Análisis del contrato de obra civil y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP)
chio_204 de Febrero de 2013
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NIVEL DE DOMINIO
En un contrato de obra civil, cuyo monto es de setecientos veinte y cinco mil dólares, qué trámite le corresponde de acuerdo a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública del año fiscal al cual se esté presentando este trabajo.
a. licitación
b. cotización
c. contrataciones de menor cuantía
d. Por qué?
Porque
Para contratar la ejecución de obras, cuando su presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
Sobre el mismo monto del contrato haga los cálculos para determinar las garantías de:
Garantía de anticipo (considere que se entregará el 40% sobre el monto del contrato)
Monto=725.000,00
Porcentaje=40%
Garantia=(725.000,00*0.40)=290.000,00
Garantía de fiel cumplimiento
Monto=725.000,00
Porcentaje=5%
Garantia=(725.000,00*0.05)=36.250,00
En los contratos a que se refiere esta Ley en estudio, los contratistas podrán rendir garantías establecidas en la Ley. Explieque cuáles son: (Art. 73 L.O.S.N.C.P.)
1. Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos;
2. Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país;
3. Primera hipoteca de bienes raíces, siempre que el monto de la garantía no exceda del sesenta (60%) por ciento del valor del inmueble hipotecado, según el correspondiente avalúo catastral correspondiente;
4. Depósitos de bonos del Estado, de las municipalidades y de otras instituciones del Estado, certificaciones de la Tesorería General de la Nación, cédulas hipotecarias, bonos de prenda, notas de crédito otorgadas por el Servicio de Rentas Internas, o valores fiduciarios que hayan sido calificados por el Directorio del Banco Central del Ecuador. Su valor se computará de acuerdo con su cotización en las bolsas de valores del país, al momento de constituir la garantía. Los intereses que produzcan pertenecerán al proveedor; y,
5. Certificados de depósito a plazo, emitidos por una institución financiera establecida en el país, endosados por valor en garantía a la orden de la entidad contratante y cuyo plazo de vigencia sea mayor al estimado para la ejecución del contrato.
Para hacer efectiva la garantía, la entidad contratante tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título en que se funde su pretensión.
Las garantías otorgadas por bancos o instituciones financieras y las pólizas de seguros establecidas en los numerales 1 y 2 del presente artículo, no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución, el requerimiento por escrito de la entidad beneficiaria de la garantía. Cualquier cláusula en contrario, se entenderá como no escrita.
Indique que es el PAC y que contiene este documento. (Art. 25-26 de la L.O.S.N.C.P.)
Plan Anual de Contratación.‐ Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley. El Plan Anual de Contratación
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