Beneficios Y Mitos De La Reforma Politico-Electoral
Poohz19 de Septiembre de 2014
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Beneficios
• Se fortalece la protección del voto ciudadano en todo el territorio nacional.
• Se crea el Instituto Nacional Electoral (INE), que asume las facultades del Instituto Federal Electoral (IFE) y fortalece la autoridad electoral.
• El INE fiscalizará los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos independientes en elecciones federales y locales.
• Por primera vez en México, se contará con disposiciones electorales homogéneas, que establezcan mecanismos de coordinación entre el INE y los organismos públicos locales de las entidades federativas, con el objeto de estandarizar la calidad en la organización de las elecciones.
• Además de sus funciones en las elecciones federales, el INE posee facultades para intervenir y proteger el voto ciudadano en los procesos electorales locales:
• Designará y podrá remover a los integrantes del órgano de dirección de los organismos electorales locales.
• En casos específicos, podrá asumir directamente la realización de las actividades electorales que correspondan a los organismos locales.
• Cuando lo amerite su trascendencia, podrá atraer para su conocimiento cualquier asunto de la competencia de los órganos electorales locales.
• La justicia electoral se separa del Poder Judicial de las entidades federativas, en razón de la especialidad técnica de la materia y para fortalecer su autonomía y capacidad de decisión.
El ciudadano podrá premiar o castigar a sus representantes con base en su desempeño.
• Los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados federales hasta por cuatro.
• El máximo de años en cada uno de esos cargos será de 12 años.
• Las constituciones locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal deberán establecer la elección consecutiva para los legisladores locales, hasta por cuatro periodos adicionales.
• Las legislaturas locales estarán facultadas para establecer la reelección consecutiva para los cargos de presidente municipal, regidor o síndico, por un periodo adicional siempre y cuando el periodo de ejercicio previsto no rebase los tres años.
Los ciudadanos podrán competir para ocupar puestos de elección popular sin necesidad de ser propuestos por un partido político.
• Todo ciudadano que reúna el porcentaje de firmas de apoyo necesario será registrado como candidato.
• Se garantiza que los candidatos independientes tengan acceso a financiamiento público y a tiempos en radio y televisión, considerándolos en su conjunto como un partido político de nueva creación.
Mujeres y hombres tendrán las mismas oportunidades para competir por un cargo de elección popular.
• Las solicitudes de registros para candidaturas a diputados federales y senadores deberán ser integradas por hombres y mujeres en partes iguales.
• Los partidos políticos no podrán asignar los distritos electorales en los que han tenido malos resultados exclusivamente a mujeres.
Se fortalecen los derechos electorales de los pueblos indígenas.
• Los pueblos y comunidades indígenas tendrán el derecho de elegir representantes ante los ayuntamientos, así como autoridades para el ejercicio de sus formas de gobierno propias de conformidad con sus tradiciones y normas internas, respetando el principio de paridad de género.
Se facilita al ciudadano la emisión del voto, a través de la jornada electoral única.
• Se determina que la jornada electoral tendrá lugar el primer domingo de junio.
• De esta forma, el ciudadano acudirá a votar para elegir a sus representantes federales y locales, en un solo día.
• Al existir elecciones concurrentes, se instalará una casilla única que reciba la votación de las elecciones federales y locales, con lo que se permitirá una mejor selección de ciudadanos y se reducirán los costos de operación.
El voto de los ciudadanos será mejor informado y más libre.
• Se regulan los debates electorales:
− Habrá dos debates obligatorios entre todos los candidatos a la Presidencia de la República.
− El INE promoverá la organización de debates entre candidatos a senadores y diputados federales.
− Los organismos públicos locales podrán hacerlo entre candidatos a gobernador, diputados de la entidad y ayuntamientos cuando así lo determine la legislación local.
− Los medios de comunicación podrán organizar libremente debates entre candidatos respetando condiciones de equidad.
• Se deberá transparentar el financiamiento, metodología y resultados de las encuestas sobre preferencias electorales que se difundan.
• Los artículos promocionales utilitarios, que son aquellos objetos que buscan difundir la imagen y propuestas de un partido, coalición o candidato, sólo podrán ser elaborados con materia textil.
• Durante las campañas electorales se suspenderá la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.
• Se sancionarán las denuncias frívolas, es decir, aquellas que hagan referencia a hechos que no puedan ser probados.
Los mexicanos podrán ejercer sus derechos políticos incluso viviendo en el extranjero.
• Los ciudadanos mexicanos que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para elegir Presidente de la República y senadores; así comopara gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal cuando las constituciones locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal lo prevean.
• El voto en el extranjero podrá realizarse por correo, mediante entrega de la boleta en forma personal en las embajadas o consulados y, eventualmente, por vía electrónica.
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Existirá más colaboración y corresponsabilidad entre Poderes, facilitando la construcción de acuerdos en beneficio de los ciudadanos.
• Se faculta al Presidente de la República para formar un gobierno de coalición mediante un convenio con uno o más partidos políticos representados en el Congreso y por el que se establecerá un programa de gobierno de coalición.
• El Poder Legislativo ratificará a los secretarios de Estado.
• En caso de optar por un gobierno de coalición, el Senado ratificará a todos los secretarios, con excepción de los titulares de la Secretaría de Defensa Nacional y Marina.
• Cuando no se opte por un gobierno de coalición, el Senado ratificará al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Cámara de Diputados al Secretario de Hacienda y Crédito Público.
• La Cámara de Diputados ratificará el Plan Nacional de Desarrollo y el Senado la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Los partidos políticos serán más transparentes.
• La información relativa a los partidos políticos estará a disposición de cualquier interesado y su acceso será directo.
• Los partidos políticos tendrán que exhibir en sus portales información sobre su padrón de afiliados, sus contrataciones, así como los ingresos de sus dirigentes.
• Se obliga a los partidos políticos a tener un sistema de contabilidad basado en los principios de información en línea y transparencia.
Se garantizará que el resultado de las elecciones sea limpio y justo.
• Se establecen nuevas causales de nulidad de las elecciones:
• Cuando un candidato exceda el tope de gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizada.
• Cuando el candidato ganador compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley.
• Cuando el candidato ganador utilice recursos de procedencia ilícita en las campañas.
• Se establece un nuevo mecanismo para el recuento de votos para la elección de senadores, cuando exista una diferencia igual o menor a un punto porcentual.
El ciudadano podrá premiar o no a los partidos políticos con base en su desempeño.
• Para garantizar que los partidos políticos federales y locales gocen de un genuino respaldo ciudadano, se eleva en un punto porcentual el umbral para mantener su registro como partido político, pasando de dos a tres por ciento de la votación válida emitida en la elección inmediata anterior.
• Con ello, los partidos políticos que obtengan por lo menos el tres por ciento de la votación tendrán derecho a que se les asigne a un diputado de representación proporcional en una primera ronda de asignación.
La procuración de justicia en México será autónoma.
• Habrá una Fiscalía General de la República con autonomía constitucional, cuyo titular será designado por el Senado por un periodo de nueve años.
• La Fiscalía General contará con fiscalías especializadas en delitos electorales y combate a la corrupción.
• Las procuradurías o fiscalías de las entidades serán autónomas y deberán contar con fiscalías especializadas en delitos electorales.
La evaluación de la política social del gobierno será independiente, profesional e imparcial.
• El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) deja de ser parte de la Secretaría de Desarrollo Social y se convierte en un organismo público autónomo, integrado por ciudadanos, lo que garantizará su objetividad, transparencia e independencia en beneficio de los mexicanos más pobres.
• De esta forma se podrá evaluar con mayor rigor y eficiencia la política social del país. Esto permitirá mejorar el diseño y aplicación de políticas públicas destinadas
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