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ARTICULO 3, 31 Y 123


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2013  •  476 Palabras (2 Páginas)  •  178 Visitas

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ARTÍCULO 3º: Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado(federación, estados y municipios) impartirá educación preescolar, primaría ysecundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.La educación que imparta el estado tendrá a desarrollar armónicamente todaslas facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria yla conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en lajusticia.Dentro del artículo 3º se manifiesta la igualdad en todo ser humano derecibir una educación equitativa, sin ver las procedencias, género,ideales, religión, todos tenemos el mismo derecho de ser educados envalores y competencias para ser personas de íntegros principios socialesy personales. Así como que el gobierno es el responsable de impartir estaformación.ARTÍCULO 31º: Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelaspúblicas o privadas, para obtener la educación primaria y secundaria, y recibanla militar en los términos que establezca la ley.Asistir en los días y horas designadas por el ayuntamiento del lugar en queresidan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en elejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas yconocedores de la disciplina militar.Los padres de familia tendrán la obligación de mandar a sus hijos arecibir una educación básica obligatoria, que es la primaria y secundaria,así como de hacerlos cumplir con la formación militar correspondiente.

2. ARTÍCULO 123º: Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmenteútil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización socialpara el trabajo, conforme a la ley.El congreso de la unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedirleyes sobre el trabajo, las cuales se regirán: entre los obreros, jornaleros,empleados, domésticos. Artesanos, y de una manera general, todo contrato detrabajo: • Duración máxima de ocho horas • La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de los dieciséis, tendrán como jornada máxima la de seis horas. • Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar de operario de un día de descanso, cuando menos. • Las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán de forzosamente de un descanso de seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia, tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. • Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales.Aunque

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