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Acceso A La Informacion Publica


Enviado por   •  13 de Marzo de 2014  •  938 Palabras (4 Páginas)  •  236 Visitas

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ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA

El antecedente más remoto del Derecho de Acceso a la Información Pública lo encontramos en Suecia a través de una regulación que permitía acceder a los documentos del gobierno, establecida ya en 1766. Dos siglos más tarde se expediría en los Estados Unidos de Norteamérica la Ley de Libertad de Información (Freedom of Information Act o FOIA) como resultado, en gran parte, de las presiones de grupos pacifistas y activistas de los derechos civiles (derechos humanos) en su lucha por una efectiva democracia y en contra de los secretos de estado. Actualmente y desde los últimos veinte años, cerca de 53 países en el mundo tienen leyes sobre acceso o libertad de información y treinta más están en proceso de promulgarlas.

El derecho de acceso a la información pública forma parte del grupo de Derechos Humanos a la Información y Comunicación. Como tal, se encuentra reconocido tanto en la Constitución Política del Ecuador cuanto en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos reconocidos por el país.

A nivel constitucional, este derecho consta en el artículo 81 y se expresa a través de tres enunciados:

a) La garantía que el Estado establece para el libre acceso a fuentes de información (inciso primero).

b) El derecho a buscar, recibir, conocer y difundir información objetiva, veraz, plural, oportuna y sin censura previa, de los acontecimientos de interés general, que preserve los valores de la comunidad (inciso primero). En este enunciado son particularmente aplicables las tres primeras facultades, es decir, buscar, recibir y conocer información de interés general. Si bien esta norma está dirigida especialmente a periodistas y comunicadores sociales, su alcance beneficia a toda persona, sin discriminaciones.

c) La garantía específica del acceso a los archivos públicos, la que está complementada por la prohibición expresa de que exista reserva respecto de informaciones que reposen en estos, salvo por razones de defensa nacional y por otras causas expresamente establecidas por la ley (inciso tercero).

Es importante mencionar también la existencia de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión (DPLDE), desarrollada a partir de una interpretación de los alcances del Art. 13 de la CADH, por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Así, resulta interesante examinar lo que trae el Principio No. 4 de la mencionada Declaración, de la CIDH que precisa: “El acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos. Los Estados están obligados a garantizar el ejercicio de este derecho. Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar establecidas previamente por la ley para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional en sociedades democráticas.”

El derecho de acceso es uno de esos elementos sustanciales de

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