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ACUERDOS DE CONVIVENCIAS


Enviado por   •  24 de Octubre de 2022  •  Documentos de Investigación  •  22.518 Palabras (91 Páginas)  •  55 Visitas

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                                                                                                                                                                                                                        [pic 1][pic 2]

                                                                                                                                                                     

ACUERDOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA ESCUELA PRIMARIA BOLIVARIANA “DR. JULIO DE ARMAS” GUASDUALITO, MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO APURE.

RIF. J- 29869719-9

             

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Dirección calle sucre con carrera Arismendi nº9-B GDTO-APURE

TELEFONO: 0278-3321300-  02783321738 –

Correo juliodearmas1960@gmail.com

E.P.B. “DR. JULIO DE ARMAS”

AÑO ESCOLAR 2022-2023.

Cuerpo Directivo:

Msc. Marjuce Barazarte Directora (E)

Msc. Salki Carvajal Sub-Directora Académica.

Prof. María Carrillo Sub-directora Administrativa

INDICE:

  1. Exposicion de motivos

2)     Titulo I. Articulos referidos al funcionamiento del plantel.

3)-   Titulo II. Articulos referidos al cumplimiento de la normativa referente a los estudiantes y estudiantas.

4)-   Titulo III. Articulos referidos al cumplimiento de la normativa referente a los padres, madres, representantes.

5)- Titulo IV. Articulos referidos al cumplimiento de la normativa referente al personal directivo y docentes.

6)- Titulo V. Articulos referidos al cumplimiento de la normativa referente al personal administrativo.

7)- Titulo VI. Articulos referidos al cumplimiento de la normativa referente al personal obrero.

8) Titulo VII. Artìculos referidos al cumplimiento de la madres y procesadores.

9)-  Titulo VIII. Del comité de convivencia escolar.

EXPOSICION DE MOTIVOS.

Los siguientes acuerdos de convivencia tienen como finalidad propiciar un ambiente de armonía para todos los implicados donde se respeten los derechos, pero a su vez se cumplan los deberes dentro de un marco democrático para que se consoliden los fines de la educación plasmados en la Ley Orgánica de Educación en el art. 15. Por otra parte, es importante destacar que se busca por medio de estos acuerdos proporcionar los espacios necesarios para formar a los estudiantes de forma integral, manteniendo un nivel académico adecuado y la participación activa de toda la comunidad educativa.

Estos acuerdos están dentro del marco legal y jurídico que rige a nuestro país, en consecuencia, están fomentadas sobre bases éticas, religiosas, morales y legales, en consecuencia, se constituye en una herramienta e instrumento normativo y pedagógico de carácter formativo que tiene como horizonte lograr el funcionamiento óptimo de esta Escuela.

Con la finalidad de alcanzar los objetivos educativos que se ha propuesto en estos 62 años, la E.P.B. “Dr. Julio de Armas”, actualiza los presentes “Acuerdos de Convivencia Escolar”, procurando plasmar en ellas los ideales y modos propios de nuestra institución, esperando que el respeto a este instrumento sirva de referencia común para el obrar de las y los estudiantes, de los padres, madres, representantes y/o responsables, así como de todo su personal, para lograr construir un ambiente de sana convivencia, exigente y alegre que permita a las y los estudiantes formarse integralmente, manteniendo el debido nivel académico y la participación activa e idealista de toda su Comunidad Educativa.

Estos Acuerdos de Convivencia se encuentran fundamentados y apoyados en concordancia con el marco jurídico vigente de la República Bolivariana de Venezuela:

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (C.R.B.V). Publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30 de diciembre de 1.999.
  • Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. (L.O.P.N.N.A.). Publicada en Gaceta Oficial Nº 5.859 del 10 de diciembre de 2.007.
  • Ley Orgánica de Educación. (L.O.E.). Publicada en Gaceta   Oficial Extraordinaria Nº 5.662 del 24 de septiembre de 2.003.
  • Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente.
  • Ley Orgánica del Trabajo.
  • Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
  • Resolución 058 Consejos Educativos. Publicada en Gaceta Oficial 397.068 del 16 de octubre de 2012.

TITULO I

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

CAPITULO I

De la Institución y sus Objetivos

ARTÍCULO 1: La Escuela Primaria Bolivariana “Dr. Julio de Armas”, es una institución educativa pública, dirigida a la atención de niños, niñas y adolescentes. Fundada bajo el gobierno de Marcos Pérez Jiménez el 30 de octubre de 1960, reconocida por su trayectoria y amplia labor en la formación de personas aptas para una vida en sociedad.

Objetivos:

ARTÍCULO 2. Los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar tienen un carácter normativo y pedagógico de obligatorio cumplimiento y su propósito es establecer el buen funcionamiento y la organización interna de la Escuela Primaria “Dr. Julio de Armas”, así como establecer los Acuerdos de Convivencia para todos los miembros que conforman este centro educativo y garantizar la población estudiantil una educación de alta calidad, formando estudiantes bajo criterios y valores capaces de generar conocimientos científicos y desarrollar personalidades aptas con espíritu crítico e investigador en el conocer, convivir, hacer y ser, con formación teórico-práctica para que logren un razonamiento lógico de modo que puedan adaptarse a las exigencias del mundo actual y de esta forma contribuir en gran manera con el desarrollo de su entorno social. 

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