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Abandono De Menores Ene Bolivia


Enviado por   •  22 de Agosto de 2012  •  3.861 Palabras (16 Páginas)  •  2.068 Visitas

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ABANDONO DE MENORES

ART.278

CAPÍTULO I

CONCEPTOS Y DEFINICIONES GENERALES

1.1 EL ABANDONO

1.2 PERSONAS MENORES DE EDAD

CAPÍTULO II

SOBRE EL DELITO DE ABANDONO DE MENORES

2.1 ¿QUÉ ES EL ABANDONO DE MENORES?

2.2. EL ABANDONO DE NIÑOS EN LA LEY

2.2.1.1 EN EL CÓDIGO PENAL BOLIVIANO

2.2.1.2 LEGISLIACIÓN COMPARADA

2.3 FACTORES QUE INTERVIENEN EN EL ABANDONO DE MENORES

2.3.1 EL FACTOR SOCIAL Y PSICOLÓGICO

2.3.2 EL FACTOR EDUCATIVO

2.3.3 EL FACTOR ECONÓMICO

2.4 DESCRIPCIÓN DEL DELITO

2.5 CONSECUENCIAS

2.5.1 PARA LA SALUD FÍSICA

2.5.2 PSICOLÓGICAS

2.5.3 EN EL COMPORTAMIENTO

2.5.4 PARA LA SOCIEDAD

CAPÍTULO III

DISPOSICIONES FINALES

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

BIBLIOGRAFÍA

RESUMEN

En el presente trabajo de investigación daremos a conocer un desglose del Delito de ABANDONO DE MENORES ART.278 de nuestro Código Penal, ya que es necesario para nuestra sociedad comprender y analizar este acto tipificado por ley como delito.

Analizaremos los conceptos y definiciones establecidos sobre abandono y sobre las personas consideradas menores de edad; las causas o factores sociológicos y psicológicos que intervienen en la comisión de este delito y las consecuencias que este conlleva para nuestra sociedad.

Es muy importante el estudio de este tema, ya que debemos tener presente que es un problema dentro del núcleo de la sociedad, que es la familia; este delito puede darse por causas muy diversas, pero en su mayoría debemos destacar que intervienen factores sociológicos preponderantes como la crisis económica dentro de la triste realidad boliviana y factores psicológicos como problemas de personalidad e inestabilidad emocional de los padres de familia, que dada su condición económica de no poder satisfacer las necesidades vitales de sus hijos como vestimenta, educación y salud ante la desesperación e impotencia de no poder hacer nada deciden abandonar a sus hijos quienes se encuentran a su merced.

Estamos de acuerdo también que existen otros factores y en muchos casos se debe a la irresponsabilidad de quienes están obligados a cumplir con la asistencia familiar tal como lo señala el Código de Familia y estas personas no lo realizan.

Es necesario el estudio de ésta problemática social, para crear formas de prevención con capacitación, planificación y educación familiar; también es necesario crear una ayuda psicológica y emocional para los menores de edad quienes son víctimas de este delito.

Introducción

Es común encontrar en las puertas de hospitales, iglesias y albergues infantiles a bebes envueltos y abrigados, completamente solos, donde la madre nunca aparece; también resulta común los reportes de niños abandonados, que se encontraban llorando desesperadamente por las calles, en situaciones de peligro.

El Abandono de Menores, constituye un delito y una vulneración a lo establecido por la Constitución Política del Estado en sus Art. 59 y 60 que nos señala: “toda niña, niño y adolescente tiene derecho a vivir y crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva. Es deber del Estado, la sociedad y la familia, garantizar la prioridad de sus derechos, la primacía de recibir protección y socorro en cualquier circunstancia…”

Toda niña, niño y adolescente, tiene derecho a crecer y vivir en el seno familiar, ser socorrido por el Estado y su familia cuando fuere necesario; el abandono de estos menores de edad conlleva una sanción penal, puesto que se deja al niño vulnerable de sufrir lesiones o muerte.

Se habla de niños que comienzan con los primeros años de su vida, se debe concientizar a la población sobre la responsabilidad familiar y educación sexual reproductiva, para que en el futuro no se registren este tipo de actos que lastiman y destruyen al núcleo fundamental de nuestra sociedad que es la familia.

MARCO TEÓRICO

1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO. - Art.59 I. Toda Niña, niño y adolescente tiene derecho a su desarrollo integral. II. Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a vivir y crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva. IV. Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a la identidad y la filiación respecto a sus progenitores. Art. 60. Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado.

2. CÓDIGO DE FAMILIA. - Art. 14 (Extensión de la Asistencia) La asistencia familiar comprende todo lo indispensable para el sustento, la habilitación, el vestido y la atención médica. Si el beneficiario es menor de edad esta asistencia también comprende los gastos de educación y los necesarios para que adquiera una profesión u oficio. Art. 174 (Derechos Fundamentales de los Hijos) Los hijos tienen los derechos fundamentales siguientes: a ser mantenidos y educados por sus padres durante su minoridad.

3. CÓDIGO PENAL. - Art. 278 (Abandono de Niñas o Niños) Quien abandonare a una niña o niño, será sancionado con reclusión de tres a seis años. Si del abandono resultare lesión corporal grave o muerte, la pena privativa de libertad será agravada en una mitad, o la aplicación de pena de presidio de quince a veinte años.

4. VILLAMOR LUCIA FERNANDO.- Habida cuenta de que el abandono importa un peligro para el menor, ante el silencio de la ley, si

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