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Bosques


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  Informes  •  561 Palabras (3 Páginas)  •  204 Visitas

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a nueva Ley de Bosques aprobada por la Asamblea Nacional fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 40.222, de fecha martes 6 de agosto.

Este instrumento legal “tiene por objeto garantizar la conservación de los bosques y demás componentes del patrimonio forestal y otras formas de vegetación silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que rigen el acceso y manejo de estos recursos naturales, en función de los intreses actuales y futuros de la Nación, bajo los lineamientos del desarrollo sustentable y endógeno”.

Contiene 154 artículos distribuidos en nueve títulos, entre los que destaca la responsabilidad del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente en la rectoría de la gestión forestal y se crea el Sistema Nacional de Protección contra Incendios Forestales.

En el título tercero se hace referencia a la participación ciudadana y el fomento de la cultura del bosque para contribuir con la conservación y el uso sustentable.

El Ministerio de Ambiente llevará el Registro Nacional de Industrias Forestales, otorgará los permisos correspondientes para la explotación, transporte y uso.

Los permisos otorgados antes de la promulgación de la Ley, se mantienen vigentes hasta la fecha de expiración del respectivo documento.

Con la entrada en vigencia de esta Ley, queda derogado el Decreto N° 6.070 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Bosques y Gestión Forestal; y se establece un plazo de un año para que el Ejecutivo Nacional dicte el Reglamento de ésta.

Texto/Marianela Millán

Fuente/Gaceta Oficial

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Se le informa a las industrias forestales nacionales que entró en vigencia la nueva Ley de Bosques, aprobada por la Asamblea Nacional bajo Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 40.222, de fecha 6 de agosto de 2013; y con este instrumento se deroga el Decreto N° 6.070 con Rango, Valor y fuerza de Ley de Bosques y Gestión Forestal.

La conservación de los bosques y demás componentes del patrimonio forestal, el manejo de los recursos naturales y el desarrollo sustentable endógeno son algunos de los aspectos contemplados en la nueva Ley de Bosques.

La nueva Ley de Bosque contiene 154 artículos, distribuidos en nueves títulos, en los que se señala las responsabilidades y competencias del Estado. En relación al Ministerio del Poder Popular para Industria se destaca lo siguiente:

Capitulo III

Actos Autorizatorios de Industrias Forestales (Registro Nacional de Industrias Forestales)

Artículo 124: “ El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de industrias

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