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ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS EN COSTA RICA


Enviado por   •  3 de Julio de 2014  •  470 Palabras (2 Páginas)  •  409 Visitas

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CLASIFICACIÓN DEL GRAVAMEN DEL IMPUESTO DE VENTAS SEGÚN SU ETAPA ECONÓMICA

La naturaleza económica de los productos y los servicios puede ser muy cambiaria. En muchas ocasiones, dependiendo del tipo de objeto pueden sufrir distintas transformaciones a lo largo de su vida comercial.

En muchas ocasiones, el impuesto de ventas podrá ser aplicado solamente a una de las distintas fases de su proceso económico, las cuales son comúnmente llamadas como monofásicos, o bien, cuando el gravamen es aplicado en más de una fase de dicho proceso se les cataloga como “plurifásico”. Los procesos plurifásicos poseen la distintiva cualidad que son divididos en dos clases: plurifásico acumulativo y no acumulativo.

i. Fase Monofásica

Este sistema posee dicha denominación a raíz de que el impuesto de ventas es aplicado una sola vez en todas sus etapas del proceso económico . De esta forma, el gravamen realizado en ese punto es excluyente de cualquier otra tributación sobre las ventas en fases previas o posteriores. Al poseer una única etapa, la carga del impuesto es uniforme, lo cual representa una gran ventaja tanto para la Administración Tributaria como para las mercancías, ya que se aplica un criterio de revisión fiscal igualitario para aquellas mercaderías que posean mismo valor y calidad.

El sistema de la imposición única consiste en gravar las ventas de forma que el tributo incida una sola vez en todas las etapas de que es objeto la negociación de la mercadería … De la circunstancia de que el impuesto alcance una sola vez a cada producto deriva dos ventajas fundamentalmente: una, sobre el plano interior de cada país, en el sentido de que productos de calidad y de valor idénticos soporten la misma carga impositiva, cualquiera sea el número de etapas, en la esfera industrial o comercial por las cuales deben pasar antes de llegar a manos del consumidor; otra, sobre el plano exterior, porque percibiendo el tributo una sola vez, sobre el valor de cada producto resulta relativamente sencillo gravar con el impuesto los artículos que se importen o eximir de los mismo las mercaderías que se exporten, evitando así engorrosas desigualdades en el intercambio comercial internacional. De las dos ventajas señalas derivan a su vez algunas accesorias, como por ejemplo el hecho de que no se otorgue estimulo a la concentración e integración de empresas y la circunstancia de que se disminuya el número de contribuyentes.

Otra gran ventaja que presenta la fase monofásica es que la Administración Tributaria decide en que etapa del proceso productivo puede gravar dicha venta. Desde un punto de vista lógico – jurídico, la etapa más apta para aplicar este gravamen debería ser en la etapa final (cuando el bien o el servicio ha sido vendido al consumidor final) ya que en dicha etapa el precio por dicho servicio

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