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Ayuntamientos


Enviado por   •  20 de Abril de 2013  •  2.731 Palabras (11 Páginas)  •  415 Visitas

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INTRODUCCION

En el presente estudio veremos el origen de los Ayuntamientos. Su organización, funcionamiento y atribuciones de los miembros que los componen, que son un Presidente, un Vicepresidente, el Síndico, los Regidores, un Tesorero y un Secretario. Al igual que el Marca Jurídico que esta Ley tiene por objeto establecer criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental, pero sobre todo, la emisión de la información financiera de los entes públicos con el objetivo de lograr una armonización contable en los tres niveles de Gobierno.

En esta investigación abarcamos lo que es la Contraloría General de la R.D. que asume el compromiso de prepararse y ajustarse para cumplir su rol de liderar el control de estado, en el marco de la ley orgánica de la contraloría general de la república y del sistema nacional de control fiscal. De la misma manera que La Cámara de Cuentas es un órgano constitucional de control externo de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado, tenemos personalidad jurídica instrumental, carácter técnico y autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, correspondiente al examen de las cuentas generales y particulares de la República, mediante auditorías, estudios e investigaciones especiales.

LOS AYUNTAMIENTOS EN REPÚBLICA DOMINICANA

El Ayuntamiento es la administración más próxima al ciudadano. Sus peculiares características le convierten en un órgano que incorpora elementos “legislativos” a escala local (el Pleno de la Corporación) y de gobierno efectivo del municipio (Alcalde/sa y Junta de Gobierno Local).

Económicamente, los Ayuntamientos se sostienen con los impuestos que cobran de arrendamientos de: terrenos, locales, espectáculos públicos, entierros y por un subsidio que reciben del Estado.

Los Ayuntamientos gozan de autonomía en el ejercicio de sus funciones y atribuciones. Esta independencia ofrece la ventaja de que permite a las autoridades municipales ocuparse directamente de solucionar todos los problemas y necesidades del municipio.

El primer el ayuntamiento de nuestro país fue en La Isabela, Puerto Plata, el cual surgió con la llegada de los españoles, luego, ahora tenemos Ayuntamientos en todas las provincias y municipios del país.

Los Ayuntamientos están reglamentados por la Ley de Organización Municipal No. 3455.

FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO EN CADA MUNICIPIO

• Planificar la urbanización de la ciudad

• La numeración de casas y solares

• Construir y mantener en buen estado vías públicas, mataderos, mercados y cementerios, así como administrarlos

• Velar por la higiene de la ciudad

• Nombrar los empleados necesarios para las oficinas y servicios de la administración Municipal

• Ayudar a la creación y mantenimiento de Cuerpos de Bomberos, bibliotecas, escuelas, canchas deportivas, museos, parques, etc.

COMPOSICIÓN DE UN AYUNTAMIENTO

Cada Ayuntamiento cuenta con un Consejo Municipal compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, el Síndico, los Regidores un Tesorero y un Secretario.

La Sala Capitular, como se le suele llamar también a ese Consejo, debe celebrar sesiones por lo menos dos veces al mes. Estas sesiones deben ser públicas y tienen como objetivo discutir todos los asuntos relacionados con el desarrollo de las actividades a realizarse en el municipio. Todas las decisiones se toman a través del voto de los Regidores.

Atribuciones del Presidente del Ayuntamiento

• Conocer las sesiones ordinarias y extraordinarias

• Abrir las sesiones, dirigir los debates y declararlas concluidas

• Firmar correspondencias, resoluciones y actas

• Firmar órdenes de pago expedidas por el Síndico

El Alcalde

Es la máxima autoridad del municipio. Tiene la responsabilidad de administrar y dirigir todos los bienes municipales.

Entre sus funciones están:

• Hacer cumplir todas las disposiciones referentes a la administración de los bienes Municipales

• Firmar en representación del Ayuntamiento los contratos que hayan sido debidamente autorizados por la Sala Capitular

• Supervisar a los Alcaldes Pedáneos en el desempeño de sus funciones

• Dirigir las recaudaciones de las rentas

• Mantener el ornato y limpieza del Municipio

• Inspeccionar la tesorería por lo menos una vez por quincena y pedir informe de su gestión al Ayuntamiento

Los Consejales

Son hombres elegidos por el voto popular en las elecciones nacionales. Deben ser postulados por un partido político. Ellos tienen la responsabilidad, junto con el Alcalde, de dirigir y administrar los bienes del municipio. Forman parte de la Sala Capitular y su voto es indispensable para la toma de decisiones.

Para ser regidor se requiere:

• Ser mayor de 21 años

• Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos

• Estar domiciliado en el municipio con una residencia no menor de 2 años

• Saber leer y escribir

• Gozar de buena reputación

El Tesorero Municipal

Cada Municipio cuenta con un tesorero nombrado por el Ayuntamiento. Entre sus funciones están: guardar los fondos del municipio, cobrar las rentas, los impuestos y pagar todas las órdenes expedidas por el Síndico.

El Secretario

Es nombrado por el Ayuntamiento. Tiene la responsabilidad de llevar un libro de Actas, de Correspondencias, Reglamentos,

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