ANALISIS DE LA LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL
Enviado por AOBREGONA • 8 de Noviembre de 2013 • 9.328 Palabras (38 Páginas) • 1.048 Visitas
ANALISIS DE LA LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL
MARCO CONSTITUCIONAL 1993
Constitución Política del Perú - Artículos 74º y 196º
Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Constituyen rentas de las municipalidades, entre otros, los tributos creados por ley a su favor, las contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme a ley y los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal.
MARCO LEGAL
Decreto Legislativo Nº 776
Los ingresos municipales se sustentan en:
• Los impuestos municipales
• Las contribuciones y tasas que determinen los Concejos Municipales mediante Ordenanzas
• Los impuestos nacionales creados a favor de las Municipalidades distribuidos mediante el Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN
• Participación de la recaudación de tributos a favor de las municipalidades.
• Otros ingresos que perciban las municipalidades
IMPUESTOS MUNICIPALES
• Administración Distrital
o Impuesto Predial
o Impuesto a los Juegos (pimball, bingo, rifas y similares)
o Impuesto de Alcabala
o Impuesto a los Espectáculos Públicos no deportivos
• Administración Provincial
o Impuesto al Patrimonio Vehicular
o Impuesto a las Apuestas
o Impuesto a los Juegos (loterías)
CONTRIBUCIONES Y TASAS MUNICIPALES
• Contribuciones Municipales
o Contribución Especial de Obras Públicas
• Tasas Municipales
o Tasas por servicios públicos o arbitrios.
o Tasas por servicios administrativos o derechos.
o Tasa por las licencias de apertura de establecimientos.
o Tasas por estacionamiento de vehículos.
o Tasa de Transporte Público.
o Otras tasas por la realización de actividades sujetas a fiscalización o control municipal extraordinario.
TRIBUTOS NACIONALES CREADOS A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES
• Impuesto de Promoción Municipal: 2% de las operaciones afectas al IGV.
• Impuesto al Rodaje: aplicable a las gasolinas, con tasa del 8% sobre el precio ex-planta en el caso de venta al país; o del valor CIF tratándose de la importación.
• Impuesto a las Embarcaciones de Recreo: 5% del valor de las embarcaciones.
PARTICIPACIÓN DE LA RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES.
• Participación en Renta de Aduanas: 2% de las rentas que recauden las Aduanas. Adicionalmente el Concejo Provincial del Santa percibe el 20% de los ingresos de la Aduana de Chimbote.
• Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas y Tragamonedas: tasa del 12% sobre los ingresos netos mensuales deducidos los gastos por mantenimiento. El 60% del rendimiento del Impuesto es destinado a los gobiernos locales.
OTROS INGRESOS QUE PERCIBAN LAS MUNICIPALIDADES
• El Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN. Se constituye con los siguientes recursos:
o El rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal
o El rendimiento del Impuesto al Rodaje
o El impuesto a las Embarcaciones de Recreo
• Recursos asignados por concepto de Canon: Canon Minero, Canon Pesquero, Canon Hidroenergético, Canon Gasífero, Canon Forestal, Canon y Sobrecanon Petrolero.
• Programa de Vaso de Leche
• Derecho de Vigencia Minera
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- Declárese de interés nacional la racionalización del sistema tributario municipal, a fin de simplificar la administración de los tributos que constituyan renta de los Gobiernos Locales y optimizar su recaudación.
Artículo 2°.- Cuando en el presente Decreto Legislativo se establezca plazos en días, se entenderán referidos a días calendario.
Cuando se haga referencia a artículos sin especificar a que norma legal pertenecen, se entenderán referidos al presente Decreto Legislativo.
Artículo 3°.- Las Municipalidades perciben ingresos tributarios por las siguientes fuentes:
a) Los impuestos municipales creados y regulados por las disposiciones del Título II.
b) Las contribuciones y tasas que determinen los Concejos Municipales, en el marco de los límites establecidos por el Título III.
c) Los impuestos nacionales creados en favor de las Municipalidades y recaudados por el
Gobierno Central, conforme a las normas establecidas en el Título IV.
d) Los contemplados en las normas que rigen el Fondo de Compensación Municipal.
Artículo
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