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Agotamiento De La Via Administrativa Guatemala


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2013  •  1.254 Palabras (6 Páginas)  •  1.042 Visitas

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RECURSOS ADMINISTRATIVOS

LOS RECURSOS EN LA ADMINISTRACION PÚBLICA CENTRALIZADA

En la estructura administrativa más importante, e inicia por la jerarquía superior el Presidente de la República finalizando con la menor jerarquía que es el organismo ejecutivo, el gobierno como sistema guatemalteco órganos de mandato legal delegan competencia deciden, ejecutan y emiten resoluciones que pueden perjudicar a los administrados, por lo que surge la impugnación, que es el mecanismo de defensa de las resoluciones arbitrios y abusivas de la administración.

RECURSO DE REVOCATORIA O DE ALZADA

Se plantea contra lo resuelto por un órgano subordinado y el superior jerárquico del órgano administrativo.

Se trata de los recursos administrativos que se pueden plantear contra los directores generales y subordinados de los Ministros de Estados.

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 7 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, no es la única ley para todas las instituciones centralizadas, con excepción, Código de Trabajo y la Ley del Servicio Civil.

PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVOCATORIA

• Contra resoluciones Emitidas por órganos Subordinados de la administración Centralizada guatemalteca y órganos descentralizada guatemalteca y órganos descentralizados que en sus reglamentos no tienen medios de impugnación.

INTERPOSICION

• Por escrito

• Ante el mismo órgano administrativo que emitió la resolución que afecta al administrado

• El expediente es elevado al superior

PROCEDIMIENTO

Secuencia que debe de llevar este recurso:

• LEGITIMACION PARA PLANTEAR EL RECURSO

La persona afectada por en sus derechos y terceros interesados que se vean afectados con la resolución emitida por el órgano administrativo.

• PLAZO PARA PLANTEARLO

A los cinco días siguientes a la notificación de la resolución

REQUISITOS DEL MEMORIAL

• Autoridad a quien se dirige

• Nombre del recurrente y lugar que señala para recibir notificaciones

• Identificación precisa de la resolución y fecha de notificación

• Exposición de los motivos por los cuales se recurre

• Sentido de la resolución que debe emitirse en sustitución de la impugnada

• Lugar, fecha y firma del recurrente o representante legal. Art. 11 Ley de lo Contencioso Administrativo.

PRESENTACION DEL RECURSO ANTE EL ORGANO COMPETENTE

Ante órgano que dicto la resolución administrativa

PROCEDIMIENTO EN ELORGANO IMPUGNADO

La autoridad que emitió la resolución impugnada deberá elevar el expediente al órgano superior jerárquico de la entidad con informe circunstanciado.

ORGANO QUE RESUELVE EL RECURSO

Estando el expediente al órgano superior jerárquico se procede con el trámite del recurso, empiezan a correr los plazos para procedimiento y resolución.

LAS AUDIENCIAS

• A todas las personas que hayan manifestado su interés en el expediente administrativo y hayan señalado lugar para recibir notificaciones

• Al órgano asesor que corresponda

• A la Procuraduría General de la Nación

• El plazo de la audiencia es de cinco días comunes para todos en el orden establecido, el plazo es perentorio art. 12 Ley de lo Contencioso Administrativo.

DILIGENCIAS PARA MEJOR RESOLVER

El órgano superior tiene la facultad para ordenar antes de resolver diligencias que estime conveniente para mejor resolver, el plazo será de diez días.

RESOLUCION AL RECURSO

Resuelto dentro de los quince días hábiles finalizado el trámite del recurso, o bien estado de resolver: hay dos supuestos para que empiecen a correr el plazo de quince días:

• El órgano superior no decreta diligencias para mejor resolver, el plazo inicia desde el momento de la Procuraduría general de la Nación emite su dictamen

• Si se decreta diligencias para mejor resolver, plazo inicia transcurrido los diez días, al día siguiente de vencido el plazo.

CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCION

• Es reconsiderada la medida al ser revocad la resolución

• Si la resolución es confirmada, resolución es favorable para el particular.

• Opciones del particular en este caso: a) cumplir con lo resuelto, b) acudir a la vida judicial.

CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE RESOLUCION AL RECURSO

O también llamado silencio administrativo:

• Esperar que el órgano resuelva

• Amparo contra el silencio administrativo

• Proceso de lo contencioso administrativo, el particular deberá de esperar otros quince días más. Art. 16 ley de lo Contencioso Administrativo.

AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA

Resoluciones originarias de los superiores jerárquicos se esta agotando la vía administrativa.

RECURSO DE REPOSICION

Se plantea contra lo resuelto por un órgano superior jerárquico

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