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Beneficios Y Mitos De La Reforma Politico-Electoral


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2014  •  3.192 Palabras (13 Páginas)  •  347 Visitas

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Beneficios

• Se fortalece la protección del voto ciudadano en todo el territorio nacional.

• Se crea el Instituto Nacional Electoral (INE), que asume las facultades del Instituto Federal Electoral (IFE) y fortalece la autoridad electoral.

• El INE fiscalizará los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos independientes en elecciones federales y locales.

• Por primera vez en México, se contará con disposiciones electorales homogéneas, que establezcan mecanismos de coordinación entre el INE y los organismos públicos locales de las entidades federativas, con el objeto de estandarizar la calidad en la organización de las elecciones.

• Además de sus funciones en las elecciones federales, el INE posee facultades para intervenir y proteger el voto ciudadano en los procesos electorales locales:

• Designará y podrá remover a los integrantes del órgano de dirección de los organismos electorales locales.

• En casos específicos, podrá asumir directamente la realización de las actividades electorales que correspondan a los organismos locales.

• Cuando lo amerite su trascendencia, podrá atraer para su conocimiento cualquier asunto de la competencia de los órganos electorales locales.

• La justicia electoral se separa del Poder Judicial de las entidades federativas, en razón de la especialidad técnica de la materia y para fortalecer su autonomía y capacidad de decisión.

El ciudadano podrá premiar o castigar a sus representantes con base en su desempeño.

• Los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados federales hasta por cuatro.

• El máximo de años en cada uno de esos cargos será de 12 años.

• Las constituciones locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal deberán establecer la elección consecutiva para los legisladores locales, hasta por cuatro periodos adicionales.

• Las legislaturas locales estarán facultadas para establecer la reelección consecutiva para los cargos de presidente municipal, regidor o síndico, por un periodo adicional siempre y cuando el periodo de ejercicio previsto no rebase los tres años.

Los ciudadanos podrán competir para ocupar puestos de elección popular sin necesidad de ser propuestos por un partido político.

• Todo ciudadano que reúna el porcentaje de firmas de apoyo necesario será registrado como candidato.

• Se garantiza que los candidatos independientes tengan acceso a financiamiento público y a tiempos en radio y televisión, considerándolos en su conjunto como un partido político de nueva creación.

Mujeres y hombres tendrán las mismas oportunidades para competir por un cargo de elección popular.

• Las solicitudes de registros para candidaturas a diputados federales y senadores deberán ser integradas por hombres y mujeres en partes iguales.

• Los partidos políticos no podrán asignar los distritos electorales en los que han tenido malos resultados exclusivamente a mujeres.

Se fortalecen los derechos electorales de los pueblos indígenas.

• Los pueblos y comunidades indígenas tendrán el derecho de elegir representantes ante los ayuntamientos, así como autoridades para el ejercicio de sus formas de gobierno propias de conformidad con sus tradiciones y normas internas, respetando el principio de paridad de género.

Se facilita al ciudadano la emisión del voto, a través de la jornada electoral única.

• Se determina que la jornada electoral tendrá lugar el primer domingo de junio.

• De esta forma, el ciudadano acudirá a votar para elegir a sus representantes federales y locales, en un solo día.

• Al existir elecciones concurrentes, se instalará una casilla única que reciba la votación de las elecciones federales y locales, con lo que se permitirá una mejor selección de ciudadanos y se reducirán los costos de operación.

El voto de los ciudadanos será mejor informado y más libre.

• Se regulan los debates electorales:

− Habrá dos debates obligatorios entre todos los candidatos a la Presidencia de la República.

− El INE promoverá la organización de debates entre candidatos a senadores y diputados federales.

− Los organismos públicos locales podrán hacerlo entre candidatos a gobernador, diputados de la entidad y ayuntamientos cuando así lo determine la legislación local.

− Los medios de comunicación podrán organizar libremente debates entre candidatos respetando condiciones de equidad.

• Se deberá transparentar el financiamiento, metodología y resultados de las encuestas sobre preferencias electorales que se difundan.

• Los artículos promocionales utilitarios, que son aquellos objetos que buscan difundir la imagen y propuestas de un partido, coalición o candidato, sólo podrán ser elaborados con materia textil.

• Durante las campañas electorales se suspenderá la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.

• Se sancionarán las denuncias frívolas, es decir, aquellas que hagan referencia a hechos que no puedan ser probados.

Los mexicanos podrán ejercer sus derechos políticos incluso viviendo en el extranjero.

• Los ciudadanos mexicanos que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para elegir Presidente de la República y senadores; así comopara gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal cuando las constituciones locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal lo prevean.

• El voto en el extranjero podrá realizarse por correo, mediante entrega de la boleta en forma personal en las embajadas o consulados y, eventualmente, por vía electrónica.

Existirá más colaboración y corresponsabilidad entre Poderes, facilitando la construcción de acuerdos en beneficio de los ciudadanos.

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