilita el uso del computador mediante la lectura de todos los componentes de las ventanas que se estén trabajando, pero los programas deben trabajarse también con multimedia, así pueden llevar en CDs los cursos de carrera, pudiendo acceder a ellos con mayor facilidad y mejor productividad escuchando el contenido, dejando de uso la costosa grabadora de mano.

1.2 APLICACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL DERECHO EN EL LEARNING

Es ya una realidad en diferentes universidades no sólo el dictar cursos a distancia, sino completarlas con las Aulas Virtuales, mediante los foros de discusión y las páginas Interactivas, además toda universidad debe optar por complementarse a este sistema de cursos no presenciales y semipresenciales.

Resulta mucho más ventajoso para una empresa combinar esta nueva forma de capacitar a su personal con el teletrabajo que está regulado en las normas de Derecho laboral, facilitando trabajar desde la comodidad de su propio hogar, evitando gastos en transportes, vestimenta y demás agregados que encontramos en el trabajo convencional.

1.3 APLICACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL DERECHO EN EL E-GOVERMMENT

El gobierno está jugando un papel importante y trascendental actualmente. Mediante la Ley de Transparencia de la Información, ha hecho posible que el usuario utilice una ventanilla única a través del portal del Estado, evitando las largas colas, los reclamos y los malos ratos que sufrimos aquellos que sólo queremos respuestas a una pequeña consulta.

Unido a ello, y de manera horizontal, encontramos la labor que cumplen algunos organismos públicos como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de hace uso de las TIC, mediante la creación de un Software que les permite a todos acceder a una plantilla única y precisa de declarar anualmente su impuesto a la renta, pero ha ido a más, así también cualquier contribuyente puede pedir autorización para inscribirse, cambio de giro y autorización para impresión de comprobantes.

Así mismo, permite a todos los interesados a participar en los remates públicos a través de su página, además de dar a conocer la lista de empresas dedicadas a estas actividades. Cabe destacar que ésta, al realizar las operaciones comerciales, realiza la actividad del e-commerce o comercio electrónico, de cuya relación usuario o consumidor y gobierno, se realizar mediante la seguridad del protocolo SET “Segurity Electronic Transation” y cuyo medio de pago lo conocemos como el e-cash o pago electrónico.

1.4 LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Adiós papeles, debería ser la palabra de alegría que caracterice al Nuevo Poder Judicial, esta modernidad se está dando a pasos lentos, pero se está dando no sólo en lo que es documentación jurídica sino en informes a los usuarios, éstos deberían desde Internet, ver el estado actual de sus expedientes o contar con computadoras a lo largo de las diferentes instituciones haciendo más eficiente la labor al sobrecargado Despacho Judicial.

La Informática Jurídica Documental busca hacer más factible el despacho y gestión de los estudios. Pero en un futuro podremos contar con sistemas de Despacho automático que permitan proveer de resoluciones en donde no se precise un juicio o razonamiento inherente de los administradores de Justicia como por ejemplo: el recibimiento de una norma o regla judicial, o el envío de un exhorto, algo tan elemental que pueda ser realizado por un computador a lo que llamamos la informática Jurídica Decisional. Cuando Norbert Wiener escribiera sobre la relación del hombre y la máquina, dejó abierta la posibilidad de contar con máquinas pensantes.

No podemos dejar de mencionar cómo se está aplicando de manera correcta el uso de las páginas Web que permiten a los ciudadanos presentare ante cualquier dependencia las denuncias a través de Internet.

1.5 LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN LA ARCHIVÍSTICA DIGITAL

El microfilm ha hecho posible pasar del formato de papel al soporte digital, lo que actualmente debe de regularse tanto normativamente como técnicamente, ya que la digitalización de los documentos requiere de la intervención de un Fedatario Informático el cual le da validez al proceso de digitalización, ya que éstos repositorios en los cuales quedan registrados los documentos no ocupan espacio, logrando mayor eficiencia. ¿Pero estamos la mayoría de nosotros preparados para aceptar estos procesos? La mayoría se opone, no cuentan con la seguridad tanto técnica como jurídica, al igual que surge en el uso del pago por Internet en el e-commerce. La respuesta la tienen los propios legisladores.

Las empresas privadas como las que brindan servicios de telefonía móvil o fija, así como las empresas de televisión de paga, deberían de ofrecer certificados digitales que permiten dar confianza e integridad a estas transacciones comerciales.

Esta Ley resalta la función del Fedatario público o privado, aceptando la función de los que internamente en cualquier organismo estatal cumplen la función de autenticar documentos electrónicos.

Otro problema surge al conceptuar al documento electrónico y al darle igual validez a la firma que demuestra la manifestación

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