Alternativas De Financiamiento En Las Empresas
andrea21894 de Septiembre de 2011
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El arrendamiento financiero es un contrato mediante el cual la arrendadora se compromete a otorgar el uso o goce temporal de un bien al arrendatario, ya sea persona física o moral, obligándose este último a pagar una renta periódica que cubra el valor original del bien, más la carga financiera, y los gastos adicionales que contemple el contrato.
Tiene una duración minima de 2 años en bienes muebles y 10 años para inmuebles y se deberá otorgar una escritura publica cuando dure mas de 6 años.
El contrato de arrendamiento financiero permite adquirir bienes, por lo general activos fijos.
Este contrato se encuentra regulado por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, por considerar que se trata de operaciones financieras.
Al vencimiento del contrato, el arrendador podra adoptar por alguna de las siguientes opciones:
a) La compra del bien a un precio inferior a su valor de adquisición, que quedará fijado en el contrato.
b) A prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta inferior a los pagos periódicos que venía realizando, conforme a las bases que se establezcan en el contrato, o
c) A participar con la arrendadora financiera en el precio de venta del bien a un tercero.
Esta Ley, además prevé la posibilidad de que el bien sea entregado directamente al arrendatario por el proveedor; fabricante o constructor; asimismo, establece las obligaciones y responsabilidades de las partes (arrendador y arrendatario) y señala diversos aspectos de control.
El arrendamiento financiero es un contrato bilateral, oneroso, conmutativo, principal, de tracto sucesivo o de ejecución duradera, y que tiene parcialmente el carácter de "intuitu personae" por lo que se refiere al arrendatario. Además es consensual cuando cae sobre bienes muebles.
El factoraje o factoring es la adquisición de créditos provenientes de ventas de bienes muebles, de prestación de servicios o de realización de obras, otorgando anticipos sobre tales créditos, asumiendo o no sus riesgos.1 Por medio del contrato de factoraje un comerciante o fabricante cede una factura u otro documento de crédito a una empresa de factoraje a cambio de un anticipo financiero total o parcial. La empresa de factoraje deduce del importe del crédito comprado la comisión o interés y otros gastos.
El factoraje es un producto financiero que los bancos, cajas de ahorro o compañías especializadas ofrecen a las empresas. Además del anticipo financiero, la compañía de factoraje puede:
Asumir el riesgo crediticio
Asumir el riesgo de cambio, si la factura es en moneda extranjera
Realizar la gestión de cobranza
Realizar el cobro efectivo del crédito y asesorar a su propia compañía aseguradora.
Asesorar al cliente sobre la salud financiera de los deudores ( morosos ).
El apalancamiento financiero es el efecto que se produce en la rentabilidad de la
empresa como consecuencia del empleo de deuda en su estructura de financiación.
Conviene precisar qué se entiende por rentabilidad, para poder entender si ese efecto es
positivo o negativo, y en qué circunstancias. Como es sabido, rentabilidad no es
sinónimo de resultado contable (beneficio o pérdida), sino de resultado en relación con
la inversión. Esta inversión puede definirse de muchas maneras, pero las más usadas son
el AN y los Recursos Propios, obteniéndose los bien conocidos ratios del ROI y del
ROE, respectivamente.
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