Actividad de aprendizaje. Las funciones de la interpretación constitucional
masumiTesis9 de Octubre de 2014
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ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE Nº 6
Lea las páginas 42, 242 a 253 del texto base y
• Enumere las razones por las que se debe interpretar la constitución política de un país.
• Elabore un cuadro comparativo de las funciones de la interpretación constitucional
• Determine las semejanzas y las diferencias de la interpretación tradicional y la interpretación como concretización
• ¿En qué consiste las perspectivas de la interpretación de la Constitución y la interpretación desde la constitución?
• Describa la esencia de la interpretación de los Derechos Humanos
• Elabore, un cuadro sinóptico de los principios que guían la interpretación de los Derechos Humanos
Las razones por las que debe de interpretarse la constitución política hoy en día no solo es por necesidad, sino por una condición sine qua non para el funcionamiento del estado constitucional. En consecuencia desde un punto de vista técnico, a la interpretación solo debe recurrirse cuando las normas presenten dudas razonables que no permitan dar respuestas concluyentes a las cuestiones constitucionales. El recurrir a la interpretación de las normas cuando ellas muestran suficiente claridad y precisión esto constituye a su desprestigio, explicable quizás en términos políticos pero no jurídicos.
Las funciones de la interpretación constitucional:
A continuación las veremos por 02 autores de gran significación:
JERSY WROBLESKI: considera las siguientes funciones.
FUNCION DE ORIENTACION: Ofrece información acerca del pensamiento del legislador, para que de acuerdo a reglas constitucionales actúe el órgano encargado de la interpretación.
FUNCION DE APLICACION: Las normas descritas en la constitución sirven de base para la toma de una decisión. Tarea asignada a diferentes órganos del Estado.
FUNCION DE CONTROL: Por intermedio de esta función la interpretación busca que las normas dictadas por los órganos constituidos tengan siempre como marco a la constitución y que la actuación de las personas que ocupan alto cargo de gobierno se ajuste, igualmente, a lo que la constitución prescribe.
Sin embargo ellas, pueden resumirse a una, que es su razón de ser la de permitir la concretización de las normas constitucionales a ala realidad jurídica y política, en cuanto sea posible para lo cual el interprete constitucional deberá contar con instrumentos técnicos y oportunos que le permita cumplir con su finalidad, evitando, de esta manera, el fácil recurso de reformar la constitución cuando su necesidad no este justificada.
La interpretación tradicional, se ha considerado que esta puede realizarse siguiendo pautas o reglas, que aseguren una respuesta correcta ante la duda de la aplicación de una norma constitucional; mientras que en la interpretación como concretización, establece que toda constitución dentro de su texto de manera explicita o implícita, determina un proyecto político que es el que en esencia explica la forma de concebir a la sociedad y el estado.
Interpretación de la constitución trata de realizar una labor hermenéutica, su finalidad es encontrar un sentido en la norma contenida en la constitución. Para esta interpretación se han esbozados algunos principios, considerando a CONRAD HENSE, propone los siguientes principios:
1.- Principio de unidad de la constitución.
2.- Principio de concordancia practica de los bienes jurídicos.
3.- Principio de corrección funcional.
4.- Principio de eficacia integradora.
5.- Principio de eficacia o efectividad.
Interpretación desde la constitución:
Entendiéndose como norma suprema la constitución del estado, la elaboración de normas infra constitucionales deben tomar en cuenta sus disposiciones como barreras infranqueable e insuperables,
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