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Alegatos Ejecutivo Mercantil


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2014  •  1.551 Palabras (7 Páginas)  •  291 Visitas

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MARIA GUADALUPE DEL VALLE LOPEZ

VS.

JOSE RENE GRACIANO LOPEZ Y OTRO

J U I C I O: EJECUTIVO MERCANTIL;

E X P E D I E N T E NUMERO: 9 5 2/0 3

S E C R E T A R Í A : SEGUNDA .

C. JUEZ TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO, CON

RESIDENCIA EN AMECAMECA, ESTADO DE MÉXICO.

P R E S E N T E.

LIC. VICENTE D. GONZALEZ FAUSTINOS, endosatario en procuración de el documento suscrito a favor de la C. MARIA GUADALUPE DEL VALLE LOPEZ, personalidad que tengo debidamente reconocida en los autos del juicio listado al rubro, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente ocurso, habiéndose concedido por auto de fecha nueve de marzo del año dos mil cuatro, los dos días a que se refiere el articulo 1406 del Código de Comercio, a efecto de presentar alegatos, por el presente vengo a formular los que a la parte actora corresponden, para que sean tomados en consideración en el momento oportuno, al dictar la resolución que en derecho proceda en el juicio que nos ocupa.

A L E G A T O S

I.- Por el escrito presentado en la oficialia de partes, en fecha veintisiete de Noviembre del año de dos mil tres, la parte actora ejercitó Acción en Vía Ejecutiva Mercantil, en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa; solicitando dentro DEL CAPITULO DE PRESTACIONES entre otras pretensiones, A).- El pago de la cantidad del Título Ejecutivo, base de nuestra acción, , por la cantidad de $100,000.00 ( CIEN MIL PESOS 00/100 M.N ), por concepto de suerte principal en el presente Juicio; B).- El pago de los intereses pactados convencionalmente por las partes, a razón del 10 % mensual, vencidos y los que se sigan venciendo hasta la total solución del presente juicio.; Demanda que fue admitida en vía y forma propuesta por cuanto a las prestaciones reclamadas, por autos de fecha veintiocho de noviembre y tres de diciembre del año dos mil tres.

II.- Admitida que fue la demanda, se dicto auto con efectos de mandamiento en forma en términos del articulo 1392 del Código de Comercio, por lo que dado el domicilio del demandado se giro atento exhorto al C. Juez competente en la ciudad de Cholula, Puebla, mismo que previa su legalización a través de la secretaria de exhortos del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, fue remitido al juzgado en turno, Segundo de lo Civil de San pedro Cholula, Puebla, Exhorto Numero 06/04, por lo que admitido para su diligenciacion, en diligencia de fecha catorce de enero del año dos mil cuatro, se dio cumplimiento a los autos dictados por el juez exhortante y juez exhortado, respectivamente, auto de fecha veintiocho de noviembre y tres de diciembre del año dos mil tres y, Nueve de Enero del dos mil cuatro, entendiéndose la diligencia personalmente con el demandado el cual señala para efectos de garantizar las prestaciones reclamadas el bien que se describe en la citada diligencia, por lo que previos los apercibimientos se dio por terminada para ser devuelto el exhorto

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