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AMPARO II

pakoeskrion2 de Diciembre de 2012

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UNIDAD I: ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL JUICIO DE AMPARO INTERNACIONALES

ESPAÑA

En el siglo XII el justicia mayor de Aragón era un funcionario judicial encargado de velar por la observancia de los fueros contra los actos y disposiciones de las autoridades incluyendo al rey mismo, cuando se violaban en detrimento de cualquier súbdito.

Era un verdadero órgano de control del Derecho Foral Aragonés. Uno de los fueros más importantes fue el privilegio general que consagraba los derechos fundamentales a favor del gobernado oponibles a las arbitrariedades del poder público en lo concerniente a la libertad personal.

PROCESOS ESPECIALES

A)Manifestación de las personas Este contemplaba que si alguien había sido preso sin hallarse en flagrante delito o sin instancia de parte legítima o contra ley o fuero y si a los tres días de la prisión no se le comunicaba la demanda por más que pesase sobre él acusación o sentencia capital debía ser puesto en libertad por espacio de 24 hrs. B)Iuris firma En este el justicia mayor de Aragón podía avocarse al conocimiento de cualquier causa incoada o tramitada ante otro tribunal garantizando los efectos de la condena impuesta por éste de los que recurrían a su asistencia. C)Procesos de aprehensión y de inventario Eran medidas de aseguramiento en los juicios penales y civiles.

INGLATERRA

En la Carta Magna Inglesa de 1215 en su artículo 46 constituye el antecedente más relevante de los artículos 14 y 16 de nuestra Constitución en cuanto que lograron obtener del Rey Juan sin Tierra la garantía a la libertad, a la propiedad, a la igualdad yal debido proceso por sus pares.No es un antecedente del amparo pero si es de suma relevancia porque es elantecedente inmediato de nuestras garantías en materia penal (artículo 14 y 16Constitucional).

ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA

Se estableció el abeas corpus que consistía en un recurso de seguridad personal por virtud del cual se obligaba a las autoridades a dejar a una persona en libertad mientras no tenga las autoridades las pruebas en su poder que lo inculpen sin que analice en este recurso la constitucionalidad de dicha privación de la libertad.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS EN MÉXICO

ÉPOCA PREHISPÁNICA

No existen antecedente alguno.

REGÍMEN COLONIAL

En éste las compilaciones de mayor influencia fueron las Leyes de Indias de aplicación supletoria por virtud de las cuales para garantizar la aplicación de esas leyes se estableció el Consejo de Indias que además de administrar justicia, aconsejaba al reyen cuanto a las necesidades de la colonia. Se estableció un recurso de fuerza ocurrir al rey o virrey para que los protegiera de los atropellos cometidos tanto por autoridades como por particulares que tenían poder de hecho. El investigador Don Andrés Lira Montes refiere a ésta época como el amparo colonial por virtud del cual el virrey otorgaba protección a una persona frente autoridades inferiores o cualquier otra persona que estuviese en posición desventajosa debido a suposición social por lo que se procuraba por el principio de legalidad como elemento de seguridad para los bienes y derechos de los gobernados. Este es un mero antecedente pero de ninguna manera es el juicio de amparo.

MÉXICO INDEPENDIENTE

En esta época se rompe con la tradición jurídico española y comienza la adopción de ideas inspiradas en la Revolución Francesa y del sistema Norteamericano y provoca que en materia política constitucional se adoptará modelos y antecedentes extranjeros provocando la desorientación que impero en México Independiente como fueron los frecuentes cambios entre el centralismo y el federalismo desde la Constitución Federal de 1824 y la Constitución Centralista de 1836 y es hasta la Constitución de 1857cuando se establece el régimen federal en forma definitiva.

Dentro de la Península de Yucatán en su descontento por el régimen centralista enmarcado en la entonces vigente Constitución de 1836, comúnmente conocida como Las Siete Leyes de 1836 amenazó con su intención de separarse de la República mexicana. Con la consiguiente preocupación, se le otorgó la facultad de legislar su propio régimen jurídico, como si se tratase de un Estado federalista dando origen a la Constitución de Yucatán del 31 de marzo de 1841.

Esta constitución tuvo a bien recoger un proyecto en el artículo 53, elaborado por Manuel Crescencio Rejón, que expresaba textualmente: "Corresponde a este tribunal [la Corte Suprema de Justicia] reunido: 1º. Amparar en el goce de sus derechos a los que pidan su protección contra las providencias del Gobernador o Ejecutivo reunido, cuando en ellas se hubiese infringido el Código Fundamental o las leyes, limitándose en ambos casos a reparar el agravio en la parte que procediere".

Así se habló por primera vez en el derecho legislado, del amparo decretado por órganos jurisdiccionales para combatir agravios contra las garantías individuales, en el proyecto de Rejón y en la Constitución yucateca de 1841.

Tiempo después este juicio se plasmó con la colaboración de Mariano Otero en el congreso constituyente, sobre el artículo 25 del Acta de Reformas 1847, con lo que se estableció el juicio de Amparo a nivel Federal, para después plasmarse en la Constitución Federal de 1857 y 60 años más tarde en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, actualmente vigente en el país.

ANÁLISIS DE LAS CONSTITUCIONES

*Constitución de Apatzingan de 1814 Contenía un capítulo especial dedicado a las garantías individuales refiriéndolas como elementos insuperables por el poder público, él que siempre debería de respetarlos en su integridad pero a pesar de existir estas garantías no se creó ningún medio jurídico para hacerlas valer y respetarlas en contra de las violaciones a las mismas por las autoridades.*Constitución de 1824 Tuvo una vigencia de 12 años, su principal preocupación fue organizar políticamente a México y solamente podemos encontrar en preceptos aislados algunos derechos de los individuos frente al Estado y que se refieren a la materia penal sin establecer un medio jurídico para hacer valer esas garantías.*Constitución Centralista de 1836Esta establece el régimen central en lugar del federal introduciendo una institución que ejerce el control constitucional y lo denomina Supremo Poder Conservador él que estaba integrado por cinco personas y que tenía las facultades de anular las decisiones o resoluciones de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Este Supremo Poder Conservador era un órgano de carácter político, sus decisiones tenían efectos generales y las cinco personas que lo integraban eran nombradas por el Presidente de la República.

Este fue uno de los principales defensores de la división de poderes sosteniendo que el poder Judicial debía ser completamente independiente de los demás, esto como consecuencia de la influencia de Norteamérica y en su voto proponía que en México debía de existir un medio de control para mantener el régimen constitucional y que esta facultad fuere de la Suprema Corte la que determinaría la constitucionalidad de las leyes o actos de las autoridades pero tal recurso no fue consignado.*Proyecto de Constitución Yucateca de Diciembre de 1810En esta Constitución como uno de sus autores Don Manuel Crescencio Rejón a quien denominaremos como el Padre del Juicio de Amparo en su carta política plasma por primera vez en el mundo el medio controlador y conservador del régimenconstitucional y lo llamo Amparo, llegando a establecer su procedencia contracualquier ley o acto que fuere contrario a la Constitución y esto fue lo que sirvió de base para establecer los lineamientos en las Constituciones de 1857 y de 1917.Es importante señalar que en su Constitución le daba competencia a la Suprema Cortea través del juicio de amparo contra los actos del gobernador de las leyes elaboradas por la legislatura local y contra las resoluciones del Poder Judicial del Estado. El sistema propuesto por Rejón planteaba los siguientes puntos que se contenían en el artículo 53 de dicha Constitución:1.- Controlar la Constitucionalidad de los actos de la legislatura así como delgobernador.2.- Controlar los actos y la legalidad de los mismos provenientes del Ejecutivo.3.- Proteger las garantías contra los actos de cualquier autoridad incluyendo las judiciales.

TETRARQUIA DEL JUICIO DE AMPARO

PADRE DEL AMPARO MANUEL CRESCENCIO REJÓN

FEDERALIZADOR MANUEL OTERO

SALVADOR LEÓN GUZMÁN

PERFECCIONADOR IGNACIO LUIS VALLARTA

Actas de Reforma de 1847 En esta Acta de Reforma además de desconocer el régimen centralista como consecuencia de la integración de un nuevo Congreso Constituyente instaurado en 6de Diciembre de 1846 y en el que la figura más importante o sobresaliente en este Congreso es Don Mariano Otero quien punga por la federalización del juicio de amparo propuesto por Rejón y a demás establece la fórmula Otero en la cual se basa uno delos principios rectores del juicio de amparo que es el relatividad de las sentencias que se dictan en el amparo y por virtud de éste las sentencias sólo se van a ocupar de las partes que intervienen en el juicio de amparo y la resolución no va a tener efectos generales. Fórmula Otero.

Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparan de los individuos particulares o de las personas morales o privadas que lo hubiesen solicitado limitándose a ampararlos y protegerlos si procediese

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