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Administración De Servicios De Alimentación Colectiva


Enviado por   •  24 de Mayo de 2015  •  939 Palabras (4 Páginas)  •  185 Visitas

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En el año de 1969 se estableció en el capítulo Sexto de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios y de los Organismos Coordinados y Descentralizados, dentro del régimen de seguridad social, la creación de Guarderías y Estancias Infantiles, así como de Centros Vacacionales y Campos Deportivos o Recreativos, que coadyuvaran a mejorar las condiciones económicas, sociales y culturales de los servidores públicos del Gobierno del Estado de México.

Más tarde, el 18 de septiembre de 1972, se fundó la Estancia de Bienestar Infantil "Margarita Maza de Juárez", cuyo objetivo principal era proporcionar a los hijos de servidores públicos, en edad lactante-maternal, atención, cuidado y cariño, así como estimulación temprana que contribuyera a mejorar su bienestar y su educación. Esta Estancia atendía a 250 niños y ofrecía los servicios de odontología, pediatría, pedagogía, psicología y nutrición, y contaba con un personal de 30 servidores públicos.

Para el año de 1983, con la reforma a la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México, de sus Municipios y de los Organismos Coordinados y Descentralizados se mantenía, en el artículo 39, fracción II, la creación de Guarderías y Estancias Infantiles, Centros Vacacionales y Campos Deportivos o Recreativos, como parte de las prestaciones y promociones especiales que el Instituto pretendía otorgar a las personas físicas sujetas a ésta Ley. Posteriormente, el 11 de septiembre de 1991 se inauguró la Estancia para el Desarrollo Infantil "Profra. Rosa Ma. Sánchez Mendoza", con capacidad para atender a 250 niños, de tres meses a cinco años y siete meses de edad, con el propósito de brindar atención, protección y cuidado a los hijos de madres trabajadoras en edad lactante, maternal y preescolar y al mismo tiempo elevar el bienestar integral, el nivel educativo y el adecuado desarrollo de los infantes. En este mismo año se propuso ofrecer servicios orientados a garantizar un mejor desarrollo físico y mental de los infantes, proporcionando los servicios de pediatría, psicología, nutrición, odontología, pedagogía (estimulación temprana, educación musical y educación física), banco de leche y trabajo social.

El 20 de octubre de 1994, entró en vigor la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado y Municipios, la cual en el Título Cuarto de las Prestaciones Sociales y Culturales, establecía que el Instituto, de conformidad con su disponibilidad presupuestal y con la capacidad de sus instalaciones, proporcionaría a los derechohabientes las prestaciones de: Estancia para el

Desarrollo Infantil, Centros Sociales y Asistenciales para Pensionados, Centros Vacacionales y Centros Comerciales.

Esta Ley refirió, por primera vez, que para el sostenimiento y operación de las Estancias para el Desarrollo Infantil, los servidores públicos que hacen uso del servicio, así como las Instituciones Públicas en las que laboran, sufragarían un porcentaje del costo unitario del mismo, el cual sería determinado anualmente por el H. Consejo Directivo del Instituto.

Más adelante, entró en vigor la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, el I de julio de 2002, misma que continuó considerando las prestaciones sociales y culturales, como lo enunciaba la Ley del ISSEMYM

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