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Aactividad judicial y funcion jurisdiccional


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  Trabajos  •  1.462 Palabras (6 Páginas)  •  931 Visitas

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ACTIVIDAD JUDICIAL Y FUNCION JURISDICCIONAL

Sabemos que el estado es un todo social que se encuentra organizado jurídicamente en un país determinado, y que divide sus facultades entre diferentes órganos que lo representan en cada esfera de sus atribuciones; así vemos que hay órganos del Estado que tienen otorgada entre sus atribuciones la actividad jurisdiccional desde el punto de vista material, aunque desde el punto de vista formal pertenezcan a un poder legislativo , ejecutivo o judicial; por ejemplo, aquellos conflictos obrero-patronales que se tramitan ante órganos del estado que pertenecen al poder ejecutivo, como son las juntas de conciliación y arbitraje, que conocen de los litigios suscitados entre los actores de la producción mientras que los conflictos de destitución de funcionarios públicos que son otra clase de litigios, se fincan ante el poder legislativo.

La función jurisdiccional

La ejercen los jueces de los órganos jurisdiccionales, quienes son profesionales del derecho y ostentan un título universitario, los cuales, merced a su designación por el estado, ejercen la delicada función de resolver las Litis planteada por los particulares.

Tercero imparcial instituido por el Estado para deducir jurisdiccionalmente y por consiguiente, debe resolver con imperatividad un litigio entre partes.

JUEZ. Proviene del latín iudex, que significa, el que indica o dice el derecho.

Actualmente la palabra juez se designa al titular de un órgano jurisdiccional universal, y al órgano en si se denomina juzgado.

CLASES:

a. Unipersonales o monocráticos, a los cuales se les denomina juzgados y cuyo titular es un Juez.

b. Pluripersonales o colegiados los que reciben regularmente el nombre de tribunales. Y cuyos integrantes son varios magistrados, cuando menos 3.

Los magistrados que integran los tribunales, así como los jueces que tienen a su cargo los juzgados, normalmente desempeñan sus puestos de manera permanente o, al menos, durante un periodo determinado, que incluye varios años; y cuentan con una preparación especializada en el derecho son magistrados y jueces profesionales.

EL ORGANO JUDICIAL Y EL JUEZ.

Los órganos unipersonales, también llamados unitarios, son los que se integran un solo juzgador. Los colegiados, con más de dos juzgadores. Se contemplan ventajas y desventajas de uno y de otros.

a) Ventajas del unitario.- entre ellas tenemos:

1.- Mayor responsabilidad del juzgador, puesto que no la comparte con otros.

2.- Mayor rendimiento en su trabajo, toda vez que el titular decide solo, sin perder tiempo en deliberaciones con el resto de los integrantes del órgano.

b) Desventajas del unitario.- Entre ellas se señalan:

1. Mayor facilidad para la corrupción. Se dice que es más fácil cohechar a uno que a varios.

c) Ventajas del colegiado.- Se indican las siguientes:

Contraste de opiniones, suma de condiciones, experiencias y deliberaciones en los integrantes del órgano.

ORGANOS UNIPERSONALES Y COLEGIADOS

PRINCIPALES SISTEMAS PARA LA SELECCIÓN DE MAGISTRADOS.

- REQUISITOS E INHABILIDADES

De la siguiente manera se explicara el proceso que se tiene que tener en cuenta la división del poder judicial, la cual se ejerce según el artículo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial a nivel federal de la siguiente manera:

I. LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION;

II.- EL TRIBUNAL ELECTORAL;

III. LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO;

IV. LOS TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO;

V. LOS JUZGADOS DE DISTRITO;

VI. EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL;

VII. EL JURADO FEDERAL DE CIUDADANOS, Y

VII. LOS TRIBUNALES DE LOS ESTADOS Y EL DISTRITO FEDERAL EN LOS CASOS PREVISTOS POR EL ARTICULO 107, FRACCION XII, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EN LOS DEMAS EN QUE, POR DISPOSICION DE LA LEY DEBAN ACTUAR EN AUXILIO DE LA JUSTICIA FEDERAL

Los nombramientos de Magistrados y Jueces serán por seis años, cancelando la inamovilidad constitucional de que gozaban cuando se les designaba para un segundo periodo, toda vez que se remite a la legislación ordinaria, para que se revoque su nombramiento pero solo por el periodo de la designación.

Para la selección de jueces y magistrados por primera ocasión el artículo 119 de la misma Ley orgánica del poder judicial hace mención que en aquellos casos en que sea la selección para la primera adscripción de magistrados de circuito o jueces de distrito donde haya varias plazas vacantes, el Consejo de la Judicatura tomara en consideración de conformidad con el acuerdo respectivo;

I. La calificación obtenida en el concurso de oposición;

II. Los cursos que haya realizado en el Instituto de la Judicatura;

III. La antigüedad en el Poder Judicial de la Federación o la experiencia profesional;

IV. En su caso, el desempeño en el Poder Judicial de la Federación, y

V. El grado académico que comprende el nivel de estudios con que cuente el servidor público así como los diversos cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente.

GARANTIAS DEL JUZGADOR

-INDEPENDENCIA

Apoyada en el principio de división de poderes y la cual debe permitir a los juzgadores emitir sus decisiones conformes a su propia certeza de los hechos y de acuerdo el derecho que estimen aplicable,

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