Alternativas De Valores
migueljahn24 de Junio de 2015
4.190 Palabras (17 Páginas)326 Visitas
Alternativas de financiación - Pymes y Bolsa
Llegado un punto muchas pequeñas y medianas empresas (PYMES) se enfrentan a la siguiente disyuntiva: ¿cómo poder acceder a una financiación indispensable para, por fin, poder dar ese salto que les permita su internacionalización o, simplemente, esa expansión a nivel nacional tan necesaria para el desarrollo de su negocio?; ¿cómo, siendo una empresa de reducida capitalización, poder acceder a inversores que estén dispuestos a financiar ese crecimiento?
Haz un comentario
La financiación bancaria es, sin duda, una de las opciones, aunque no siempre se traduzca en una alternativa real, ya sea por las condiciones de acceso a la misma o, simplemente, por la negativa de las entidades financieras a correr con el riesgo que supondría unirse al plan de expansión propuesto por la PYME que solicite dicha financiación.
Otra alternativa, cada día más conocida por el mercado, es el acceso al capital riesgo; la búsqueda de una Entidad de Capital-Riesgo (ECR) que esté dispuesta a hacer una apuesta que bancos y cajas no siempre estarían dispuestos a efectuar. No obstante, no es el objeto de este artículo analizar las ventajas y aportaciones que la entrada de una entidad de capital riesgo pueden suponer para una PYME.
Una tercera vía pasaría por los mercados bursátiles. No obstante, la primera reacción de alguien a quien se le plantease esta opción quizás sería la de responder que a una PYME le resultaría muy difícil, sino imposible, poder cumplir con los requisitos establecidos para aquellas empresas que quieran cotizar en Bolsa y que, aún suponiendo que pudiesen hacerlo, ¿qué atractivo podrían ofrecer a los tradicionales inversores en Bolsa frente a las grandes compañías que cotizan en el parqué?
Si bien esta sería una reacción perfectamente lógica, hemos de afirmar, sin embargo, que sí que existen posibilidades para que una PYME pueda acceder a mercados en los que no les resulte tan difícil cumplir con las normas de acceso a los mismos y en los que existe una pléyade de inversores interesados en este tipo de compañías, inversores a su vez debidamente informados acerca de los mercados y empresas del tipo como la que pudiese pretender acceder a ellos.
En este artículo vamos a analizar 3 de esos mercados a los que podrían acudir las PYMES que estuviesen interesadas en obtener la financiación necesaria que les permita crecer y expandirse:
- El Mercado Alternativo Bursátil (MAB) español.
- El Alternative Investment Market –AIM– (London Stock Exchange).
- El mercado ALTERNEXT de París (Euronext).
No debemos olvidar que en España existen más de 5.000 empresas que podrían estar interesadas en cotizar en un mercado adaptado a sus necesidades, en el que los inversores estén dispuestos a financiar su crecimiento y expansión. Y tampoco debemos olvidar que estamos hablando de un sector (las PYMES españolas) que representa el 65% del PIB español y emplea al 79% de su fuerza laboral.
El mercado alternativo bursátil (mab)
¿Qué es el MAB?
Se trata de un sistema organizado de negociación, promovido por Bolsas y Mercados Españoles (BME) y supervisado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y dirigido a aquellas empresas que, no disponiendo de una elevada capitalización, quieran expandirse y desarrollarse. Se dirige, primordialmente, a valores de la Unión Europea e Iberoamérica, y tanto a inversores institucionales como particulares.
Teniendo en cuenta las especiales características de las empresas a las que va dirigido, se le ha dotado de una regulación específica, más flexible y menos exigente, que la aplicable al mercado tradicional (sin que ello implique una menor transparencia cara a los inversores), y que conlleva unos menores costes que los asociados a éste. Así, se permite una mayor autorregulación, en contraste con las cada vez más exigentes normas aplicables a los mercados tradicionales.
Su compensación y liquidación y registro se llevará a cabo a través de IBERCLEAR y de las SCL locales.
Razones para su puesta en marcha
Con su puesta en marcha se pretende ofrecer a las empresas de reducida capitalización una alternativa para su crecimiento y expansión.
Si bien la idea de su puesta en marcha obedeció, inicialmente, al deseo de responder a las necesidades que se planteaban a las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV), toda vez que, a raíz de los cambios producidos en 2006 en la normativa relativa a las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), dejaba de ser obligatorio que éstas cotizasen en Bolsa, posteriormente se decidió extender dicha alternativa de contratación bursátil tanto a las entidades de capital riesgo (ECR) como a aquellas empresas de reducida capitalización que pretendieran expandirse.
Con el fin de poder atraer a este nuevo mercado a dichas entidades, el mismo decidió adoptar una regulación más flexible, pensada específicamente para ellas (en el que, como señalábamos anteriormente, además de flexibilizarse los requisitos, también se permite una mayor autorregulación, lo que también implica una menor intervención de la CVNMV), así como ofrecer unos precios más asequibles que los de su “hermano mayor”, el mercado tradicional.
A su vez, este mercado permitirá que las empresas sean valoradas de una manera objetiva y servirá como un mecanismo que favorezca la liquidez (si bien no está claro aún cómo podrá ofrecer a los inversores una liquidez abundante). Podría suponer, además, el paso previo a la incorporación a Bolsa de las compañías que coticen en el mismo.
No hay duda de que, desde el punto de vista del inversor, estamos ante compañías que, en principio, presentan un mayor riesgo (por tratarse, por lo general, de proyectos de menor tamaño, con menor trayectoria, con diferente liquidez y riesgo), pero por ello también el precio es diferente y las posibilidades de ganancias mayores. No obstante, y a pesar de ese mayor riesgo, estamos ante un mercado abierto a cualquier tipo de inversor, sin que se limite únicamente a inversores institucionales. En muchas ocasiones es este tipo de inversor el que se muestra mucho más sensible con respecto a este tipo de inversiones.
Requisitos básicos de acceso al MAB
¿Cuáles son los requisitos básicos que debe cumplir una empresa que quiera ser admitida a cotización en el MAB?
- Tener su capital totalmente desembolsado
- Que sus acciones puedan ser libremente transmisibles y que estén representadas por anotaciones en cuenta
- Tener un free float mínimo de 2 millones de euros
- Que sus cuentas estén auditadas de acuerdo con las normas internacionales (NIIF)
- Que justifiquen su actividad y su capacidad de facturar en base a la misma
- Designar, con carácter permanente, un Asesor Registrado
- Incorporarse al MAB a través de una Oferta Pública de Venta (OPV); de una Oferta Pública de Suscripción (OPS) o de un Listing.
Información a proporcionar
En cuanto a la fase de incorporación al mercado, y dependiendo de las características de la colocación, será necesario un Documento Informativo registrado en el MAB y un Folleto registrado en la CNMV.
Para un “Listing”, bastará con el Documento Informativo (que contiene información similar al Folleto e incorpora, en su caso, un cuadro de previsiones de negocio del ejercicio actual y el siguiente).
Con carácter semestral, deberán presentarse estados financieros no auditados y, en su caso, las previsiones de negocio y grado de cumplimiento y, con carácter anual, los estados financieros auditados.
Con carácter no periódico, sino a medida que se produzcan, se publicarán los hechos relevantes que pudiesen ir acaeciendo.
Todas las informaciones exigibles de la compañía, previa comprobación del Asesor Registrado, deberán remitirse al MAB y publicarse en la página Web de la empresa.
Los Asesores Registrados
Al estilo de lo exigido por los mercados internacionales comparables (AIM, ALTERNEXT) se pide a la empresa que desee acceder al MAB que cuente con un Asesor Registrado. Se pretende que el mismo avale, con su reputación, prestigio, conocimiento del mercado y de su funcionamiento, la presentación en el MAB de empresas que son poco o nada conocidas, de modo que, cuanto más confíe el mercado en el Asesor Registrado más fácil será para la empresa acceder al mismo.
El Asesor Registrado deberá ayudar a la empresa a: cumplir con los requisitos exigidos para poder acceder al MAB; con la normativa de información aplicable, con el fin de dotar de transparencia al mercado; con las obligaciones de información exigidas por el mercado, etc. Las empresas deberán presentar, con carácter semestral, sus estados financieros no auditados y, en su caso, las previsiones de negocio y grado de cumplimiento de las mismas, los estados anuales auditados y, cuando corresponda, los hechos relevantes que puedan acontecer.
Los Asesores Registrados deberán ser personas jurídicas (bancos, cajas, empresas de servicios de inversión, despachos de abogados, asesorías financieras, firmas de auditoría, etc.) que cumplan con los requisitos establecidos por el MAB y que figuren inscritas en un registro especial habilitado a tales efectos.
Futuro del MAB
En nuestra opinión, el éxito del MAB radicará en su capacidad de hacer las cosas a medida, de adaptarse a las verdaderas necesidades de las empresas que están llamadas a cotizar en dicho mercado y de abandonar la rigidez y falta de flexibilidad que caracteriza al mercado tradicional, todo ello sin menoscabo
...