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Auditoria


Enviado por   •  15 de Mayo de 2014  •  1.819 Palabras (8 Páginas)  •  369 Visitas

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

CARRERA CONTABILIDAD Y AUDITORIA

ASIGNATURA AUDITORIA FINANCIERA I

TEMA: FORMULA PARA EL CÁLCULO DEL RIESGO DE AUDITORIA

Paralelo: CA 5-3

Curso: 105

Nombre:

Marisela Quinga

Profesor: Dra. Mónica Noboa

Lugar y Fecha:

Quito, 04 / 05/ 2014

FORMULAS PARA EL CALCULAR EL RIESGO DE AUDITORIA

Para calcular el riesgo de auditoria (RA), previamente como auditor debes haber definido los valores para los siguientes riesgos:

Para calcular el Riesgo de Auditoría (RA) se utiliza la fórmula.

• Riesgo Inherente (RI)

• Riesgo de Control (RC)

• Riesgo de Detección (RD)

RA = Ri x Rc x Rd

Generalmente se habla de Riesgo y conceptos de Riesgo en la evolución de los Sistemas de Control Interno, en los cuales se asumen tres tipos de Riesgo:

Riesgo de Control: Que es aquel que existe y que se propicia por falta de control de las actividades de la empresa y puede generar deficiencias del Sistema de Control Interno.

Riesgo de Detección: Es aquel que se asume por parte de los auditores que en su revisión no detecten deficiencias en el Sistema de Control Interno.

Riesgo Inherente: Son aquellos que se presentan inherentes a las características del Sistema de Control Interno.

Es necesario en este sentido tener en cuenta lo siguiente:

• La evaluación de los riesgos inherentes a los diferentes subprocesos de la Auditoría.

• La evaluación de las amenazas o causas de los riesgos.

• Los controles utilizados para minimizar las amenazas o riesgos.

• La evaluación de los elementos del análisis de riesgos.

Ejemplo:

Una partida tiene un riesgo inherente del 10%, un riesgo de control del 20% y un riesgo de detección del 25%. ¿Cuál es el riesgo de auditoría?

RA = Ri x Rc x Rd

RA = 10 % x 20 % x 25 %

RA = 0,5 %

Qué significa el valor obtenido?

Básicamente mientras mayor es el riesgo de auditoria obtenido, mayor es la posibilidad de que el auditor emita una opinión errada con respecto a la real situación del cliente, empresa o área auditada

Si queremos que el riesgo de auditoría para esta partida sea del 3 %, ¿cuál debe ser el riesgo de detección?

Rd = RA /( Ri x Rc)

Rd = 3 % / (10% x 20 %)

Rd =1,5 %

Intentos de medición del riesgo

¿Cómo se pueden medir los riesgos?

Considerada una cuenta o rubro de los estados contables, se puede suponer que los riesgos clasificados como RI, RC y RD podrían tener por ejemplo los siguientes valores:

RI = 30%; RC = 20% , RD = 10%

Esto puede leerse de la siguiente forma:

Dadas 1000 situaciones distintas respecto del rubro que se está considerando, se puede razonar como sigue:

700 situaciones serán captadas por los sistemas de información y contabilidad del ente.

300 situaciones, en cambio, corren el riesgo de no detectarse por dicho sistema (30%).

240 situaciones de las 300 anteriores, serán captadas por el sistema de control de la empresa. Es decir que el 80% de las situaciones serán captadas por el control interno del ente, en cambio el 20% restante, o sea 60 casos, implican el riesgo de control.

De las 60 situaciones restantes, el 10%, o sea 6 casos corren el riesgo de no poder ser detectados por el auditor, pero en cambio las 54 restantes sí podrán ser detectadas.

Resumiendo las cantidades anteriores en un modelo matemático que exprese el riesgo de auditoría, (RA) se lo puede presentar como el producto de los tres tipos de riesgos antes expuestos.

RA = RI x RC x RD = 0,30 x 0,20 x 0,10 = 0,006

Distintos modelos para la medición del riesgo ABREMA

Siguiendo el “Modelo de Auditoría basado en la Evaluación del Riesgo” (ABREMA), el riesgo de auditoría se extiende desde cero (0,0) donde hay certeza completa de la inexistencia de declaraciones erróneas significativas en los estados contables, hasta uno (1,0) donde hay certeza completa de la existencia de declaraciones erróneas significativas sobre los estados contables.

El riesgo de auditoría (RA) se puede descomponer inicialmente en dos componentes:

El riesgo de que una declaración errónea significativa de un rubro de los estados contables sin verificar, afecte la razonabilidad de dichos estados. El modelo toma la conjunción del riesgo inherente y del riesgo de control, éste último derivado del riesgo que una declaración errónea no sea detectada por el ente. Estos dos aspectos son los que el auditor no puede cambiar, ya que existen independientemente de la auditoría de estados contables. Generalmente estos dos conceptos no son referenciados en forma separada, sino a una evaluación combinada del riesgo de errores significativos, que se representa como RICS15, sigla que representa la combinación de los riesgos inherente y de control con el agregado de la significatividad, con que se enfrenta el auditor, conceptos que debe discutir con el equipo de auditoría antes de comenzar a recolectar las evidencias en cada etapa de su labor.

El riesgo de la existencia de una declaración errónea significativa que no pueda

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