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Asignacion Universal por Hijo

Monyka BucetaApuntes19 de Abril de 2018

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  1. Identifique una Política Pública o Programa Público y descríbalo a partir de sus instrumentos de política

Política  Pública

Asignación universal por hijo

Ley nº 26.061/05 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y la Convención sobre los Derechos del niño de Naciones Unidas.

Instrumento legal que lo implementa: Decreto 1602/09 Incorpórese el Subsistema no Contributivo de Asignación Universal por hijo para Protección Social (lo dicta el PEN en ejercicio funciones Art. 99 Inc. 3 CN), En el marco de la Ley 24.714 de  Asignaciones Familiares.

Sus objetivos por decreto son: "Mejorar la situación de los menores y adolescentes en situación de vulnerabilidad"

Sus fundamentos son los siguientes:  Protección de la Infancia (Ley 26061, Art. 26). "La subsistencia de situaciones de exclusión de diversos sectores que resulta necesario atender"

La AUH es un subsistema no contributivo de transferencias condicionadas de ingreso destinado a aquellos niños, niñas y adolescentes argentinos solteros nativos menores de 18 años residentes en el país, o argentinos naturalizados o con residencia legal en el país mínima de 3 años que no perciban ninguna otra asignación familiar y pertenezcan a hogares cuyos padres se encuentren desocupados, sean monotributistas sociales, se desempeñen en la economía informal o como servicio doméstico percibiendo ingresos no superiores al salario mínimo, vital y móvil.

En Argentina, la AUH se implementó en noviembre de 2009 mediante el decreto 1602/09 considerando la ley nº26.061/05 de Protección integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, cuyo artículo 26º dispone que los organismos del Estado, deberán establecer políticas y programas para la inclusión de los niños, niñas y adolescentes, que consideren la situación de los mismos, asi como de las personas que sean responsables de su mantenimiento.

El objetivo de la política es brindar cobertura por asignaciones familiares a los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad social aplicando el principio de igualdad y no discriminación.

A partir de mayo de 2011, la cobertura de la AUH se amplió para incluir también a las mujeres embarazadas a partir de la doceava semana de gestación, que cumplan con idénticos requisitos para acceder a la AUH y acrediten el estado de embarazo mediante la inscripción en el Plan Nacer o certificado médico expedido según lo previsto en dicho plan y el cumplimiento de todos los controles realizados conforme lo previsto en el Plan Nacer, al momento de la finalización del embarazo.

El programa se financia con los recursos de ANSES, que es también el organismo que lo administra, disuadiendo de esta manera cualquier tipo e clientelismo político en su asignación. Está previsto asimismo el financiamiento mediante la rentabilidad obtenida del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) del actual Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Características

Selección de los beneficiarios

Niños, niñas y adolescentes menores de 18 años (o discapacitados sin limite de edad ) que pertenezcan a hogares cuyos padres sean trabajadores no registrados o servicio domestico (ambos con remuneración menor o igual al monto del salario minimo, vital y móvil), desocupados que no estén percibiendo el seguro por desempleo y monotributistas sociales.

Hay ciertos requisitos formales de acceso:

Ambos padres o mayor a cargo y los menores e hijos c/ disc. En alguna de las sgtes. Situaciones:                                                                                                                      

1. Desocupados, sin percibir ninguna suma de dinero ni prestación de ningún tipo.      

2. Ser trabajadores no registrados, y percibir suma de $ menor al Salario Mínimo

Vital Móvil.                                                                                                                                    

  1. Ser trabajadores inscriptos en los planes Argentina Trabaja o Programa de Trabajo

Autogestión.                                                                                                                                        

  1. Ser trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributistas Sociales.                      
  2. Ser trabajadores del Reg. Esp. Empleados del Servicio Doméstico y percibir > SMV.
  3. Ser trabajadores temporales, sin estar percibiendo ninguna suma en el período

actual.                                                                                                                                            

  1. Encontrarse Privados de su libertad.   *En la práctica casi no se da.                              
  2. Que el menor sea argentino/naturalizado o residente  mín. 3 años antes solicitud.  
  3. Acreditar vínculo entre quien percibirá beneficio y menor.                                            
  4. Acreditación de condición de discapacidad en el caso correspondiente.                    

Presentar DDJJ sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos  (Art. 6 Decreto 1602/09).   

Nacionalidad, identidad, vínculo

Nacionalidad

Los/las hijos/as argentinos/as, hijo/a de argentina/o nativo o por opción, naturalizado o residente, con residencia legal en este país no inferior a tres años previos a la solicitud.

Identidad

Se debe acreditar la identidad de los/las hijos/as y la del titular del beneficio (padre/madre/tutor y guardador/pariente) mediante documento nacional de identidad.

Vinculo

Acreditar el vínculo entre la persona que percibirá el beneficio y el hijo/a, mediante la presentación de las partidas correspondientes en los lazos de adopción, tutelas y curatelas, los testimonios judiciales pertinentes.

Acreditación de discapacidad – Compromisos en Salud – Compromisos en Educación – Declaración Jurada

Educación

Los compromisos en salud y en educación que asumen las familias de los niños, niñas y adolescentes, apuntan a no interrumpir la transmisión intergeneracional de la pobreza al brindarles herramientas que les permiten un mejor ejercicio de la ciudadanía a futuro.

En Educación, al requerir el compromiso de asistencia a la educación pública y gratuita a los niños, niñas y adolescentes en edad escolar, fomenta la escolaridad y combate el trabajo infantil y el trabajo adolescente en condiciones precarias. Por otra parte al estar articulada con el programa Conectar Igualdad, que garantiza el acceso y uso de las notebooks a los y las alumnas de los establecimientos públicos contribuye a la alfabetización digital de los sujetos de derecho, que les permitan una mejor inserción social y laboral a futuro.

Para cobrar la asignación universal por hijo es obligatoria la concurrencia a la escuela a partir de los 5 años. Hay que dirigirse al establecimiento educativo  a donde concurre el menor para que las autoridades completen la libreta y certifiquen el cumplimiento del ciclo lectivo.

Declaración Jurada – Certificado de escolaridad.

El adulto responsable del menor deberá firmar la declaración jurada, informando su situación laboral, dos veces al año: la primera vez, en la misma libreta; la segunda vez, en el formulario que le entregarán en ANSES y que deberá presentar anualmente en el mes de septiembre.

Se debe recordar para quienes trabajan en el mercado informal o en el servicio doméstico,  tienen derecho a cobrar la asignación universal solo si cobran un salario inferior al minimo, vital y movil.

Diversos impactos de la AUH

Aspectos positivos: Existen mecanismos de reclamos establecidos. No existen fechas, ni cupos de limite de inscripción. Al estar inserta en el marco de la seguridad social su continuidad no parece estar amenazada.

Aspectos negativos: requisitos de inscripción: DNI. Requisitos de permanencia: cumplimiento de las condicionalidades.  3. Monto por NNA. Mejoras significativas en los montos pero, su actualización no se encuentra garantizada normativamente. Es un beneficio ligado NECESARIAMENTE a la condición Laboral de los responsables del cobro, no a su condición de ciudadanía. Además, al ser un monto dinerario, necesariamente termina en el mercado en una relación de consumo.

En salud: 0 a 6 años se registra una mayor rutina de controles sanitarios regulares y no solamente por enfermedades. Hay poca información al respecto.

En educación: En 2010. Aumento de la matricula de 5 a 18 años, es del 0,9 %. Se registra un aumento  significativo en preescolar y secundario pero, se debió principalmente a la obligatoriedad de estos dos niveles . 2011: No hubo aumento.

Pero si se registra un freno en la deserción escolar.

En Pobreza: Al incorporar a sectores que se encontraban tradicionalmente excluidos de los mecanismos de seguridad social, produce que las familias más pobres sean menos pobres. Es decir, no se puede sostener que haya producido la salida de la pobreza de esas familias pero sí un mejoramiento en sus ingresos. Existiendo AUH en el 2012 había 6% de hogares por debajo de la pobreza. Sin AUH, 12%.

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