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Analizis Juridico De La Pelicula El Crimen Perfecto


Enviado por   •  4 de Abril de 2013  •  1.040 Palabras (5 Páginas)  •  3.362 Visitas

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SEÑOR JUEZ DE PAZ DEL MUNICIPIO DE NUEVA CONCEPCION DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.

NIMSI JUDITH FUENTES SMITH de treinta y dos años de edad, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, actúo en ejercicio de la patria potestad, en representación de mi menor hijo: JOSHUA ISAAC CONTRERAS FUENTES, actúo con el auxilio y dirección del Abogado CARLOS RAFAEL RUANO RODAS, para recibir notificaciones señalo la Oficina Jurídica ubicada en Calle Belice, Hotel el Paraíso, de este Municipio; por este medio comparezco a promover PROCESO DE EJECUCIÓN EN LA VÍA DE APREMIO, en contra del señor MATILDE ISAAC CONTRERAS GARCIA, quien puede ser notificado en Parcela No. B ciento setenta (B-170) Calle el Ujushte, municipio de Nueva Concepción, departamento de Escuintla; pretensión que formulo de conformidad con los siguientes,

HECHOS:

I-) Como lo demuestro con certificación de la sentencia de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil seis, dictada dentro de las Diligencias Voluntarias de Divorcio por Mutuo Consentimiento por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del Departamento de Escuintla, se estableció una pensión alimenticia de UN MIL QUETZALES (Q1,000.00) MENSUALES a favor del menor Joshua Isaac Contreras Fuentes, obligación que tiene que hacer efectiva el padre de dicho menor, Matilde Isaac Contreras Garcia.

II-.) Es el caso señor Juez que a partir del día uno de junio del año dos mil nueve, el señor MATILDE ISAAC CONTRERAS GARCIA, no ha hecho efectivo el pago de la pensión alimenticia a que esta obligado, debiéndome a la fecha la cantidad de SEIS MIL quetzales (Q 6,000.00), mas lo equivalente a los meses que dure el procedimiento del presente juicio.

III-) Por lo que acudo a ese órgano Jurisdiccional para que en la VÍA DE APREMIO, previa calificación del titulo en que fundo mi derecho, se requiera de pago al señor MATILDE ISAAC CONTRERAS GARCIA, certificándole lo conducente a la Fiscalía Municipal del Ministerio Público, por el delito de NEGACION DE ASISTENCIA ECONOMICA, en caso no lo hiciere efectivo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Procedencia de la ejecución en la vía de apremio: La ley civil adjetiva, contenida en Decreto Ley numero 107, establece en su artículo 294 “Procede la ejecución en la vía de apremio cuando se pida en virtud de los siguientes títulos, siempre que traigan aparejada la obligación de pagar cantidad de dinero líquida y exigible: 1º. Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada;….” El artículo 297 del mismo cuerpo legal establece que “promovida la vía de apremio, el juez calificará el título en que se funde, y si lo considerase suficiente, despachará mandamiento de ejecución, ordenando el requerimiento del obligado y el embargo de bienes en su caso.”

TITULO EJECUTIVO

Presento como título ejecutivo previa calificación del Señor Juez, la Certificación de la sentencia de fecha veintiséis de septiembre de dos mil seis, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del Departamento de Escuintla, dentro de las Diligencias Voluntarias de Divorcio por Mutuo Consentimiento; con la que demuestro que el señor MATILDE ISAAC CONTRERAS GARCIA, esta obligado por orden de juez competente a proporcionar una PENSION

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