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ACUERDOS REPARATORIOS


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  770 Palabras (4 Páginas)  •  194 Visitas

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ACUERDOS REPARATORIOS

Se denomina acuerdo reparatorios, en Derecho procesal, a un acuerdo entre el imputado por un delito o falta y la víctima, que pone fin al proceso penal.

Se puede definir, por tanto, como un medio auto compositivo de carácter judicial, bilateral, y no asistido, celebrado entre el imputado y la víctima, que requiere ser homologado por el juez de garantía y se celebran con el fin convenir la reparación de las consecuencias causadas por el delito (repara el daño mediante indemnización) y pone término al litigio penal pendiente respecto de un delito que afectare bienes jurídicos disponibles de carácter patrimonial, consistentes en lesiones menos graves o constituyentes de delitos culposos.

Dado el especial carácter del Derecho penal, que afecta a cuestiones de orden público y a bienes jurídicos esenciales, es necesario que el acuerdo reparatorios esté permitido por ley para que éste pueda poner fin al proceso penal.

PLAZOS

Periodo de tiempo en el que se puede o se debe hacer una cosa, fecha o momento en que terminó dicho periodo:

Artículo.41 Plazos para la reparación.

Incumplimiento: Cuando la reparación ofrecida se haya de cumplir en plazos o dependa de hechos o conductas futuras, se suspenderá el proceso hasta la reparación efectiva o el cumplimiento total de la obligación.

El proceso no podrá suspenderse sino hasta por tres meses. De no cumplir el imputado el acuerdo en dicho lapso, sin causa justificada, a juicio del Tribunal, el proceso continuará.

En caso de que el acuerdo se hubiere realizado después de admitida la acusación o antes de la apertura del debate, si se trata de un procedimiento abreviado, el juez procederá a dictar la sentencia condenatoria correspondiente, fundamentada en la admisión de los hechos realizada por el imputado, conforme al procedimiento por admisión de público y a bienes los hechos.

En el supuesto de incumplimiento, los pagos y prestaciones efectuados no serán restituidos.

Articulo. 44. Condiciones. El Juez fijará el plazo del régimen de prueba, que no podrá ser inferior a un año ni superior a dos, y determinará las condiciones que deberá cumplir el imputado, entre las siguientes:

1. Residir en un lugar determinado;

2. Prohibición de visitar determinados lugares o personas;

3. Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de las bebidas alcohólicas;

4. Participar en programas especiales de tratamiento, con el fin de abstenerse de consumir sustancias estupefacientes o psicotrópicas o bebidas alcohólicas;

5.

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