Antecedentes Históricos Del Derecho Del Trabajo
7 de Abril de 2015
3.819 Palabras (16 Páginas)344 Visitas
Antecedentes históricos del Derecho del Trabajo.
Introducción.
La necesidad por proteger la dignidad del hombre ha sufrido varios cambios a lo largo de la historia, en específico en México, el camino por la lucha de los derechos de los trabajadores ha sido arduo y difícil, en un inicio los trabajadores eran explotados y las condiciones laborales eran inhumanas, se les pagaba en muchas ocasiones en especie entre otras situaciones aberrantes más, conforme transcurrió el tiempo al caer el yugo del dominio español no se observó con claridad una necesidad de defender al trabajador de los excesos del patrón debido a que las prioridades eran otras: tratar de estabilizar al país en el ámbito político, económico así como en lo social.
Y precisamente eso fue lo que prevaleció: el desorden y la falta de estabilidad para el país, causado también por las constantes invasiones extranjeras. A raíz de la dictadura de Porfirio Díaz comenzó a prepararse el caldo de cultivo perfecto para que la clase trabajadora detonara la primera de las más importantes batallas en los inicios del siglo XX, las batallas que culminarían en las primeras victorias las cuales se verían cristalizadas en el Artículo 123 constitucional, de la carta magna que actualmente nos rige.
En un inicio solo se dieron normas de carácter simple, superficial, vendrían los grandes cambios justo con el avance del humanismo pero sobre todo posteriores a la Revolución Industrial que generaría movimientos como el Cartismo que años más tarde traerían su influencia a México junto con otros movimientos sociales y movimientos obreros como las huelgas de Cananea y Río Blanco.
La Revolución mexicana, el ejército constitucionalista liderado por Venustiano Carranza al igual que los movimientos anarquistas y de los hermanos Flores Magón sería la que sin duda facilitaría de algún modo la consolidación del Derecho Laboral en nuestro país, siendo su apoteosis la Constitución del 17.
Antecedentes históricos del Derecho del Trabajo.
La época de la Colonia.
El derecho del Trabajo o Laboral en México tiene antecedentes en la época de la Colonia, estudiosos de la materia laboral tan renombrados como el Dr. Mario De la Cueva sostiene que su antecedente directo proviene de las llamadas Leyes de Indias, las cuales fueron emitidas bajo el reinado de Carlos I de España y V del Sacro Imperio Romano Germánico. Estas tuvieron el propósito de regular las relaciones económicas, políticas y sociales de los habitantes de las colonias españolas de Ultramar. De acuerdo con el autor antes mencionado, en estas Leyes se observa “la presencia de numerosas disposiciones que bien podrán quedar incluidas en una legislación contemporánea del trabajo, en especial las que procuraron asegurar a los indios la percepción efectiva del salario” . El autor José Alfonso Bouzas Ortiz hace una recopilación de las normas más importantes de las Leyes de Indias:
a) Protección a la mujer embarazada y a los menores: estos por ejemplo no podían trabajar hasta los 14 años. Tales disposiciones viene de las leyes de Burgos, obra de la junta de 1512 con motivo de la protesta de los dominicos ante la Corona por los malos tratos que los conquistadores daban a los nativos de las tierras recién conquistadas.
b) La ley V, título X del libro V del 19 de octubre de 1514 expedida por el Rey Fernando V la cual estableció el principio procesal de verdad sabida que se materializaba a favor de los antiguos mexicanos.
c) La ley XIV, del título VII del libro VI, esta expedida por el Emperador Carlos V el 6 de febrero de 1538, estableció la prohibición de que los menores de 18 años acarren bultos, resguardando su integridad física; con ello se reguló una protección de labores peligrosas, con base en la calidad del camino entre otros detalles.
d) La ley XVII, en el título I expedida por Carlos V en 1541, ordenaba que los indígenas, los negros y los mulatos no trabajaran los domingos y días de guardar, estableciéndose así formalmente los descansos semanales a que tenían derecho los trabajadores.
e) La Ley X, título VII, libro VI de la misma recopilación, este expedida por el Rey Felipe II en 1576, disponía que los caciques pagaran a los indígenas su trabajo delante del doctrinero, sin que les faltara nada y sin engaño o fraude, medida con la cual se pretendía proteger el salario de los aborígenes.
f) La disposición de la jornada de 8 horas, contenida en la Ley VI del título VI del libro III de la Recopilación de Indias.
g) En cuanto a la puntualidad del pago, la ley IX, título XV, libro XI, dictada por el Rey Felipe III en 1608, ordenaba pagar con puntualidad a los aborígenes en las minas los sábados por la tarde. Por su parte, la ley VII, título XIII, libro VI, expedida también por el monarca Felipe III pero en 1609 declaraba como “perdido” el salario pagado con o en vino, chicha, miel o yerba del Paraguay, el español que así lo hiciere incurría en multa, en pocas palabras el pago del salario no podía ser en especie, solo podía ser en dinero .
Sin embargo no deja de lado el sentido de dominación español sobre el indígena, las disposiciones a las que se hace referencia solo eran con un enfoque moralista-religioso, es decir “piadoso”, “misericordioso” o casi “de lástima” por parte de los españoles más que con el propósito de establecer igualdad de derechos o una relación equilibrada entre el patrón hispánico y los trabajadores o peones aborígenes, en ese mismo sentido se pronuncia el autor Héctor Santos Azuela quien sostiene que el mayor mérito de las Leyes de Indias es histórico más que práctico.
El México Independiente.
En los primeros tiempos del México independiente no hay mucho material al respecto debido a la falta de claridad en torno a la organización política de la incipiente nación o a la falta de claridad en cuanto a la dirección política del país, en ese momento la prioridad era la de separar al país del control de José Bonaparte y la de reconocer a Fernando VII como soberano, de esta época uno de los primeros documentos podría ser el Bando que emitió Miguel Hidalgo el 6 de diciembre de 1810 en el cual realiza la abolición de la esclavitud así como el decreto constitucional de Apatzingán del 22 de octubre de 1814, decreto que marca la libertad de trabajo, de industria y comercio tomando como inspiración la legislación española de entonces, en específico la Nueva y Novísima Recopilación, las Leyes de Toro y/o las famosas Partidas, las cuales subsistieron hasta un poco antes del último tercio del Siglo XIX. El célebre Dr. De la Cueva destaca el párrafo 12 de la máxima creación política de esa época, Los Sentimientos de la Nación, el cual dice lo siguiente: que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto .
Al terminar la revolución de Ayutla se consolidó el pensamiento liberal frente al conservador, una corriente política que tiende al individualismo por lo que se recuperaron documentos como la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano el cual sirvió como se sabe de antecedente para la actual declaración de la Carta de los Derechos Humanos.
En un par de ocasiones se propusieron al congreso diversas iniciativas que intentaban reconocer los derechos de los trabajadores así como la del Derecho del Trabajo pero no se logró su reconocimiento pleno debido a cuestiones ideológicas dentro de la clase política mexicana debido al valor absoluto que le atribuían a la propiedad privada.
En el Segundo Imperio podemos ver una serie de lineamientos que resultaron bastante liberales, demasiado para los intereses de los conservadores que irónicamente impulsaron la idea de una monarquía en México y que de hecho trajeron a Maximiliano de Habsburgo. Como se sabe, el príncipe austriaco fue educado con principios bastante liberales, estaba convencido de que el progreso de las naciones no puede estar fincado en la explotación del hombre: en el llamado Estatuto provisional del Imperio emitido el 10 de abril de 1865, en sus artículos 69 y 70 (incluidos en el capítulo denominado “Las garantías individuales”) prohibió los trabajos gratuitos así como los forzados, también reglamentó el trabajo de los niños al establecer que los padres o tutores debían de autorizar el trabajo de los menores de edad, y para el 1° de noviembre de ese mismo año expidió la que se le ha llamado la Ley del Trabajo del Imperio en la cual establece la libertad de los campesinos para separarse en cualquier tiempo de la finca a la que están prestando sus servicios, jornadas de trabajo de sol a sol con dos horas intermedias de descanso, descanso semanal, pago del salario en efectivo y no en especie, la reglamentación de las deudas adquiridas por los campesinos, el libre acceso de los comerciantes a los centros de trabajo, la eliminación de las cárceles privadas y de los castigos corporales (como medidas de apremio en contra de los trabajadores o peones que desobedecieran a sus patrones), la inspección del trabajo, sanciones de carácter pecuniario por violar las normas antes mencionadas y algunas disposiciones complementarias.
Una vez derrocado el Imperio de Maximiliano, los Juristas de entonces fueron influenciados por el humanismo que todavía imperaba en esa época y al elaborase el Código Civil de 1870 el cual declaraba que la prestación de servicios no podía ser equiparada al
...