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AUDIENCIA INCIDENTAL MODELO


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2014  •  853 Palabras (4 Páginas)  •  1.396 Visitas

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En la Ciudad de Reynosa, Estado de Tamaulipas, siendo las diez horas con treinta minutos del catorce de Octubre del año dos mil catorce, fecha señalada para la celebración de la audiencia incidental en el presente juicio de garantías, registrado bajo el número 22/2014, promovido por NORMA YAZMIN VELIZA ZAPATA; y la licenciada MARIA ANALI RAMIREZ MOYA, Juez Segundo de Distrito en el Estado, quien actúa con la licenciada ONEIDA CAMPOS CADENA, Secretaria que autoriza y da fe, encontrándose en audiencia pública, la declaró abierta con apoyo en los artículos 144 y 146 de la Ley de Amparo, con asistencia de la quejosa. Acto continuo, la Secretaria da lectura a la demanda inicial de garantías y procede a efectuar una relación de las constancias que obran en autos, mismas que a continuación se precisan: a).- Pruebas documentales acompañadas por la quejosa, con su demanda inicial de amparo con solicitud de suspensión del acto reclamado; b).- Informe previo del Juez de Primera Instancia del Sexto Distrito Judicial del Estado de Tamaulipas, con residencia de Miguel Alemán, Tamaulipas. No habiendo más constancias que relacionar, la Juez acuerda: Téngase por reiterado el proveído mediante el cual se tuvo a la autoridad responsable rindiendo su informe previo. A continuación se abre el periodo probatorio y dentro de la etapa de admisión o desechamiento, se provee: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 144 de la Ley de Amparo, se admiten las pruebas documentales, la presuncional legal y humana, ofrecidas por la quejosa y la autoridad responsable, como quedó precisado en líneas que anteceden. No habiendo más pruebas pendientes de proveer se cierra esta etapa y se abre la de desahogo, dentro de la cual, con base en los preceptos legales últimamente invocados, se tienen por desahogadas, en razón de su propia naturaleza, las indicadas documentales, instrumental de actuaciones y presuncional legal y humana, ofrecidas por la quejosa y la autoridad responsable. No habiendo mas pruebas pendientes de proveer, ni desahogar; se cierra el periodo probatorio y se abre el de alegatos, en el que se tienen por reproducidos los hechos a valer por la quejosa; y, no teniendo más alegatos que reproducir se cierra dicho periodo. Con lo anterior se dan por concluidas estas dos etapas de la presente audiencia, levantándose esta acta para constancia legal, que firman los que en ella intervinieron; por lo que la C. Juez de Distrito procede a dictar la Sentencia Incidental que corresponda, de la siguiente manera:

CONSIDERANDO:

PRIMERO.- Que en el caso que nos ocupa la quejosa hace consistir el acto reclamado en síntesis en la orden de aprehensión girada por la Juez de Primera Instancia del Sexto Distrito Judicial del Estado; y su ejecución, por el delito de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS previsto y sancionado por los artículos 251-II y 252-VII del Código Penal del Estado de Tamaulipas. Que

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